Radar de Oposiciones
Radar de Oposiciones
Iniciar sesiónRegistrarse
Volver al Radar
🟢 Convocada
BOIB

Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para cubrir una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear.» Código de expediente: 2026-41-NAFBSTIB

Cuerpo no especificado


Sin confirmar

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

N/A

Grupo

Descripción y Detalles

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 > Pág. 36123 a 36132 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA) Núm. 481191 Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para cubrir una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear.» Código de expediente: 2026-41-NAFBSTIB Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB.

Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, del ente o de la institución que emana el texto.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.

Por todo ello, dicto la siguiente Resolución Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria, con código de expediente 2026-41-NAFBSTIB, para cubrir una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear».

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de junio de 2026) El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para cubrir una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear» La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.

Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la convocatoria para cubrir una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear.» El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, y prevé que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y los procedimientos que se establecen en la Ley de la Función Pública de las Illes Balears».

Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.

El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes, CONVOCO El proceso para seleccionar una plaza de técnico o técnica de apoyo a la investigación, del grupo profesional A, para el proyecto Terapias Avanzadas «Iniciativa estratégica orientada a impulsar de manera integrada la investigación, la producción y la aplicación clínica de terapias avanzadas dentro del sistema sanitario balear» con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes: Requisitos de participación Estar en posesión de la titulación de licenciatura o grado en el ámbito de las ciencias de la salud o ciencias de la vida (Biotecnología, Bioquímica, Biología, Farmacia, Ingeniería Biomédica o áreas afines).

Estar en posesión de la titulación de máster.

Acreditar el nivel B2 de catalán.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Tener la nacionalidad española u otra nacionalidad en los casos en que el artículo 57 del Texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) permita el acceso a la ocupación pública.

Es necesario tener nacionalidad española, de otros estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

También serán admitidos el cónyuge, los descendientes y descendientes del cónyuge, tanto de españoles y españolas como de nacionales de los otros estados miembro de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de esta edad, pero vivan a cargo de sus progenitores.

Las personas extranjeras a las que se refieren los apartados anteriores, así como aquellas con residencia legal en España, podrán acceder a las administraciones públicas como personal laboral, en igualdad de condiciones que españoles y españolas.

Poseer la capacidad funcional para desempeñar las tareas.

Las personas con una discapacidad reconocida serán admitidas en la realización de las pruebas libres sin necesidad de acreditar sus condiciones psíquicas, físicas y sensoriales antes de que comiencen, sin perjuicio de que, superado el proceso selectivo, en presentar la documentación para ser nombradas o contratadas, tengan que acreditar, como el resto de personas aspirantes, su capacidad para desarrollar las funciones y tareas de los puestos de trabajo que se convocan y para prestar el servicio público correspondiente.

Asimismo, en caso de que se acceda por la cuota de reserva de personas con discapacidad, será necesario tener legalmente reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % y acreditarla.

Este caso solo se contempla en el concurso-oposición de estabilización.

No obstante, y de acuerdo con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, las personas que se presenten a un proceso selectivo, sea libre o por turno reservado, y soliciten alguna adaptación para hacer las pruebas, así lo tendrán que hacer constar expresamente en la solicitud de participación y especificar de qué tipo (tiempo o medios materiales).

En este caso, también se tendrá que aportar la certificación pertinente en la que conste el tipo y grado de disminución.

A tales efectos, los órganos técnicos de selección decidirán sobre las peticiones de adaptaciones que se efectúen.

Con esta finalidad podrán requerir un informe sobre la solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.

No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Cumplimentar el formulario de inscripción (anexo 2) y el formulario de autoevaluación (anexo 3) de la convocatoria.

Presentar la descripción del curriculum vitae (CV).

No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.

Funciones ÁREA CONTROL DE CALIDAD: Supervisar y verificar el cumplimiento de los procesos de fabricación de productos de terapia avanzada conforme a las Normas de correcta fabricación (NFC/GMP).

Realizar la toma de muestras

Ver convocatoria oficial
InicioRadarIniciar sesión