Bases de la convocatoria para la selección de personal para la creación de una bolsa de la categoría de técnico/a para el puesto de trabajo de jefe/a técnico/a de radio del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (en adelante EPRTVIB), para contrataciones laborales temporales
Técnico/a para el puesto de trabajo de jefe/a técnico/a de radio
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
A2
Grupo
Descripción y Detalles
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 086 - 9 / Julio / 2026 > Pág. 37433 a 37441 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 086 - 9 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
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Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS Núm. 499996 Bases de la convocatoria para la selección de personal para la creación de una bolsa de la categoría de técnico/a para el puesto de trabajo de jefe/a técnico/a de radio del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (en adelante EPRTVIB), para contrataciones laborales temporales Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Primera.
Objeto de la convocatoria El objeto de esta convocatoria es seleccionar personal para la creación de una bolsa de la categoría de técnico/a para el puesto de trabajo de jefe/a técnico/a de radio, con código L02860044, para el departamento Técnico de Radio del EPRTVIB, para contrataciones laborales temporales.
Las funciones genéricas de la categoría convocada son las siguientes: Propuesta, coordinación, gestión y control, así como gestión de equipos y, en general, las funciones propias del nivel de técnico/a de grado medio comunes a la actividad de la entidad.
Las funciones específicas del puesto de trabajo convocado son las siguientes: Planificar, coordinar y supervisar las tareas de mantenimiento del equipamiento técnico de IB3 radio en todas las islas.
Garantizar la continuidad operativa de los sistemas técnicos mediante la detección, diagnóstico y resolución de incidencias.
Administrar y coordinar la gestión de la red informática corporativa.
Supervisar el sistema de automatización y gestión de emisión, asegurando el correcto funcionamiento e integración con el resto de sistemas técnicos.
Coordinar el soporte a los usuarios de la red informática y garantizar una respuesta eficiente a sus necesidades técnicas.
Proporcionar soporte logístico y técnico a los operadores de continuidad, estudios y exteriores en todos los centros de producción.
Supervisión de la explotación del servicio de operación técnica de la radio.
Asegurar la alineación entre los requerimientos de producción y los recursos técnicos disponibles.
Gestionar y supervisar el servicio de operación técnica de emisiones, garantizando el cumplimiento de los estándares de calidad y continuidad de la señal.
Colaborar con el departamento de servicios generales para coordinar las actuaciones de mantenimiento de la infraestructura del edificio de la radio.
Verificar la correcta operatividad y disponibilidad de los sistemas de infraestructura.
Configurar, supervisar y optimizar los sistemas de control central de acuerdo con los requerimientos operativos.
Controlar y coordinar las incidencias de los circuitos de contribución, distribución y difusión de la señal de IB3 radio.
Gestionar altas, averías y reclamaciones relacionadas con líneas y circuitos del servicio portador.
Gestionar y validar mejoras funcionales del sistema de automatización y gestión de emisión.
Otras funciones ocasionales que le encomiende la persona de superior jerarquía dentro de las que correspondan por su categoría.
Jornada laboral: completa Retribución anual bruta: 48.496,96 € El procedimiento de selección se efectuará mediante una valoración de méritos y una prueba práctica.
Requisitos de los aspirantes Para participar en esta convocatoria los aspirantes tienen que reunir los requisitos siguientes: 1.
Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, permitan el acceso al empleo público como personal laboral. 2.
Tener cumplidos dieciocho años y no superar la edad de jubilación ordinaria establecida legalmente. 3.
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni encontrarse inhabilitado de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que cumplían, en el caso de que hubieran sido separados, inhabilitados o despedidos disciplinariamente.
En el caso de ser nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. 4.
Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes. 5.
Tener la titulación universitaria de grado medio o equivalente. 6.
Experiencia profesional mínima de un año en la gestión de equipos técnicos de radio o televisión. 7.
Tener el certificado de conocimientos de lengua catalana, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección General de Política Lingüística o la Escuela Balear de la Administración Pública, correspondiente al nivel B2. 8.
No incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas por la legislación vigente.
Comisión de Selección 1.
El proceso de selección lo llevará a cabo una comisión de selección formada por los miembros siguientes: Presidente : el Sr.
Gabriel Pol Cladera, personal del EPRTVIB Suplente presidente : el Sr.
Carlos Lapuente Serra, personal del EPRTVIB Vocal 1 : la Sra.
María Jesús Martínez Hidalgo, personal del EPRTVIB Suplente vocal 1 : el Sr.
Ovidio Arribas Gonzálvez, personal del EPRTVIB Vocal 2 : la Sra.
María Mercedes Andrés Cerdán, personal del EPRTVIB Suplente vocal 2 : el Sr.
José Mariano Della, personal del EPRTVIB La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal entre las personas designadas como vocales.
Los miembros de la comisión de selección deben abstenerse de intervenir si incurren los motivos establecidos en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El comité de empresa podrá designar a un observador para participar durante el proceso selectivo, con voz pero sin voto. 2.
La comisión no podrá actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros.
En cualquier caso, debe estar presentes las personas que se encarguen de la presidencia o la secretaría. 3.
La comisión de selección podrá estar asistida por tantos asesores externos como se considere necesario para una mejor evaluación.
Los asesores no tendrán derecho a voto. 4.
La comisión de selección queda autorizada a resolver las dudas que surjan y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo que estas bases no prevén. 5.
La comisión de selección podrá dirigirse a los aspirantes a través de medios electrónicos facilitados en la solicitud para resolver las alegaciones, reclamaciones o peticiones, y el aspirante será el responsable de que los datos presentados sean correctos. 6.
Las funciones básicas de la comisión de selección son las siguientes: Comprobar que las personas aspirantes cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Valorar los méritos acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el baremo establecido en esta convocatoria.
Elevar al director general del EPRTVIB la lista definitiva de aspirantes ordenada según el orden de prelación que derive de la puntuación obtenida por la valoración de los méritos. 7.
La comisión de selección podrá, cuando resulte necesario, aplicar criterios de interpretación de las bases para valorar determinados méritos, en aplicación de la denominada discrecionalidad técnica.
Estos criterios deben indicarse claramente en el acta de la sesión en que se haya acordado.
Presentación de solicitudes Para formar parte de esta convocatoria, la persona solicitante debe presentar la documentación siguiente: 1.
Plazo El plazo es de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB. 2.
Solicitud (Anexo I) La solicitud se cumplimentará conforme al modelo que figura en el anexo I de estas bases.
La solicitud debe presentarse preferentemente por medios electrónicos a través del enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do (la entidad es A04035970 - Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares) conforme los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Para facilitar la resolución del proceso se recomienda que los aspirantes envíen el justificante del registro electrónico a la dirección de correo electrónico rrhh@ib3tv.com del departamento de Recursos Humanos del EPRTVIB antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
También se puede presentar la solicitud presencialmente en la calle Madalena núm. 21 de Santa Ponça (Calvià), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes o en cualquiera de las formas de presentación que prevé la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 3.
Documentación a presentar con la solicitud: Se aportará fotocopia de la documentación siguiente: a) Presentación curricular documentada y currículum actualizado. (ANEXO II). b) DNI, NIE o pasaporte, en vigor. c) Titulación exigida en la base segunda, punto 5, así como los méritos a que se refiere la base quinta de la convocatoria. d) Para acreditar los méritos de experiencia profesional a que se refiere la base quinta de la convocatoria se aportará: certificado de vida laboral. contratos y las prórrogas de contratos, c