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BORM

Bases específicas de la convocatoria para la provisión, en propiedad, mediante concurso-oposición por turno libre, de diversas plazas incluidas en la oferta de empleo público de 2024 y 2025 del Ayuntamiento de Alhama de Murcia.

Diversas plazas (Conserje, Ingeniero Técnico de Aguas, Ingeniero Técnico Industrial, Inspector Tributos/Recaudación, Graduado Social, Técnico Administración General, Trabajador Social)


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Plazas

22/10/2026

Fecha Límite

Local

Murcia

N/A

Grupo

Descripción y Detalles

Alhama de Murcia

📄 Contenido del documento

Administración Local Alhama de Murcia 4559 Bases específicas de la convocatoria para la provisión, en propiedad, mediante concurso-oposición por turno libre, de diversas plazas incluidas en la oferta de empleo público de 2024 y 2025 del Ayuntamiento de Alhama de Murcia.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alhama de Murcia, en sesión celebrada el 7 de agosto de 2026, acordó convocar los procesos de selección, para la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, por turno libre, de diversas plazas incluidas en las ofertas de empleo público de 2024 Y 2025, que se regirán por las siguientes Bases específicas Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la cobertura en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de ocho plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluidas en las Oferta de Empleo Público correspondientes al año 2024 y 2025, según se detalla a continuación, dotadas con las retribuciones del Grupo/Subgrupo correspondiente a la Escala y Subescala a la que pertenece, con la clasificación y denominación siguiente: DENOMINACIÓN GRUPO/SUB-GRUPO ESCALA SUB-ESCALA CLASE N.º PLAZAS OEP CÓDIGO PLAZA Conserje AP Administración General Subalterna Conserje 1 2024 1.10.600.6 Ingeniero Técnico de Aguas A/A2 Administración Especial Técnica Media 1 2024 1.10.203.1 Ingeniero Técnico Industrial A/A2 Administración Especial Técnica Media 1 2024 1.10.201.2 Inspector Tributos/Recaudación A/A2 Administración Especial Servicios Especiales Cometidos Especiales 1 2024 1.10.218.1 Graduado Social A/A2 Administración Especial Servicios Especiales Media 1 2024 1.10.207.2 Técnico Administración General A/A1 Administración General Técnica 2 2024 2025 1.10.103.3 1.10.103.4 Trabajador Social A/A2 Administración Especial Técnica Media 1 2024 1.10.209.1 Los aspirantes que obtengan las plazas convocadas se les incumbirán el desempeño de los cometidos propios de los puestos a los que resulten adscritos.

Las tareas y funciones a desempeñar serán las establecidas con carácter general en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y de forma específica, las fijadas en los diferentes instrumentos de ordenación de los recursos humanos aprobados por este Ayuntamiento.

La jornada de trabajo podrá ser continuada, partida o en régimen de peculiaridades horarias asignadas al puesto de trabajo, según la Relación de Puestos de Trabajo Municipal y convenio de aplicación. 1.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 61.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se opta porque el sistema selectivo de acceso sea el de concurso-oposición dada la naturaleza de las funciones a desempeñar en los puestos de trabajo correspondiente con las plazas convocadas, por considerar que al adicionar una fase de concurso a la indispensable superación de diferentes pruebas teóricas y prácticas, objeto de la oposición, la fase de concurso adicionada permite, valorando de forma limitada y proporcionada, aprovechar la experiencia profesional, la formación académica y los cursos de especialización y perfeccionamiento, que de otra forma no podrían tenerse en cuenta en el proceso selectivo, favoreciendo así la obtención de un perfil profesional más adecuado e idóneo para el desarrollo de las funciones. 1.3.- El desarrollo del proceso selectivo se ajustará, en lo no previsto en estas bases, a lo establecido en las bases generales para la provisión en propiedad de plazas de personal funcionario de carrera y laboral fijo (en adelante bases generales), aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 16 de marzo de 2021, y publicadas en el BORM n.º 96, de 28 de abril de 2021. 1.4.- El número de plazas de esta convocatoria podrá incrementarse con las contempladas en la Oferta de Empleo Público que se apruebe para el año correspondiente, siempre que se haya publicado antes del comienzo de los ejercicios de esta convocatoria, y ello debido a que la convocatoria de todas las plazas ofertadas conjuntamente permite un uso más eficiente de los recursos de esta entidad local, así como el correcto cumplimiento del plazo para ejecutar la oferta, conforme al artículo 70 del Real Decreto Legislativo, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Segunda.- Requisitos de los/as aspirantes. 2.1.- Para tomar parte en las pruebas selectivas será necesario reunir, además de los requisitos exigidos en la Base Segunda de las bases generales, los siguientes: - Poseer la titulación exigida conforme prescribe el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público para cada grupo/subgrupo de clasificación de acuerdo con la tabla que figura a continuación, o en condiciones de obtenerla por haber abonado los derechos para su expedición.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación, emitida por el Ministerio competente en la materia.

