Bases específicas para cubrir, mediante contratación laboral fija, 3 plazas de oficial de la brigada de obras
Oficial de la brigada de obras
3
Plazas
21/10/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C2
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 118 - 22 / Septiembre / 2026 > Pág. 52028 a 52042 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 118 - 22 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA Núm. 689197 Bases específicas para cubrir, mediante contratación laboral fija, 3 plazas de oficial de la brigada de obras Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión de 15 de septiembre de 2026, se hacen públicas a los efectos correspondientes las siguientes: “ BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR, MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL FIJA, 3 PLAZAS DE OFICIAL DE LA BRIGADA DE OBRAS BASE PRIMERA.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con contratación laboral fija mediante el sistema de concurso oposición, de las siguientes plazas, incluidas a la Oferta de Ocupación Pública del año 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 161, de 12 de diciembre de 2024.
Características de los puestos de trabajo: Vinculación: personal laboral fijo Grupo clasificación profesional: IV, asimilada al grupo funcionarial C2 Sistema selectivo: concurso oposición 1.- Denominación: Oficial 1 Parques y Jardines Turno: libre Número de plazas: 1 2.- Denominación: Oficial 1 electricista Turno: libre Número de plazas: 1 3.- Denominación: Oficial 1 Brigada de Obras Turno: Promoción Interna Número de plazas: 1 BASE SEGUNDA.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para tomar parte en el mencionado procedimiento selectivo los aspirantes tienen que poseer o cumplir, en la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los requisitos siguientes: a) Ser español/a o nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los cuales sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos a la ley estatal que regula esta materia. b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso a la ocupación pública. c) Estar en posesión de alguno de los títulos académicos siguientes o en condiciones de obtenerlo a la fecha en la cual finalice el plazo de presentación de solicitudes: Graduado ESO o equivalente En el supuesto de haber presentado un título equivalente al exigido, la persona aspirando tendrá que alegar la norma que establezca la equivalencia o adjuntar un certificado expedido por el órgano competente que acredite la mencionada equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas al extranjero, se tendrá que aportar la credencial que acredite la correspondiente homologación o la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente. d) No sufrir ninguna enfermedad ni disminución física o psíquica que impida el normal ejercicio de las funciones correspondientes. e) No haber sido separado del servicio del Estado, de la Administración Local o Autonómica o de los organismos que dependan, por ningún expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas.
Igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que en su estado impida el acceso a la función pública, si se trata de aspirantes que no tengan la nacionalidad española de acuerdo con el que establece la letra a) de esta base. f) Antes de la formalización del contrato y la incorporación al puesto de trabajo, la persona interesada tendrá que hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades al servicio de las administraciones públicas o comprometerse, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el periodo de tiempo que prevé el artículo 10 de la disposición legal anterior, y no percibir pensión de jubilación, de retiro o de orfandad. g) Estar en posesión del certificado acreditativo del conocimiento de lengua catalana correspondiente al nivel A2. h) Estar en disposición del carné de conducir B.
Para la plaza que se ofrece en promoción interna a) Pertenecer a una o varías categorías inferiores de la plantilla de personal, grupo V, oficial 2, grupo VI, peón, personal laboral fijo, del Ayuntamiento de Pollença. b) Antigüedad de 2 años de servicio activo en el grupo correspondiente c) Por este supuesto se podrá sustituir la titulación requerida si se acredita una antigüedad de 10 años en un cuerpo o escalera del grupo V/VI.
Estos requisitos establecidos en los apartados anteriores se tienen que poseer el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y se tienen que mantener durante el proceso selectivo.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes se dirigirán al alcalde del Ayuntamiento de Pollença y se ajustarán al modelo publicado al anexo I de estas bases, en el plazo de 20 días hábiles, a contar del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), después de haberse publicado estas bases íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Su presentación se podrá hacer en el Registro General del Ayuntamiento a través de las oficinas de asistencia en materia de registros ubicadas al c/ del Calvario, 2, (07460 Pollença) y/o al c/ del Médico Llopis, 1, (07470 Puerto de Pollença), en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 h) o por cualquier de los medios admitidos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El modelo normalizado de solicitud incluido al anexo de las bases también se encontrará a disposición de las personas interesadas a la sede electrónica (http://ajpollenca.sedelectronica.es/), mediante un trámite específico que hará referencia expresa a este procedimiento selectivo.
Así mismo también se facilitará este modelo, dentro de la ficha informativa pertinente, a las oficinas de asistencia indicadas en materia de registro.
Además, para ser admitidos y tomar parte en el procedimiento los aspirantes tendrán que presentar copia simple de su DNI o NIE y manifestar a sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas a la base segunda de esta convocatoria, excepto el requisito de conocimiento de nivel A2 de catalán, que tendrá que acreditarse mediante la correspondiente certificación.
La falta del requisito o la no acreditación del nivel A2 de conocimiento de catalán en el momento de hacer la solicitud determinará la exclusión del procedimiento selectivo.
Se reconocerán los certificados que se presenten, acreditativos del conocimiento del nivel A2, expedidos por los organismos competentes del Gobierno de las Islas Baleares o cualquiera de los certificados o documentos considerados equivalentes por la administración de acuerdo con la normativa vigente.
Los certificados se tendrán que presentar mediante originales o copias que tengan carácter de auténticas.
La falsedad en los datos que se hagan constar a la solicitud o en la documentación anexa, siempre que determine la carencia de los requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.
ACREDITACIÓN DE MÉRITOS Los méritos de las personas aspirantes que se tengan que valorar en la fase de concurso no se tienen que presentar con la instancia inicial.
Se tendrán que presentar dentro del plazo de diez (10) días hábiles a contar del día siguiente a la publicación del listado definitivo de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Solo se reconocerán y serán objeto de valoración los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria al BOE, no se valorarán los méritos obtenidos con posterioridad.
Además, tampoco se valorarán los méritos obtenidos antes de la publicación de la convocatoria que sean alegados pero que no se justifiquen debidamente dentro del plazo de presentación de méritos antes indicado.
Los documentos acreditativos de méritos tendrán que ser originales o bien copias auténticas.
En ningún caso se requerirá documentación o enmienda de errores relativa a los méritos, salvo de defectos meramente formales advertidos en la documentación presentada por el aspirante, siempre que acredite el mérito alegado en el aspecto sustantivo.
Todos los documentos presentados en otro idioma tienen que adjuntar la traducción al catalán o castellano acreditada mediante una traducción jurada.
Todos los documentos expedidos en el extranjero se tienen que presentar, si procede, debidamente legalizados o apostillados.
Sin embargo, el tribunal podrá reconocer aquellos documentos acreditativos de méritos expedidos en idioma extranjero siempre que su contenido sea comprensible y evidente por el tribunal y se pueda determinar o apreciar de forma clara su validez.
ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES Una vez finalizada el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes por la cual declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
Esta resolución se publicará al tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Pollença (https://ajpollenca.sedelectronica.es) y en la web municipal (http://www.ajpollenca.net) para mayor difusión, y se concederá un plazo de diez días hábiles para que las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas o enmienden su solicitud.
Las posibles reclamaciones o alegaciones, si hay, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes