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AYUNTAMIENTO DE ENTRAMBASAGUAS: Bases reguladoras y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Arquitecto/a, personal laboral, mediante el procedimiento de

Cuerpo no especificado


1

Plazas

20/08/2026

Fecha Límite

LOCAL

CANTABRIA

A1

Grupo

Descripción y Detalles

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📄 Contenido del documento

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 32938 JUEVES, 23 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 141 1/15 CVE-2026-5914 2.2.

CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS AYUNTAMIENTO DE ENTRAMBASAGUAS CVE-2026-5914 Bases reguladoras y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Arquitecto/a, personal laboral, mediante el procedimiento de concurso-oposición.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de julio de 2026, las bases y la convocatoria, de una plaza de Arquitecto/a vacante en la plantilla de personal laboral, a jornada completa, por el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: "BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO/A, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ENTRAMBASAGUAS, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION LIBRE.

NORMAS GENERALES 1.1.

Objeto de la convocatoria.

Estas bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas del Ayuntamiento de Entrambasaguas para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Arquitecto/a, vacante en la plantilla de personal laboral, a jornada completa, dotada con las retribuciones correspondientes a esta plaza, e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2026.

Dicha plaza de Arquitecto/a está integrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clasificación Técnicos Superiores, grupo A, subgrupo A1.

Sus responsabilidades y funciones generales son: - Emisión de informes técnicos y seguimiento de los expedientes, sobre planeamiento y licencias de obra mayor o menor. - Participación en la elaboración del Plan General o Planes Parciales. - Cálculo - determinación de volumetría en obra mayor. - Verificación de obras. - Elaboración de memorias valoradas. - Licencias de actividad, emisión de informes. - Inspección urbanística. - Asistencia a comisiones. - Atención al público.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 32939 JUEVES, 23 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 141 2/15 CVE-2026-5914 - Estimación de obras para el presupuesto anual. - Asistencia técnica a la Alcaldía Presidencia. - Redacción de ordenanzas urbanísticas. - Dirección de obras municipales.

Las bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres. 1.2.

Legislación aplicable.

Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la normativa básica estatal (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local), y su desarrollo reglamentario (Real Decreto 896/1991, de 7 de junio), y en lo no previsto en ellas, la normativa que para el ingreso en la función pública autonómica o en su caso, local, haya establecido la Comunidad Autónoma de Cantabria, siendo supletoria la legislación estatal sobre función pública en la Administración Civil del Estado (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo). 1.3.

El aspirante que resulte contratado para esta plaza, desde el momento de su contratación, estará sujeto al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas en cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del propio Ayuntamiento de Entrambasaguas, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales y de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificaciones o emolumentos de cualquier clase.

PUBLICACIÓN La convocatoria se publicará íntegra en el Boletín Oficial de Cantabria y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

El resto de publicaciones a que haga referencia la legislación vigente se entenderán referidas exclusivamente al Boletín Oficial de Cantabria, el Tablón de Edictos electrónico del Ayuntamiento de Entrambasaguas (http://www.entrambasaguas.sedelectronica.es), el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y la página web del Ayuntamiento http://www.entrambasaguas.org.

REQUISITOS Para participar en las pruebas selectivas que se convoquen, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público para los nacionales de otros Estados. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 32940 JUEVES, 23 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 141 3/15 CVE-2026-5914 c) Estar en posesión de la titulación universitaria de Arquitecto.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar. e) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. f) Carnet de conducir tipo B.

INSTANCIAS Y ADMISIÓN Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, cuyo modelo figura como Anexo II de estas bases, en el que las personas aspirantes deberán declarar expresamente que reúnen todos los requisitos que se exigen en las bases de la convocatoria, estarán dirigidas a la alcaldesa presidente y se presentarán, debidamente cumplimentadas, de forma telemática, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP, en lo sucesivo).

En la instancia deberán constar, necesariamente, además del nombre y los apellidos, el número del DNI, domicilio completo, teléfono y dirección de correo electrónico.

A la instancia se acompañará la siguiente documentación: - Copia de la titulación exigida en la convocatoria. - En su caso, para acreditar los méritos profesionales, esto es, los servicios prestados como arquitecto en la plaza objeto de la convocatoria o en plaza con la misma denominación a la de la convocatoria en una Administración Pública distinta, será necesario presentar copia de los certificados acreditativos de dichos servicios, con expresa indicación de la Escala/Cuerpo de pertenencia, denominación de la plaza, especialidad y categoría profesional, fecha de inicio y finalización, y Administración o Administraciones en los que se hayan desempeñado.

Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Entrambasaguas se incorporarán de oficio (sin perjuicio de la necesaria alegación de dichos méritos en la solicitud). — En su caso, para acreditar como mérito otras titulaciones distintas y de nivel superior de la requerida para el acceso, presentación de la copia del correspondiente título o resguardo de solicitud de éste. — En su caso, para acreditar como mérito la realización de cursos de formación o perfeccionamiento, copia del certificado o diploma de asistencia al curso, con indicación de la Administración o Entidad que los ha impartido, denominación, fecha de celebración y número de horas lectivas. — En su caso, para acreditar como mérito el haber accedido como funcionario interino en la Administración local a una plaza técnica del grupo A mediante pruebas selectivas de libre concurrencia publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria, copia del correspondiente certificado acreditativo, denominación de la plaza, publicación en el boletín correspondiente de la convocatoria y resultado de ésta en cuanto a la persona participante.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 32941 JUEVES, 23 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 141 4/15 CVE-2026-5914 — En el caso de personas discapacitadas que tengan reconocida legalmente esta condición y precisen la adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas (circunstancia que debe indicarse en la solicitud), el dictamen técnico facultativo o documento equivalente, expedido por los órganos competentes de las Administraciones Públicas, en el que se acrediten las características de la limitación y la adaptación requerida de acuerdo con las características de las pruebas. - Cualquier otra documentación acreditativa de los méritos que se aleguen.

La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En ningún caso se valorarán los méritos no alegados o no acreditados documentalmente en plazo.

Las personas participantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud.

En todo caso, las correcciones o modificaciones que se deseen realizar una vez presentada la solicitud, deberán efectuarse en el plazo de presentación de las mismas, a excepción de los datos personales, que podrán ser modificados a lo largo de todo el

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