Bases convocatoria administrativo Administración General mediante concurso
Administrativo de administración general
1
Plazas
24/09/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 113 - 10 / Septiembre / 2026 > Pág. 49772 a 49778 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 113 - 10 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SES SALINES Núm. 659690 Bases convocatoria administrativo Administración General mediante concurso Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto PRIMERA.
Objeto de la Convocatoria Es objeto de las presentes bases la futura cobertura de la vacante de la plaza de administrativo de administración general de la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, con carácter de interinidad, en caso de bajas laborales, comisiones de servicios, u otros casos de difícil provisión, y sólo para el tiempo que duren las citadas bajas, cuando los trabajos a desarrollar no puedan ser asumidas por el personal en activo.
Grupo C Subgrupo C1 Escala Administración especial Subescala Administración especial Denominación Administrativo de administración general Funciones encargadas Todas las que correspondan al puesto de trabajo Sistema de selección Concurso SEGUNDA-.
Condiciones de Admisión de Aspirantes Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española sin prejuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el cumplimiento de los trabajos a realizar. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, diferente a la edad de jubilación forzosa, para el acceso a la ocupación pública. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, en el que hubiera sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Poseer la titulación exigida (bachiller superior o similar). f) Poseer el título C1 de conocimiento de catalán.
Forma i Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes hagan constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza a la que se opte, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOIB, y en la sede municipal (https://sessalines.sedelectronica.es/).
Todos los posteriores anuncios, actas, ect., se publicarán en el tablón de anuncios de la sede municipal del Ayuntamiento de Ses Salines Las personas aspirantes que opten por turno de reserva de personas con discapacidad lo harán constar en su solicitud (Anexo I), declarando que reúnen las condiciones exigidas por la normativa aplicable e indicando las adaptaciones de tiempo y medios y ajustes razonables necesarios para asegurar su participación en igualdad de condiciones con el resto de aspirantes.
Únicamente a los efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, la persona candidata deberá de adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad permanente, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes causantes del grado de discapacidad reconocido.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes que participen en turno de reserva, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones de tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse.
Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El Ayuntamento será el responsable del trato de estos datos.
CUARTA.- Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En esta resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento, ya enmendada, se señalará un plazo de diez días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o enmendar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Leas alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del plazo para la presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el mismo tablón de anuncios.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
QUINTA.- Tribunal Calificador Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá de ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente: Cargo Identidad Presidencia Juan Burguera Vicens Suplencia Aina Miralles Tomas Vocalía Maria Bonet Vidal Suplencia Maria Jesús Bonet Buguera Vocalía Antonia Maria Vidal Portell Suplencia Margarita Obrador Garcias Vocalía Margarita Clar Rosselló Suplencia Coloma Mascaró Obrador Secretaría Jaime Perelló Marcé, Secretario-Interventor, o funcionario en quién delegue El Tribunal podrá disponer la incorporación a su tarea en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo a causa de la especialización técnica del trabajo a realizar.
Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir, actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal.
Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad sobre los datos y temas sobre los que puedan tener conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para llevar a cabo las pruebas, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y la recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA.- Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO Sólo serán valorados los méritos que los aspirantes aleguen y relacionen de forma valorada a la solicitud, y documenten correctamente: Méritos computables: a) Formación , hasta un máximo de 10 puntos Para poseer título superior al exigido en la convocatoria relacionada con el puesto de trabajo [Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solamente por la más alta conseguida]. 2 puntos Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el puesto de trabajo (no títulos oficiales valorables como título superior al exigido.
Los cursos deberán de ser certificados por administraciones públicas, u otros cursos válidos de acuerdo con el reglamento de carrera profesional de este ayuntamiento, y estar certificados con aprovechamiento.
De 10 a 20 horas: 0,1 punto De 21 a 50 horas: 0,2 puntos.
De 51 a 80 horas: 0,3 puntos.
De 81 a 150 horas: 0,4 puntos.
De 151 a 250 horas: 0,5 puntos.
Més de 250 horas: 0,6 puntos. b) Experie ncia [1] : hasta un máximo de 20 puntos: Por haber prestado servicios como administrativo o auxiliar (o técnico de una administración pública) 0,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 5 puntos. [1] Tingui's en compte que reiteradament la Jurisprudència no admet la valoració de serveis a la pròpia Administració a la qual es concursa.
En caso de empate, se tendrá en cuanta lo que se dispone en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profes