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BORM

Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-1057/2026) de 30 de julio, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor.

Profesorado Ayudante Doctor


Sin confirmar

Plazas

22/09/2026

Fecha Límite

Autonómica

Murcia

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor

📄 Contenido del documento

Comunidad Autónoma 2.

Autoridades y Personal Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor Universidad de Murcia 4201 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-1057/2026) de 30 de julio, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor.

La Universidad de Murcia convoca concurso público para la provisión de las plazas de profesorado ayudante doctor que se detallan en el Anexo I adjunto a la presente resolución y que se desarrollará de acuerdo con las siguientes BASES: 1.

El concurso se regirá por lo establecido en las siguientes disposiciones: Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; Reglamento regulador de los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado Ayudante Doctor y de profesorado Asociado de la Universidad de Murcia (BORM n.º 4/2026, de 7 de enero), en adelante Reglamento regulador; resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal, de 8 de septiembre de 2017 (https://sede.um.es/sede/documento/normativa/resolucion-sg-25-2017-por-la-que-se-dictan-instrucciones-sobre-tramitacion-electronica-de-convocatorias-de-plazas-de/16199.pdf), y, en lo no previsto en las señaladas disposiciones, por la restante normativa aplicable.

El Reglamento regulador rige la presente convocatoria con el concepto de bases generales, habiéndose de estar a su contenido en todo lo que no se halle expresa y específicamente previsto en esta resolución.

El Reglamento regulador puede ser consultado en cualquiera de las siguientes URL: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-regulador-de-los-procesos-selectivos-para-el-acceso-a-plazas-de-profesorado-ayudante-doctor-y-de-profesorado/23699.pdf https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/57/pdf?id=840721 Con carácter general, cada uno de los concursos convocados se tramitará de forma autónoma.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, de 16 de julio de 2021. 2.

Requisitos de participación y contratación. 2.1.- En el presente concurso para la provisión de plazas de profesorado ayudante doctor las personas participantes han de reunir: a) Los requisitos generales establecidos en los artículos 56 y 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 7 del Reglamento regulador. b) Los requisitos adicionales que se recogen en el artículo 8 del Reglamento regulador. c) Los requisitos específicos que sean procedentes, con arreglo al artículo 56.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Éstos últimos, de concurrir, se hallarán detallados en el anexo descriptivo de la plaza a la que conciernan y fundamentados en el expediente administrativo que podrá ser consultado por las personas interesadas y a su instancia. 2.2.- La concurrencia de los requisitos de participación y contratación del presente concurso se halla referida a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y se deben mantener en la fecha de inicio de efectos del contrato. 3.

Presentación telemática de solicitudes y currículos. 3.1.- El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles y computará desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Para presentar la solicitud de participación en un proceso selectivo procede atender a las previsiones del artículo 10 del Reglamento regulador, que comporta, entre otras, las siguientes previsiones: a) Las personas interesadas deben cumplimentar el formulario web de la solicitud establecido específicamente para la plaza correspondiente, disponible en la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/. b) Al acceder a la aplicación del PDI, apartado «convocatorias vigentes», se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica, paso a paso, cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud. c) Una vez cumplimentado el formulario se habrá de proceder a la validación de los datos incorporados y a la firma electrónica de la solicitud mediante la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando para ello cualquiera de los distintos medios disponibles al efecto: certificado electrónico, cuenta UM u otros habilitados. 3.2.- Documentación acreditativa de los requisitos de participación y contratación: De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento regulador, en el momento de realizar la solicitud no será preciso aportar documentación justificativa de los requisitos de participación y contratación, que será sustituida por documento suscrito por la persona aspirante en cuya virtud declare bajo su responsabilidad que reúne los requisitos generales y adicionales y, en su caso, los específicos que, por razón de la naturaleza de la plaza o de lo previsto en el apartado 2 del artículo 6 del Reglamento regulador, se establezcan en la convocatoria para la participación en el proceso selectivo, que dispone de la documentación acreditativa de tales requisitos y que se compromete a efectuar su aportación, a requerimiento de la Universidad de Murcia, en cualquier momento durante la tramitación del proceso selectivo y, al término de este, en el supuesto de resultar adjudicataria de la plaza.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de datos o informaciones incorporados a la declaración responsable, o de la documentación que fuere en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará las consecuencias previstas en la normativa aplicable, constituyendo causa justificativa de exclusión del proceso selectivo o, en su caso, extinción contractual por falta de concurrencia de condiciones subjetivas u objetivas o por transgresión de la buena fe contractual. 3.3.- Documentación acreditativa de los méritos alegados.

Siendo procedente la aplicación del artículo 13 del Reglamento regulador, los méritos evaluables que las personas aspirantes aleguen en su solicitud deberán acreditarse documentalmente, mediante la aportación de la documentación pertinente, con arreglo a las siguientes condiciones: a) Se presentarán necesariamente a través de la página Web, aplicación CONVOCUM.

No se admitirán los presentados por otros medios. b) Se presentarán necesariamente en formato PDF. c) Deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada, cuando estén redactados en idioma diferente al castellano. 4.

Derechos de participación.

Es aplicable el artículo 11 del Reglamento regulador, con las siguientes precisiones adicionales: La tasa por derechos de participación para cada una de las plazas a las que se concurse distingue las siguientes categorías: Tasa General: 23,34 euros.

Tasa Carné de Paro: 11,67 euros. (Debe justificarse aportando certificado o informe fechado dentro del plazo de solicitud de la plaza, acreditativo de la situación de desempleo).

Tasa Carné Joven: 18,67 euros. (Debe acreditarse su validez a fecha del plazo de presentación de solicitudes).

Las personas aspirantes que se hallen exentas del pago de los derechos de tasas de participación por razón de discapacidad deberán aportar copia del certificado acreditativo de la validez de la misma dentro del plazo de presentación de solicitudes, expedido por el órgano competente de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Las tasas de participación se deberán abonar dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderán como defectos no subsanables no haber realizado el pago dentro de dicho plazo.

En los casos de exención de pago o reducción de tasas (discapacidad, carné de paro, carné joven), la Universidad de Murcia podrá requerir la documentación acreditativa necesaria en cualquier momento del proceso selectivo.

La liquidación de tasas y su abono se realizarán a través de la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/, por medio de cualquiera de las siguientes formas: a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias: - Banco Sabadell - CaixaBank - Cajamar. - Banco Santander. b) Tarjeta bancaria o bizum. c) Tpv virtual (Tarjeta de crédito). d) En los cajeros de las indicadas entidades. e) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la aplicación. 5.

Resolución de incidencias técnicas y atención de consultas.

A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto con el teléfono 868-884222 y el correo electrónico dumbo@um.es, y para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes, al correo electrónico seleper@um.es 6.

Relación de participantes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento regulador, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobado que todas las personas aspirantes han firmado y registrado en tiempo y forma la solicitud de participación, han abonado las tasas exigidas y declaran bajo su respo

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