Plazo abiertoBOE · 12 oct 2026

Responsable del Área de Colecciones · Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

Plazas
1
Fecha límite
9 nov 2026
Ámbito
EstatalToda España

Plazo hasta el 9 nov

Publicada el 12 octCierra el 9 nov

Resumen del boletín

Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, como personal laboral fijo, fuera de convenio.

En el marco de la Oferta de Empleo Público aprobada por el «Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2026», y en aplicación del «Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre», por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; del «Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre», por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; de la «Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía»; del «Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo», por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía; y de lo previsto en el «Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo», por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, esta «Subdirección General de Gerencia», en virtud de las competencias en materia de gestión de personal recogidas en el artículo 12 del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, previo informe favorable de la Dirección General de Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso como «personal laboral fijo, fuera de convenio, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en la categoría de Responsable del Área de Colecciones», adscrito/a a la Subdirección Artística del mencionado organismo público.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el «principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres» por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el «artículo 14 de la Constitución Española», la «Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres», y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, publicado por Resolución de 20 de octubre de 2025 de la Secretaría de Estado de Función Pública.

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Asimismo, esta convocatoria tiene en consideración el documento de «Orientaciones para el cambio en materia de selección en la Administración General del Estado», en aras de garantizar el principio de eficacia consagrado en el «artículo 103.1 de la Constitución Española», buscando la agilización y modernización de los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva, pero respetando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional, teniéndose también en cuenta las previsiones contenidas en el «Plan Ejecutivo 2025», en el que se concretan las medidas incluidas en las citadas orientaciones, permitiendo avanzar en la profesionalización de los órganos de selección y la promoción de la igualdad en el acceso al empleo público, así como el «Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018», por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar determinadas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

De acuerdo con todo lo anterior, este proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes Bases de convocatoria 1.

Normas generales 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza como personal laboral fijo fuera de convenio del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia con la categoría de Responsable del Área de Colecciones, adscrito/a a la Subdirección Artística, por el sistema de acceso libre. 1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones y ejercicios que se especifican en el anexo I. 1.3 La descripción de la plaza y sus características se detallan en el anexo II de esta convocatoria. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III. 1.5 De conformidad con lo establecido en los apartados 16 y 18 del artículo 3 del Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la correspondiente reseña de la convocatoria en los términos previstos en dicha norma y se publicará en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es) la información relativa a esta convocatoria y sus bases, así como cualquier otra información relacionada con el proceso selectivo, para que las personas participantes puedan seguir su desarrollo.

Asimismo, dicha información se publicará en la página web del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (www.museoreinasofia.es) y en su sede electrónica (museoreinasofia.sede.gob.es). 2.

Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación: 2.1 Nacionalidad: a) Tener la nacionalidad española. b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, podrá tomar parte el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España. 2.2 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas descritas en el anexo II. 2.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años. 2.4 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.5 Titulación: Estar en posesión de o en condiciones de obtener el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes alguna de las titulaciones que se señalan en el anexo II.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. 3.

Solicitudes 3.1 La solicitud se deberá cumplimentar y presentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la dirección https://museoreinasofia.sede.gob.es en el procedimiento telemático establecido para este proceso, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto, se prevé que las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. 3.2 Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma electrónica indicados y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.

No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por esta vía que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos. 3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. 3.4 Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, en el momento de presentar su solicitud, las adaptaciones de medios y tiempos y, en su caso, los demás ajustes razonables que resulten necesarios para la realización de los ejercicios del proceso selectivo, de conformidad con lo previsto en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

La solicitud de adaptación deberá formularse en los términos previstos en la citada orden y deberá acompañarse, cuando resulte necesario, de la documentación acreditativa que permita valorar la procedencia de la adaptación o ajuste solicitado. 3.5 A la solicitud de parti

Boletín
BOE
Publicado
12 oct 2026

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