DENOMINACIÓN GRUPO/SUB-GRUPO TITULACIÓN EXIGIDA Técnico Administración General A/A1 Titulación Universitaria de Grado, superior o equivalente Ingeniero Técnico de Aguas A/A2 Titulación de Ingeniero Técnico o Grado en Ingeniería o equivalente Ingeniero Técnico Industrial A/A2 Titulación de Ingeniería Técnica Industrial o la titulación que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero/a Técnico/a Industrial Inspector Tributos/Recaudación A/A2 Título universitario de Grado o equivalente Graduado Social A/A2 Titulación universitaria siguiente: Diplomado en Relaciones Laborales, Graduado Social, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Grado o Diplomatura en Gestión y Administración Pública, Licenciado o Grado en Derecho, Licenciado o Grado en Ciencias del Trabajo, Licenciado o Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Diplomado en Ciencias Empresariales, Licenciado o Grado en Economía Trabajador Social A/A2 Título universitario de Grado en Trabajo Social o equivalente Conserje AP Título de certificado de escolaridad u otro título equivalente - Para el acceso a las plazas de Conserje, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico de Aguas y Trabajador Social, se establecen como requisitos específicos adicionales de conformidad con el artículo 56.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público los siguientes: DENOMINACIÓN GRUPO/SUB-GRUPO REQUISITOS ESPECÍFICOS ADICIONALES Conserje AP - Estar en posesión del Carnet de conducir de clase B - Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, tales como delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Ingeniero Técnico de Aguas A2 - Estar en posesión del Carnet de conducir de clase B Ingeniero Técnico Industrial A2 - Estar en posesión del Carnet de conducir de clase B Trabajador Social A2 - Estar en posesión del Carnet de conducir de clase B - Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, tales como delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. - Estar colegiado/a según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales, así como en el artículo 6 de la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia. - Aportar el justificante acreditativo del ingreso de la cantidad de 30,00 €, en concepto de derechos de examen, cuyo impreso para el abono deberá descargarse en: https://subsedeelectronicagestiontributaria.alhamademurcia.es/ (apartado Autoliquidaciones: “Tasa Derechos Examen”).

Se aplicará una reducción del 50% de la tasa para quienes acrediten: • Que se encuentran en situación legal de desempleo y figuren como demandantes de empleo.

Esta situación deberá acreditarse mediante el denominado “informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo” expedido por el SEF, junto a vida laboral actualizada a fecha de presentación de instancias. • Discapacidad igual o superior al 33%.

Esta situación deberá acreditarse con la resolución o certificado emitido por el organismo competente, con expresión del grado de discapacidad y vigencia. • Condición de familia numerosa o familia monoparental.

Esta situación deberá acreditarse con la resolución, certificado o título de familia numerosa o monoparental. 2.2.- La cantidad abonada en concepto de derechos de examen únicamente será devuelta, previa solicitud, en el supuesto de no ser admitido el/la aspirante por falta de cumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo. 2.3.- Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los/as aspirantes en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Deberán justificarse documentalmente en el momento de presentación de la solicitud.

Tercera.- Régimen de incompatibilidades. 3.1.- Los aspirantes que resulten nombrado/as para estas plazas quedarán sometido/a desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades que establece la legislación vigente en esta materia, establecido por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y normas de desarrollo.

Cuarta.- Instancias. 4.1

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