Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 22 de julio de 2026, del Director, por la que se declara desierta la plaza de personal laboral fijo de la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario, del proceso selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración (concurso de méritos), adscrita al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias.
Cuerpo no especificado
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
Autonómica
Canarias
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad 2885 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 22 de julio de 2026, del Director, por la que se declara desierta la plaza de personal laboral fijo de la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario, del proceso selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración (concurso de méritos), adscrita al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias. CVE: BOC-A-2026-161-2885 Firma electrónica: Descargar
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Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad 2885 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 22 de julio de 2026, del Director, por la que se declara desierta la plaza de personal laboral fijo de la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario, del proceso selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración (concurso de méritos), adscrita al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias. 3 páginas.
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Firma electrónica - Descargar ANTECEDENTES I.
Con fecha 29 de diciembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 255 la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, por la que se convocan los procesos selectivos extraordinarios de estabilización del empleo temporal de acceso a la condición de personal laboral fijo, en plazas básicas vacantes de diversas categorías sanitarias y de gestión y servicios de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, y se aprueban las bases que han de regir dichos procesos (corrección de errores publicada en el BOC n.º 126, de 29.6.2023).
Entre las plazas convocadas figura una (1) plaza básica vacante de personal laboral fijo de la categoría/especialidad de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario, adscrita al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, correspondiente al proceso selectivo excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración mediante el sistema de concurso de méritos.
Mediante Resolución n.º 2555/2025, de 11 de julio, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, se aprobó la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en los procesos selectivos extraordinarios de estabilización del empleo temporal correspondientes a diversas categorías del Grupo A/Subgrupo A1, entre ellas la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral).
En la citada Resolución resultaron admitidas dos personas aspirantes para participar en el proceso selectivo correspondiente a la única plaza convocada de dicha categoría.
Mediante Resolución n.º 2645/2025, de 21 de julio, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, se efectuó el requerimiento para la presentación del autobaremo de méritos y de la documentación acreditativa correspondiente en los procesos selectivos de estabilización del empleo temporal, estableciéndose un plazo comprendido entre los días 22 de julio y 19 de agosto de 2025, ambos inclusive.
Finalizado dicho plazo, se constató que ninguna de las dos personas aspirantes admitidas en la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral) presentó el autobaremo de méritos ni la documentación acreditativa exigida, figurando ambas como no presentadas a la fase de concurso.
La falta de presentación del autobaremo de méritos y de la documentación acreditativa por parte de las únicas personas aspirantes admitidas impidió la valoración de sus expedientes curriculares por el Tribunal Coordinador y, en consecuencia, la existencia de personas aspirantes susceptibles de resultar adjudicatarias de la plaza convocada.
No siendo posible formular propuesta de adjudicación conforme a las bases de la convocatoria, procede declarar desierta la plaza básica convocada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, por la que se convocan los procesos selectivos extraordinarios de estabilización del empleo temporal de acceso a la condición de personal laboral fijo, aprueba las bases reguladoras del proceso selectivo excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración mediante el sistema de concurso de méritos, entre las que se encuentra la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario.
Segundo.- De conformidad con la base décima, reguladora de la fase de concurso, el requerimiento de méritos se inicia mediante la correspondiente resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, debiendo las personas aspirantes presentar, dentro del plazo conferido, el autobaremo de méritos junto con la documentación acreditativa correspondiente, siendo únicamente valorables los méritos alegados y acreditados en tiempo y forma.
Asimismo, corresponde al Tribunal Coordinador efectuar la validación y valoración de los expedientes curriculares presentados, a fin de determinar las personas aspirantes susceptibles de adjudicación de plaza.
Tercero.- Consta en el expediente que las dos personas aspirantes admitidas en la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral) no atendieron el requerimiento de méritos efectuado mediante Resolución n.º 2645/2025, de 21 de julio, por lo que sus expedientes figuran como no presentados a la fase única de concurso, circunstancia que impide la valoración de méritos y, en consecuencia, la existencia de personas aspirantes susceptibles de resultar adjudicatarias de la plaza convocada.
Cuarto.- Conforme a la base duodécima, la propuesta de adjudicación de plazas únicamente puede formularse respecto de aquellas personas aspirantes cuyos méritos hayan sido valorados y que, por orden de puntuación, resulten adjudicatarias.
Al no concurrir en el presente procedimiento ninguna persona aspirante en tales condiciones, resulta imposible efectuar propuesta de adjudicación alguna, por lo que procede declarar desierta la plaza convocada.
Quinto.- De conformidad con la disposición adicional cuarta del Decreto 14/2021, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y con las competencias atribuidas a la Dirección del Servicio Canario de la Salud en las bases de la convocatoria, procede dictar la presente Resolución.
RESUELVO: Primero.- Declarar desierta la única plaza básica vacante de personal laboral fijo de la categoría de Adjunto de Neurología (Laboral), Grupo A/A1 Sanitario, con código de plaza 11838610, correspondiente al proceso selectivo excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración mediante el sistema de concurso de méritos, adscrita al Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, al no existir personas aspirantes susceptibles de adjudicación, al no haber atendido ninguna de las personas admitidas el requerimiento de presentación de méritos efectuado en el procedimiento.
Segundo.- Declarar concluido, respecto de la citada plaza, el procedimiento de provisión derivado del proceso selectivo excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración mediante el sistema de concurso de méritos.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, así como en la página web oficial del Servicio Canario de la Salud y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en virtud de la competencia prevista en los artículos 10.1 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de dicha Jurisdicción, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2026.- El Director, Adasat Goya Gonzalez. © Gobierno de Canarias Aviso Legal Sugerencias y Reclamaciones