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Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional


155

Plazas

8/5/2026

Fecha Límite

LOCAL

Nacional

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Orden TDF/685/2026, de 6 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

📄 Contenido del documento

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2026 y el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, en uso de las competencias que le están atribuidas en el apartado 5 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, se acuerda convocar el proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada (código 3012), de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter.

Las pruebas de esta convocatoria se regirán por el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Resultará también de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; el Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2026, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general y, supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos: 1.

Publicación 1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/), así como, en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), y en aquellos lugares que se estime conveniente.

Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las publicaciones realizadas en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/).

Los interesados podrán acceder a información que contenga datos de carácter personal a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/).

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

A los efectos de comunicaciones y otras incidencias relativas al proceso selectivo ya en curso, las personas aspirantes deberán dirigirse a la sede electrónica del INAP dando de alta una sugerencia (https://sede.inap.gob.es/es/tramites-para-la-ciudadania), dirigida a la unidad denominada Habilitados Nacionales (sólo selección subescalas).

Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos a través de su puesta a disposición en la sede electrónica del Punto de Acceso General, a través de la Carpeta Ciudadana (https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave), enviándose el correspondiente aviso de notificación a la dirección de correo electrónico del interesado que éste haya indicado en la solicitud de inscripción. 2.

Descripción de plazas 2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros: PROMOCIÓN INTERNA Número de plazas convocadas Acceso general Discapacidad Total 140 15 155 Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de promoción interna Año del real decreto Acceso general Discapacidad Total 2026 46 4 50 2025 46 4 50 2024 46 4 50 2023 2 3 5 2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 155 plazas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, código 3012.

El total de las 155 plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo: – Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2026, corresponden 50 plazas, de las cuales 46 son de acceso general y 4 se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad. – Al Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, corresponden 50 plazas, de las cuales 46 son de acceso general y 4 se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad. – Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, corresponden 50 plazas, de las cuales 46 son de acceso general y 4 se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad.

Este último por la acumulación de plazas no cubiertas durante la ejecución de la convocatoria efectuada a su amparo, mediante Orden TDF/779/2024, de 21 de julio, en conformidad con lo establecido en el artículo 20.

Punto 3. de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en el artículo 2.10. del Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo. – Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023, corresponden 5 plazas, de las cuales 2 son de acceso general y 3 se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad.

Este último por la acumulación de plazas no cubiertas durante la ejecución de la convocatoria efectuada a su amparo, mediante Orden TDF/779/2024, de 21 de julio, en conformidad con lo establecido en el artículo 20.

Punto 3. de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en el artículo 2.10. del Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservarán 15 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en la convocatoria.

Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo.

El incumplimiento de esta norma determinará la exclusión del aspirante. 3.

Requisitos de las personas aspirantes 3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación 3.2 Nacionalidad: Las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española. 3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta.

En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

Titulación 3.6 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano edu

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