RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense.
Médico/a de urgencias hospitalarias
25
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
Autonómica
Galicia
A1
Grupo
Descripción y Detalles
IV. Oposiciones y concursos Servicio Gallego de Salud
📄 Contenido del documento
DOG 161 del 26/8/2026 - RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense.
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Oposiciones y concursos Servicio Gallego de Salud RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense.
La Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud ( Diario Oficial de Galicia núm. 196, de 14 de octubre), establece medidas extraordinarias y temporales en materia de empleo público dirigidas a garantizar la adecuada atención sanitaria de toda la población gallega.
Con la finalidad de garantizar la continuidad asistencial y la calidad, la eficacia y la eficiencia de los servicios con el fin de impulsar la incorporación urgente, estable y permanente de personal a los puestos de difícil cobertura y atendiendo a la evaluación continua y a la garantía de capacidad y conocimientos que otorga el sistema de formación especializada en ciencias de la salud, se tramita este proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceder a la condición de personal fijo en la categoría de médico/a de urgencias.
A través de la Ley 4/2026, de 13 de julio, por la que se modifica la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud, se añadió una disposición adicional con el objeto de extender su aplicación al personal de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense durante todo su período de vigencia.
En base a lo anterior, con el objeto de dar una respuesta a la dificultad existente para cubrir de forma adecuada y en número suficiente la plantilla de personal de la citada categoría en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense, con la finalidad de garantizar la continuidad asistencial y la calidad de un servicio esencial como es la atención urgente hospitalaria de la población de Ourense, así como para promover la estabilidad de los recursos humanos, se aprobó por el Decreto 88/2026, de 27 de julio ( Diario Oficial de Galicia núm. 148, de 7 de agosto), una oferta de empleo público de las 25 plazas vacantes de médico/a de urgencias hospitalarias existentes en el Servicio de Urgencias.
De conformidad con lo establecido en lo mencionado Decreto 88/2026, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la provisión de puestos de difícil cobertura de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense para el año 2026, este centro directivo, tras la negociación con la representación sindical en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad en el uso de las competencias que le atribuyen el artículo 19 del Decreto 145/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud ( Diario Oficial de Galicia núm. 101, de 27 de mayo) y el artículo 7 de la Orden de 22 de abril de 2020, de delegación de competencias en órganos centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y en la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud ( Diario Oficial de Galicia núm. 82, de 29 de abril), RESUELVE: Convocar el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el ingreso en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense, de acuerdo con las siguientes bases.
Normas generales. 1.1.
Se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el ingreso como personal estatutario fijo de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias, dentro del colectivo de personal estatutario sanitario de formación universitaria, de nivel licenciado o graduado con título de especialista en Ciencias de la Salud (subgrupo A1).
En atención a los objetivos fijados en el apartado 1 del artículo 1 de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud, y al propio fundamento del sistema de acceso, la prestación de servicios del personal seleccionado a través de la presente convocatoria, se realizará en el régimen de jornada previsto para el personal de urgencias hospitalarias, y sin que resulte de aplicación cualquier régimen de exención de guardias por razones de la edad durante los tres primeros años de prestación efectiva de servicios. 1.1.2.
El número total de plazas ofertadas se detalla en el anexo I, con expresión diferenciada por su sistema de acceso.
La dificultad de cobertura da categoría de médico/a de urgencias hospitalarias en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense contemplado en la Ley 2/2022, de 6 de octubre, deriva de varias circunstancias: – La indisponibilidad de profesionales en las listas de selección temporal de la categoría. – La no solicitud de estos puestos en el concurso de traslados abierto y permanente. – La realización de convocatorias de selección temporal sin éxito y de la persistencia de la imposibilidad de cobertura de las vacantes facultativas en el Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense en la actualidad. 1.2.
Las personas interesadas podrán participar en este proceso selectivo por alguno de los siguientes sistemas de acceso: acceso libre, acceso a personas con discapacidad y promoción interna, según la distribución que figure en el anexo I.
Los/las aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos citados.
Después de finalizado el plazo de inscripción no se permitirá ningún cambio en la modalidad de acceso.
Como excepción, los/las aspirantes que soliciten participar por el turno de discapacidad y no dispongan en el momento de presentar la inscripción, a pesar de haberlo solicitado, del certificado de reconocimiento del grado de discapacidad emitido por el órgano competente, deberán indicar en el formulario electrónico de inscripción la mencionada circunstancia en el espacio habilitado al efecto, efectuar el pago de la tasa correspondiente y aportar la solicitud de reconocimiento de discapacidad presentada.
En este supuesto, resultará admitido/a por el turno de discapacidad y podrá solicitar el reintegro de la tasa abonada siempre que acredite documentalmente tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, en los términos exigidos en la convocatoria, el último día del plazo de presentación de reclamaciones contra el listado provisional de personas admitidas y excluidas.
En otro supuesto, resultará admitido/a por el sistema de acceso libre. 1.3.
Personas con discapacidad. 1.3.1.
De conformidad con lo establecido en la legislación del empleo público de Galicia, el artículo 6 del Decreto 88/2026, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la provisión de puestos de difícil cobertura de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense para el año 2026, reserva el número de plazas que se concreta en el anexo I para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. 1.3.2.
En el supuesto de que algún/alguna aspirante con discapacidad que se presente por la cuota de reserva supere el proceso selectivo y no obtenga plaza en la citada cuota, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno de acceso libre, será incluido/a por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. 1.3.3.
Según el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, si las plazas reservadas y que fueron cubiertas por las personas con discapacidad no alcanzan el porcentaje del tres por ciento de las plazas convocadas en la correspondiente oferta de empleo público, las plazas no cubiertas del número total de las reservadas se acumularán al porcentaje del siete por ciento de la oferta siguiente, con un límite máximo del doce por ciento.
En otro caso, las plazas reservadas al turno de discapacidad, no cubiertas, se acumularán al acceso libre. 1.4.
Promoción interna. 1.4.1.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y el artículo 5 del Decreto 88/2026, de 27 de julio, en atención a la especial circunstancia que concurre en la categoría objeto de esta oferta, y tras su negociación en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad, se establece un porcentaje de plazas reservadas para el sistema de promoción interna del 25 % del total de las plazas ofertadas. 1.4.2.
Cuando el resultado de la aplicación del citado porcentaje dé un resto igual o superior a 0,5 pla