Resolución de Alcaldía N.º 741, de fecha 17/06/2026, por la que se aprueban la convocatoria y las bases para la provisión de 3 plazas de socorrista, personal laboral en régimen fijo-discontinuo, del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, mediante el sistema de concurso-oposición – Expediente n.º 1342/2026
Cuerpo no especificado
3
Plazas
Sin fecha
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BALEARES
N/A
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AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 078 - 20 / Junio / 2026 > Pág. 33931 a 33943 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 078 - 20 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA Núm. 454195 Resolución de Alcaldía N.º 741, de fecha 17/06/2026, por la que se aprueban la convocatoria y las bases para la provisión de 3 plazas de socorrista, personal laboral en régimen fijo-discontinuo, del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, mediante el sistema de concurso-oposición – Expediente n.º 1342/2026 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Habiéndose aprobado, mediante Resolución de Alcaldía N.º 741, de fecha 17/06/2026, la convocatoria y las bases para la provisión de 3 plazas de Socorrista, personal laboral en régimen fijo-discontinuo, del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, mediante el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Sant Joan de Labritja (Firmado electrónicamente: 17 de junio de 2026) La alcaldesa María Tania Marí Marí ANEXO CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE 3 PLAZAS DE SOCORRISTA, PERSONAL LABORAL EN RÉGIMEN FIJO-DISCONTINUO, DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA PRIMERA.
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de 3 plazas de Socorrista, personal laboral en régimen fijo-discontinuo, del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2026.
El proceso selectivo se convoca de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, y el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Contrato laboral fijo-discontinuo, conforme a lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, para el desempeño de servicios de carácter estacional vinculados a la temporada de playas.
Clasificación profesional.
Agrupaciones Profesionales, de conformidad con la clasificación prevista en la Oferta de Empleo Público 2026 y en la Plantilla municipal vigente.
Socorrista de actividades acuáticas en espacios naturales.
Funciones a desarrollar: Las descritas en el Decreto 27/2015, de 24 de abril, de modificación del Decreto 2/2005, de 14 de enero, regulador de las medidas mínimas de seguridad y protección que han de cumplir las playas y zonas de baño de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Las previstas en los planes de salvamento específicos de cada playa del municipio.
Las demás funciones propias del servicio que le sean encomendadas por la Alcaldía o por el órgano competente en materia de playas y seguridad.
La persona seleccionada deberá superar un periodo de prueba de quince (15) días, de conformidad con lo previsto en la normativa laboral aplicable y en el convenio colectivo sectorial.
El procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y, en lo no previsto en las mismas, por la siguiente normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en lo relativo al personal laboral fijo-discontinuo.
Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Convenio colectivo sectorial de Vigilancia Acuática y Socorrismo (código 07100875012023), en lo relativo a condiciones laborales.
Resto de normativa estatal y autonómica que resulte de aplicación.
Sistema de selección.
La selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Este sistema selectivo se considera el más adecuado para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, permitiendo valorar tanto la aptitud física y profesional de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones propias del puesto como los méritos acreditados por las mismas.
El proceso selectivo constará de dos fases: a) Fase de oposición.
Tendrá carácter eliminatorio y estará integrada por dos pruebas físicas destinadas a comprobar la aptitud física, técnica y profesional de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones propias del puesto de Socorrista de Actividades Acuáticas en Espacios Naturales.
La descripción, contenido, sistema de calificación y puntuación mínima exigida para superar cada una de las pruebas se determinarán en la correspondiente base reguladora de la fase de oposición.
Únicamente accederán a la fase de concurso las personas aspirantes que hayan superado la totalidad de las pruebas integrantes de la fase de oposición. b) Fase de concurso.
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de conformidad con el baremo establecido en las presentes bases.
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación se determinará aplicando sucesivamente los siguientes criterios: 1.
Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. 2.
Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional. 3.
Mayor puntuación en experiencia en el sector público. 4.
De persistir el empate, se resolverá mediante sorteo público.
Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas interesadas deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos: Nacionalidad.
Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o reunir las condiciones establecidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar documentalmente su identidad y, en su caso, su situación legal de residencia en España.
Haber cumplido los 18 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargo público por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que se desempeñan en el caso del personal laboral.
En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
Titulación académica.
Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Graduado Escolar o equivalente, de conformidad con la clasificación de la plaza en el grupo de Agrupaciones Profesionales .
Titulación específica y habilitación.
Estar en posesión del título de Socorrista de Actividades Acuáticas en Espacios Naturales (SAA) o de la titulación habilitante para la obtención de la correspondiente habilitación profesional autonómica.
Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y cuyo origen no implique el conocimiento del castellano deberán acreditar un nivel mínimo B1 mediante certificación oficial (DELE, Escuela Oficial de Idiomas o titulación académica oficial expedida en España).
Con carácter previo a la formalización del contrato, la persona seleccionada deberá formular declaración responsable de no estar incursa en causa de incompatibilidad conforme a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Todos los requisitos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de formalización del contrato laboral.
No obstante, respecto del carné profesional de Socorrismo en espacios acuáticos naturales expedido por la Dirección General de Emergencias del Govern de les Illes Balears, será suf