Resolución núm. 2026-5954, de fecha 29 de julio de 2026, por la cual se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 17 plazas de Agente Policía Local al Ayuntamiento de Ibiza
Agente de la Policía Local
17
Plazas
28/08/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 096 - 1 / Agosto / 2026 > Pág. 42797 a 42818 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 096 - 1 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE EIVISSA Núm. 569687 Resolución núm. 2026-5954, de fecha 29 de julio de 2026, por la cual se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 17 plazas de Agente Policía Local al Ayuntamiento de Ibiza Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Primera Teniente de Alcalde, el día 29 de julio de 2026, ha dictado la siguiente resolución: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.
Visto el expediente de la Concejalía de Recursos Humanos que impulsa la aprobación de las bases y la convocatoria del procedimiento selectivo para la provisión de 17 plazas de Agente de la Policía Local por el sistema de acceso de turno libre mediante el procedimiento de oposición: Informe emitido por la Directora del Área de Sostenibilidad favorable a la tramitación del expediente sobre la procedencia de aprobación de las bases y convocatoria del proceso selectivo.
Informe jurídico favorable a la aprobación de este expediente.
Modelo de bases y convocatoria en lengua catalana y castellana.
Certificado de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Eivissa. 2.
Vista las resolución siguiente que antecede el presente acuerdo: Dado que la Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el 20 de abril de 2026 se acordó la aprobación de la Oferta de Empleo Pública de 2026 (BOIB núm. 52, de 23 de abril de 2026). 3.
Vistos los siguientes fundamentos de Derecho: Los artículos 20, 21, 31, 32 y 34 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de las Islas Baleares.
La disposición transitoria primera del Decreto Ley 6/2021 de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.
Los artículos 32 a 37, 156 a 165, 174, 176, 177 a 182, 183 a 187 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo.
Los artículos 21.1, 91, 100 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Los artículos 133 y 134 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril.
El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos en el hecho que tiene que ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
La Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 27 de octubre de 2020 por la cual se aprueban los temarios que tienen que regir las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a las diversas categorías de los cuerpos de policía local de las Islas Baleares.
El Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Además del cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, los procedimientos de selección tendrán que garantizar los principios, de acuerdo con el que establece el artículo 55.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público de: a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases. b) Transparencia. c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Mediante el presente y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante decreto n.º 2023-5709 de fecha 22 de junio de 2023, la regidora delegada del área de recursos humanos dicta la siguiente: RESOLUCIÓN PRIMERO.- Aprobar la convocatoria que regula el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 17 plazas de Policía Local, vacantes y dotadas presupuestariamente, con los códigos de plaza: AgPol037, AgPol054, AgPol097, AgPol098, AgPol099, AgPol100, AgPol101, AgPol102, AgPol103, AgPol104, AgPol105, AgPol106, AgPol107, AgPol108, AgPol109, AgPol110 y AgPol111, procedentes de la Oferta de Empleo Público del año 2026 (BOIB n.º 52, de 23 de abril de 2026), mediante el sistema de acceso de turno libre, plazas encuadradas en la plantilla de personal funcionario, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo de clasificación C1, para cubrir el puesto de trabajo de Agente de la Policía Local.
SEGUNDO.- Aprobar las bases que han que regir esta convocatoria, y que se detallan a continuación, las cuales tienen que cumplir obligatoriamente el Ayuntamiento, el Tribunal calificador y las persones aspirantes que participan.
TERCERO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibiza (https://eivissa.sedelectronica.es).
CUARTO.- Publicar un extracto de las bases junto con la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
QUINTO.- Disponer que los sucesivos anuncios se publiquen exclusivamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibiza (https://eivissa.sedelectronica.es), excepto en los casos en que el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares establezca la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares atendiendo a la normativa.
BASES QUE TIENEN QUE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 17 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE EIVISSA POR EL SISTEMA DE ACCESO TURNO LIBRE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN.
OBJETO, NORMATIVA DE APLICACIÓN, PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y TRAMITACIÓN DE URGENCIA. 1.1.
La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 17 plazas de Policía Local vacantes y dotadas presupuestariamente, (AgPol037, AgPol054, AgPol097, AgPol098, AgPol099, AgPol100, AgPol101, AgPol102, AgPol103, AgPol104, AgPol105, AgPol106, AgPol107, AgPol108, AgPol109, AgPol110, AgPol111) procedentes de la Oferta de Empleo Público del año 2026 (BOIB núm. 52, de 23 d'abril de 2026), por el sistema de acceso de turno libre, plazas encuadradas en la plantilla de personal funcionario, escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo de clasificación C1, para cubrir el puesto de trabajo de Agente de la Policía Local. 1.2.
De acuerdo con lo que prevé el punto 2 de la disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Illes Balears, modificada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, se tiene que reservar 1 plaza para que sea cubierta por mujeres para cumplir con el objetivo de equilibrar la presencia de mujeres y hombres en la plantilla de la policía local.
Las plazas no cubiertas por mujeres en el porcentaje establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Illes Balears serán cubiertas por el resto de aspirantes que hayan superado las pruebas. 1.3.
Se aplicarán a estas pruebas selectivas las presentes bases; la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre y por el Decreto Ley 6/2021, de 9 de julio; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares; la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 23 de octubre de 2020 por la cual se determina la metodología de ejecución, supervisión y evaluación de las prácticas en el municipio para las diferentes categorías de policía local, el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico el Empleado público, y la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, así como el resto de disposiciones legales aplicables a la Policía Local. 1.4.
El procedimiento de selección será el de oposición de conformidad con el artículo 34.1 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Illes Balears, modificada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, mediante las pruebas previstas en el artículo 167 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de policí