Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 27 de abril de 2026, relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases específicas de bolsas extraordinarias de trabajo, de auxiliar enfermería y auxiliar cuidador/a del Consell Insular de Menorca (exp. 0607-2026-000028)
Auxiliar de enfermería / Auxiliar cuidador/a
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
C1
Grupo
Descripción y Detalles
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 > Pág. 33247 a 33251 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE MENORCA Núm. 440408 Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 27 de abril de 2026, relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases específicas de bolsas extraordinarias de trabajo, de auxiliar enfermería y auxiliar cuidador/a del Consell Insular de Menorca (exp. 0607-2026-000028) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto En fecha 20 de noviembre de 2017, el Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria, aprobó la modificación de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario y personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca (BOIB nº. 146 de 30 de noviembre de 2017), aprobadas por el Pleno del Consell Insular. 99 de 12 de agosto de 2017).
Las bases generales mencionadas, en el párrafo tercero del punto 4, especifican que el Servicio de Gestión de Personas debe velar por que las bolsas de trabajo tengan siempre suficiente gente en función de la rotación de cada bolsa y convocar bolsas nuevas para asegurar su eficacia.
Por lo anteriormente expuesto, se hace necesaria la convocatoria de nuevas bolsas extraordinarias de trabajo.
Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales y en ejercicio de las competencias atribuidas al artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejo insulares; El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta lo siguiente ACUERDO Primero .
Aprobar la convocatoria y bases específicas de las bolsas extraordinarias de trabajo siguientes, según el documento anexo: — Auxiliar de enfermería — Auxiliar cuidador/a Segundo .
Ordenar la publicación de las citadas bases.
ANEXO Bases específicas del procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal para cubrir plazas de auxiliar enfermería y auxiliar cuidador/a del Consell Insular de Menorca Primera.
Objeto El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo para formar parte de la bolsa extraordinaria de varios puestos para nombramientos de funcionarios interinos, y para contrataciones laborales eventuales, equiparadas al mismo grupo de clasificación que las contrataciones laborales del Consell Insular de Menorca.
Este proceso selectivo se rige por las bases generales que deben regir el procedimiento de selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca, así como por el documento anexo que contiene el baremo de méritos, aprobados ambos por el Pleno del Consell Insular de Menorca en la sesión ordinaria de día 17 de julio de 2017 y publicados en el 9 de abril 2017.
Las bases mencionadas fueron modificadas por el Pleno del Consell Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 20 de noviembre de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 146, de 30 de noviembre de 2017.
Los puestos de trabajo a los que pueden ser destinadas los aspirantes son todos los de los servicios del Consell Insular de Menorca en función del grupo, subgrupo, escala y subescala que corresponda.
Los puestos de trabajo son los siguientes: — Auxiliar de enfermería : para nombramientos de funcionarios interinos, plazas encuadradas en el subgrupo de clasificación profesional C1, escala de administración especial técnica y para contrataciones laborales eventuales, equiparadas al mismo grupo de clasificación que las contrataciones laborales del Consell Insular de Menorca. — Auxiliar cuidador/a: para nombramientos de funcionarios interinos, plazas encuadradas en el subgrupo de clasificación profesional C1, escala de administración especial técnica y para contrataciones laborales eventuales, equiparadas al mismo grupo de clasificación que las contrataciones laborales del Consell Insular de Menorca.
Requisitos y condiciones específicas Además de los requisitos y condiciones generales expuestas en el punto sexto de las bases generales mencionadas, los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos, establecidos en el Catálogo de puestos de trabajo.
Auxiliar de enfermería - Título de técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o técnico de Atención a Personas en Situación de Dependencia, o titulación equivalente.
Entendiendo como titulación equivalente la titulación académica de técnico (FP grado medio o FPI) o el bachillerato más el certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (nivel de calificación 2). - Tener el nivel B2 de conocimientos de catalán.
Auxiliar cuidador/a - Título de técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o técnico de Atención a Personas en Situación de Dependencia, o titulación equivalente.
