Anuncio de convocatoria de proceso selectivo para cubrir una (1) plaza de Subinspector/a-Jefe/a de Policía Local mediante promoción interna en el Ayuntamiento de Librilla.
- Plazas
- 1
- Fecha límite
- 4 nov 2026
- Grupo
- Btécnico superior
- Ámbito
- LocalLibrilla
Plazo hasta el 4 nov
Resumen del boletín
Administración Local Librilla 5007 Anuncio de convocatoria de proceso selectivo para cubrir una (1) plaza de Subinspector/a-Jefe/a de Policía Local mediante promoción interna en el Ayuntamiento de Librilla.
Mediante Resolución de Alcaldía 550/2026 de fecha 3 de septiembre de 2026 se ha resuelto aprobar las bases de selección de una (1) plaza de Subinspector/a-Jefe/a de Policía Local por promoción interna a través de concurso-oposición.
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De acuerdo con el Art. 31.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se publican íntegramente las bases del proceso.
En Librilla, 1 de octubre de 2026.
La Alcaldesa-Presidenta, María del Mar Hernández Porras.
Bases Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.1.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza de Subinspector-Jefe de Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Librilla, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo B, e incluidas en la Oferta de empleo público para el año 2025 (BORM número 12, de fecha 16 de enero de 2026), con la clasificación y denominación siguiente: - Grupo/Subgrupo: B (Artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril). - Escala: Administración Especial.
Escala Básica según artículo 22.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril. - Subescala: Servicios Especiales. - Clase: Policía Local. - Categoría: Subinspector (artículo 22 en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2019, de 4 de abril). - Denominación: Subinspector-Jefe de Policía Local. 1.2.
El sistema escogido por el Ayuntamiento de Librilla para la cobertura de la plaza vacante es el de concurso-oposición por promoción interna, de conformidad con lo señalado en los artículos 33.5, letra b) y 36.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, en relación con el apartado 6 del citado artículo 33. 1.3.
La presente convocatoria se ajustará a las presentes bases, y en lo no previsto en las mismas, al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo n.º 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto n.º 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; Decreto regional n.º 82/1990, de 16 de octubre, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región de Murcia para el ingreso y ascenso en los Cuerpos de Policía Local, en lo que no se oponga al anterior texto legal, así como la demás legislación concordante que resulte de aplicación.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
La presente convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y un extracto de la primera en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 6/2019, de 4 de abril.
Asimismo, la convocatoria y sus bases se publicarán en el Tablón de Edictos y la página web del Ayuntamiento.
El resto de publicaciones a que hace referencia la legislación vigente se entenderán referidas al Boletín Oficial de la Región de Murcia, página web municipal https://sede.librilla.regiondemurcia.es Tercera.- Requisitos de los aspirantes y condiciones de participación. 1.
Para tomar parte en la oposición será necesario cumplir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener la condición de personal funcionario de carrera en el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Librilla, en la categoría de Agente, con una antigüedad de, al menos, dos años en la citada categoría, a contar desde la fecha del acta de toma de posesión como funcionario de carrera en dicha categoría. c) Estar en posesión de la titulación académica exigible para el ingreso en el grupo B (mínimo Técnico Superior o equivalente). d) Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación. e) Estar en posesión de los permisos de conducción de clase B y A2. f) Presentar la Memoria a la que hace referencia la base novena, apartado 7 C, del tercer ejercicio. g) No haber sido separado sancionado por falta grave o muy grave en los dos años anteriores, ni haber acumulado más de dos sanciones por falta leve en los últimos 6 meses, a la fecha de finalización del plazo de instancias de la presente convocatoria. h) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto al que aspira.
A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento por los servicios médicos municipales antes de su toma de posesión. i) Comprometerse a portar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante declaración jurada que deberá incorporarse a la instancia de participación en el procedimiento selectivo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo II. 2.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por las personas aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante el desarrollo de todo el proceso selectivo.
Cuarta.- Instancias. 1.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso, en la que las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Librilla en el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que se efectúe la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Y se presentarán en el modelo que se facilitará y al que se tendrá acceso también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Librilla https://sede.librilla.regiondemurcia.es 2.
Las instancias se presentarán en el Registro General de Entrada de documentos del Ayuntamiento de Librilla.
También podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
Las instancias, según modelo del Anexo I, irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI, de la titulación exigida y del permiso de conducción. b) Relación detallada, ordenada y numerada de los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso, que se acreditarán mediante copia de los documentos que sirvan para su justificación en sobre cerrado titulado “MÉRITOS”.
No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite durante el plazo de presentación de instancias. c) Declaración Responsable (modelo Anexo III), en la que se haga constar que los documentos señalados en las a) y b) y los aportados para su valoración en la fase de concurso son fiel copia de su original, comprometiéndose a aportar el original en caso de ser seleccionado/a. d) Resguardo acreditativo del ingreso de la cantidad de 40 €, en concepto de tasa por derechos de examen, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la misma.
Dicho importe habrá de ser abonado en cualquiera de las siguientes entidades financieras: CAIXABANK: ES18 2100 4861 0322 0000 1751 e) Declaración Jurada relativa al compromiso de portar armas, conforme al modelo que figura como Anexo II a las presentes bases.
La Memoria a la que hace referencia la base novena, apartado 7 c, del tercer ejercicio, podrá presentarse junto con la instancia, o posteriormente, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Quinta.- Protección de datos.
A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo.
Su cumplimentación será obligatoria para la admisión al proceso selectivo.
La participación en el proceso selectivo supone el consentimiento por parte de la persona aspirante, del tratamiento de sus datos de carácter personal recogidos en la solicitud para su publicación en Boletines, Tablones de Anuncios, página web y en general cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y, en general, de aquellos datos que sean necesarios para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes al proceso selectivo por parte del órgano de selección.
El proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que no se admitirá la solicitud si la persona aspirante no consiente la cesión de sus datos con el contenido y para los fines indicados en el párrafo anterior.
Sexta.- Admisión de los aspirantes. 1.
Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia, se dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución se indicarán, igualmente, los siguientes extremos: a) Lugar en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión, en su caso. b) Lugar y fecha de valoración de méritos (Fase de Concurso) y de comienzo del Primer Ejercicio de la Fase de Oposición. c) Composición del Tribunal Calificador. 2.
La citada resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y en la página web municipal, concediéndose a los interesados un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores o defectos. 3.
De no existir reclamaciones, la mencionada resolución se considerará elevada automáticamente a definitiva, sin nece
- Boletín
- BORM
- Publicado
- 15 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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