Titular de Universidad · Universidad Rovira i Virgili
- Plazas
- 2
- Fecha límite
- 29 oct 2026
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- Universitaria
Plazo hasta el 29 oct
Resumen del boletín
Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y a tenor de lo establecido por el acuerdo GOV/244/2025, de 21 de octubre, por el cual se aprueba el Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili y el acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2026 que aprueba esta convocatoria incluida en la oferta pública de ocupación de personal docente e investigador de la Universitat Rovira i Virgili para el año 2025 publicada en el DOGC número 9362, de 3 de marzo de 2025.
Este Rectorado ha resuelto convocar concurso de acceso a las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes: Bases de convocatoria 1.
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Normas generales 1.1 Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, el Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili, y por la Normativa de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y a plazas de profesorado contratado permanente aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de 20 de junio de 2024, y con carácter supletorio por lo previsto en la legislación general de Funcionarios Civiles del Estado. 1.2 Los concursos de acceso tendrán procedimiento independiente para cada plaza o plazas convocadas en una misma área o ámbito de conocimiento cuyas características resulten diferentes. 2.
Requisitos generales a) Tener la ciudadanía de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de algunos de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de edad que sean dependientes.
La acreditación de la nacionalidad y de los demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes del país de origen, traducidos a alguna de las dos lenguas oficiales en Cataluña. b) Edad: tener cumplida la edad mínima exigida por la normativa vigente y no haber superado la edad de jubilación prevista en la legislación vigente. c) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del Servicio de Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones correspondientes al profesorado de Universidad. e) Acreditar en el momento de presentar la solicitud el conocimiento de la lengua catalana conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Se podrá también acreditar el conocimiento de la lengua catalana con anterioridad a la realización de la prueba del concurso de acceso, mediante la acreditación del certificado de nivel de suficiencia para el personal docente e investigador de la URV, o con posterioridad a la realización de la prueba del concurso de acceso si le es de aplicación el artículo 3.7 del Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Cataluña.
Si no se dispone de la acreditación, se deberá presentar en el plazo máximo de dos años a contar des de la fecha de inicio del contrato. 3.
Requisitos específicos a) Haber sido acreditados o acreditadas de acuerdo con lo que está establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos nombrados. b) De acuerdo con el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos nombrados, la plaza obtenida por el concurso de acceso deberá desarrollarse durante dos años al menos, antes de poder participar en un muevo concurso para obtener una plaza en otra universidad. c) Los requisitos establecidos en las presentes bases deben cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
Y deben poder acreditarse fehacientemente en cualquier momento del proceso selectivo delante de los órganos competentes. 4.
Solicitudes 4.1 La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que se adjunta como anexo II a la presente convocatoria y se podrán presentar mediante alguna de las siguientes vías: a) Registro electrónico de la URV: El Registro electrónico de la URV es una aplicación integrada en el Registro General de la URV que permite registrar solicitudes, escritos y documentos de forma telemática, es decir, desde la sede electrónica de la URV a través de Internet.
Para acceder a la aplicación se deberá autenticar mediante uno de los sistemas de autenticación permitidos.
El Registro electrónico permite la presentación de solicitudes, escritos y documentos las 24 horas del día, todos los días del año.
Actualmente, el sistema permite presentar instancias genéricas, a las cuales se puede adjuntar documentación complementaria.
Una vez cumplimentada la instancia genérica, el Registro electrónico emitirá de forma automática un recibo acreditativo de la presentación, en el cual figurará el número de registro de entrada y la fecha y hora del mismo.
El acceso al Registro electrónico de la URV está en la sede electrónica de la URV/Registro General/Acceso al electrónico o bien directamente en el enlace: registro electrónico URV. b) Otros lugares presenciales: Otras opciones de presentación, según lo establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son las que figuran en este enlace https://seuelectronica.urv.cat/registre.html.
En el caso que la persona presente la documentación mediante alguna de las opciones que no sea ni registro electrónico URV ni registro presencial URV, deberá comunicarlo mediante correo electrónico dentro del plazo de presentación de solicitudes al Servicio de Gestión de Personas de la Universitat Rovira i Virgili, correo electrónico convocatoriespdi@urv.cat.
A los efectos de estas bases, se considera inhábil el mes de agosto, así como los periodos publicados en https://seuelectronica.urv.cat/diesinhabils.html.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 4.2 De acuerdo con la Ley 39/2015, no es necesario que se aporte aquella documentación que la Universidad pueda recoger de otras administraciones.
No obstante, la URV está en proceso de implantación de las herramientas de interoperabilidad correspondientes para consultar la información o documentación y por lo tanto, será necesario que se adjunten a la solicitud los siguientes documentos que acrediten que se reúnen los requisitos para participar en el presente concurso: a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. b) Fotocopia del documento que acredite estar acreditado o habilitado para el cuerpo correspondiente. c) Fotocopia del Título de Doctor o Doctora (las dos caras) o resguardo del título. d) Formulario de acreditación del conocimiento lingüístico del catalán. e) Justificante de ingreso en concepto de derechos de examen. 4.3 Derechos de examen: En aplicación de lo establecido por la Orden PRE/165/2026, de 4 de septiembre, por la cual se hace pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de Presidencia, los organismos y las entidades que dependientes, las personas aspirantes deberán abonar en concepto de derechos de examen la cantidad de 73,50 euros al número de cuenta corriente de la Universitat Rovira i Virgili, BBVA IBAN: ES23 0182 6035 4502 0160 5679, SWIFT: BBVAESMM, especificando el nombre y apellidos, NIF y el código de la plaza a la cual concursa.
Exenciones: Estarán exentas del pago de la tasa, con justificación documental previa, las personas en situación de desocupación que no perciban ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33 %.
Para acreditar la situación de desocupación sin percepción de ninguna prestación económica, el aspirante debe adjuntar a la solicitud un certificado de la Oficina de Trabajo o del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que acredite que el aspirante está inscrito como demandante de ocupación y que no percibe ninguna prestación económica; este certificado debe ser expedido durante el plazo de presentación de solicitudes.
También será necesaria una declaración responsable en que el aspirante diga que se encuentra en situación de desocupación y que no percibe ingresos procedentes de rendimientos del trabajo.
Las personas aspirantes que se acojan a las bonificaciones de las tasas de inscripción que establece la Orden PRE/165/2026 lo deben acre
- Boletín
- BOE
- Publicado
- 14 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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