Entendiendo como titulación equivalente la titulación académica de técnico (FP grado medio o FPI) o el bachillerato más el certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (nivel de calificación 2). - Tener el nivel B2 de conocimientos de catalán.
Presentación de solicitudes y documentación Todas las solicitudes deben presentarse en el formato oficial que el Consell Insular de Menorca pone al alcance de los candidatos.
Plazos El plazo para realizar la solicitud es de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB Si el último día de presentación de solicitudes cae en sábado o festivo, se prorroga hasta el día hábil siguiente.
Datos consignados en la solicitud Para ser admitidos en las pruebas selectivas, los aspirantes deben manifestar en la solicitud que son ciertos los datos que indican y que cumplen todas las condiciones establecidas en las bases, bajo su responsabilidad y con independencia de la acreditación posterior al finalizar el proceso selectivo.
La falta de esta manifestación es causa de exclusión del aspirante.
A efectos de admisión de los aspirantes, únicamente se tendrán en cuenta los datos que hagan constar en la solicitud.
Los datos correspondientes al domicilio, el teléfono y la dirección electrónica que figuren en la solicitud se consideran como las únicas válidas a efectos de notificaciones y es responsabilidad de los aspirantes comunicar la modificación puntual de estos datos al Consell Insular de Menorca.
Las solicitudes se pueden presentar a través de los siguientes medios: a) Telemática: Se puede realizar la solicitud de manera totalmente telemática mediante DNI electrónico, un certificado digital válido, mediante el PIN Ciudadano o Clave, accediendo a la web oposicions.cime.es. b) Presencial o manual: Se puede realizar la solicitud de forma presencial con el modelo de solicitud que se puede obtener en la web del Consell Insular de Menorca (www.cime.es) o en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC).
La solicitud debe rellenarse y después registrarse en el SAC de Ciutadella o de Maó o mediante cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Si la instancia se presenta por correo, es necesario que sea certificado, por lo que debe presentarse en la oficina de correos en sobre abierto.
Tanto si se presenta en las oficinas de correos como en cualquier otro registro de la Administración, es necesario enviar por correo electrónico a la dirección gestio.persones@cime.es la solicitud con el sello de Correos o el registro de entrada de otra administración para poder tener constancia dentro del plazo de presentación de instancias.
Nota: Las personas que en el momento de convocar estas nuevas bolsas extraordinarias ya trabajen en el CIM (en la misma plaza) pueden pedir la incorporación y el mantenimiento de la nota de oposición de la anterior convocatoria extraordinaria.
Esta opción no podrá considerarse en el caso de las personas que se incorporaran a las bolsas a la finalización de un contrato o nombramiento fruto de la llamada urgente a través del SOIB (base 4 de las bases generales).
Esta convocatoria de bolsas deja sin efecto las bolsas anteriores creadas para la misma o las mismas plazas.
Documentación a presentar a) Acreditación de la nacionalidad: fotocopia del DNI.
Si no tiene la nacionalidad española, copia del documento oficial que acredite su personalidad y que le autorice a trabajar. b) Copia del título exigido por tomar parte en la convocatoria, o copia del resguardo de haber abonado los derechos de obtención del título.
Si la titulación figura en una lengua distinta de la catalana o la castellana (lenguas oficiales de las Islas Baleares), debe aportarse el título traducido a alguna de estas dos lenguas por un intérprete jurado. c) La justificación de la liquidación de la tasa correspondiente.
Los derechos de examen para esta convocatoria se fijan en 8 €.
Para las solicitudes manuales, es necesario realizar el ingreso en la c/c ES33 2100 6078 4013 0004 0330 (CaixaBank), del Consell Insular de Menorca, o en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o Ciutadella.
Quedan exentas del pago de la tasa las personas en paro y familias numerosas.
La acreditación de estas circunstancias se realizará mediante informe del SOIB u oficina correspondiente de las comunidades autónomas en el que conste la situación de desempleado dentro del plazo de presentación de solicitudes, o mediante el título de familia numerosa.
Esta tasa no se requiere a las personas que se incorporen de oficio desde una bols