Plazo abierto
Bolsa de trabajo
BOCant · 19 oct 2026

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER: Bases y convocatoria por la que se regirá la selección para constituir mediante concurso y por el procedimiento de urgencia, una bolsa de empleo de pe

Oficial 1º Mantenimiento Electrónico del Servicio Municipal de Transportes Urbanos

Esta convocatoria no adjudica plaza fija: constituye una bolsa de trabajo, una lista de espera para cubrir contratos temporales cuando la administración lo necesite.

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
9 nov 2026
Grupo
Btécnico superior
Ámbito
LocalSANTANDER

Plazo hasta el 9 nov

Publicada el 19 octCierra el 9 nov

Resumen del boletín

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 52898 LUNES, 19 DE OCTUBRE DE 2026 - BOC NÚM. 200 1/11 CVE-2026-8065 2.2.

CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS AYUNTAMIENTO DE SANTANDER CVE-2026-8065 Bases y convocatoria por la que se regirá la selección para constituir mediante concurso y por el procedimiento de urgencia, una bolsa de empleo de personal laboral, Oficial 1º Mantenimiento Electrónico del Servicio Municipal de Transportes Urbanos.

Leer el texto completo (41 párrafos más)

PRIMERA. - OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y SISTEMA DE SELECCIÓN.

Es objeto de la presente convocatoria la selección mediante el procedimiento de concurso de méritos para la creación de una bolsa de empleo extraordinaria de personal laboral con el objeto de cubrir la plaza de oficial de primera de mantenimiento electrónico del Servicio Municipalizado de Transportes Urbanos del Ayuntamiento de Santander (en adelante, S.M.T.U.), por el procedimiento de urgencia, con las funciones recogidas en el Anexo II de las presentes bases.

La necesidad de iniciar esta convocatoria de creación de una bolsa de empleo viene motivada por la falta de disponibilidad de personal para la cobertura temporal de esta plaza ante cualquier eventualidad generada en el Servicio.

Esta bolsa será utilizada en los casos en que se precise realizar la contratación temporal de un oficial de 1ª de mantenimiento electrónico del S.M.T.U., como personal laboral interino para la cobertura de las necesidades del Servicio que no puedan ser cubiertas con el personal propio, y tendrá vigencia hasta la resolución de la primera convocatoria de empleo público asociada a dicha plaza.

El proceso selectivo será el de concurso, en el marco de un procedimiento que posibilite la máxima agilidad en la selección, de conformidad con el art. 10.2 en relación con el 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público.

La contratación solo podrá efectuarse previo expediente en el que en cada supuesto concreto sea posible legalmente la contratación de personal laboral y así sea informado favorablemente por los servicios correspondientes.

La citada bolsa de empleo tendrá vigencia hasta la aprobación de nueva bolsa de empleo que se genere con motivo de la resolución del proceso selectivo para la cobertura como personal laboral fijo de plazas oficial de primera de mantenimiento electrónico vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del S.M.T.U.

El personal contratado en base a esta bolsa de empleo extraordinaria quedará afectado por lo establecido en la ley 53/1984 de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Las presentes bases serán publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria y los sucesivos anuncios relativos al procedimiento selectivo serán objeto de publicación a través del Tablón de anuncios del S.M.T.U.

De conformidad con el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el tablón de edictos ubicado en la Casa Consistorial, Plaza del Ayuntamiento s/n y/o tablón de anuncios de S.M.T.U.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 52899 LUNES, 19 DE OCTUBRE DE 2026 - BOC NÚM. 200 2/11 CVE-2026-8065 Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en la página web del Ayuntamiento en la siguiente dirección: http://santander.es, pinchando a continuación en el apartado de "Oposiciones".

En ningún caso la información que se suministre mediante el medio citado, sustituirá las comunicaciones y publicaciones que a través del Boletín Oficial de Cantabria o tablón de anuncios municipal.

A los seleccionados les será de aplicación en cuanto a funciones a desempeñar, derechos y obligaciones, las contenidas en el Reglamento de Régimen Interior del S.M.T.U. y Convenio colectivo vigente del Servicio Municipal de Transportes Urbanos y demás normativa vigente.

SEGUNDA- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Podrán participar en el proceso selectivo aquellos aspirantes que reúnan los siguientes requisitos: A) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

FP Grado Medio en equipos electrónicos de consumo o equivalente.

C) Carnet de conducir B.

D) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.

E) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

F) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

G) Acreditar experiencia profesional mínima de 2 años como Técnico de Mantenimiento Electrónico desarrollando funciones y tareas análogas a las asignadas a la plaza a la que se opta.

TERCERA. - INCOMPATIBILIDADES DEL CARGO.

Las comprendidas en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

CUARTA. - PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ADMISIÓN.

Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo se formularán por escrito conforme al modelo que se detalla en el enlace "oposiciones" de la web www.tusantander.es y se presentarán durante el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Dichas solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Santander dentro del plazo indicado en el apartado anterior, prorrogándose el último día al inmediatamente siguiente si aquel en el que finalizara dicho plazo fuera sábado, domingo o festivo.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 52900 LUNES, 19 DE OCTUBRE DE 2026 - BOC NÚM. 200 3/11 CVE-2026-8065 Igualmente podrán presentarse instancias en los organismos y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas en los términos y con ajuste a las condiciones y plazos señalados en las presentes bases.

A las instancias que en cada caso se presenten, los interesados deberán acompañar los siguientes documentos: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. b) Aquellos documentos, originales o fotocopia compulsada, que acrediten los méritos que desean se tengan en cuenta en la fase de concurso, ya que no se tomarán en consideración los méritos que no queden debidamente acreditados. c) Hoja de Auto-evaluación según modelo Anexo I.

En los procesos de valoración podrán recabarse las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubiesen aportado por encontrarse en poder del S.M.T.U., deberá hacerse constar expresamente en la solicitud.

En caso contrario, dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.

QUINTA. - ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Finalizado el periodo de presentación de instancias, se dictará por el órgano competente la oportuna resolución declarativa de las listas de admitidos y excluidos que se hará pública en el tablón de edictos de la corporación, concediéndose un plazo de 10 días en los términos del artículo 68 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para formular alegaciones o subsanar los defectos a que hubiere lugar.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la valoración de méritos.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos.

Cuando de la documentación, que debe presentarse en caso de ser propuesto para su contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación es el presente proceso.

Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

SEXTA. - TRIBUNAL CALIFICADOR.

El órgano al que corresponderá la realización del proceso selectivo y propuesta al órgano competente municipal, para el nombramiento, se determinará por Resolución del/la concejal/a de Fomento, Urbanismo, Movilidad Sostenible y Vivienda, en virtud de las facultades delegadas mediante Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 9 de diciembre de 2024, en base a las atribuciones recogidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Municipalizado de Transportes Urbanos.

En todo caso dicho Órgano de Selección se ajustará a lo dispuesto en el artículo 24 del Convenio Colectivo del Servicio Municipal de Transport

Boletín
BOCant
Publicado
19 oct 2026

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