Plazo abiertoBOCyL · 14 oct 2026

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués (Ávila), por la que se aprueban las bases específicas y convocatoria para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, de 1 plaza de Arquitecto/a Municipal, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, subgrupo A1, perteneciente a la oferta pública de empleo de 2024. Expte.: 1655/2026.

Plazas
1
Fecha límite
3 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaLas Navas del Marqués

Plazo hasta el 3 nov

Publicada el 14 octCierra el 3 nov

Resumen del boletín

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-14102026-199-38| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-14102026-199-38.pdf contiene imágenes.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE LAS NAVAS DEL MARQUÉS (ÁVILA) RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués (Ávila), por la que se aprueban las bases específicas y convocatoria para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, de 1 plaza de Arquitecto/a Municipal, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, subgrupo A1, perteneciente a la oferta pública de empleo de 2024.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO/A MUNICIPAL, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE Primera.– Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Arquitecto/a Municipal, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2024.

El puesto tiene código RPT FA103 y nivel de complemento de destino 24.

La plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público aprobada por la Junta de Gobierno Local el 15 de febrero de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila n.º 44, de 1 de marzo de 2024, anuncio 0543/24, y en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 44, de la misma fecha.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición libre, con una valoración del 60 % para la fase de oposición y del 40 % para la fase de concurso.

La elección del concurso-oposición se fundamenta en el carácter técnico de las funciones de informe urbanístico, planeamiento, disciplina y obras municipales, para cuyo desempeño resulta relevante la experiencia profesional y la formación especializada, junto con la acreditación de los conocimientos y de la capacidad mediante las pruebas de oposición.

Segunda.– Normativa aplicable.

El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las presentes bases, teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás disposiciones normativas de aplicación.

Los datos personales de los aspirantes serán tratados por el Ayuntamiento de Las Navas del Marqués para la gestión del proceso selectivo, en cumplimiento de sus obligaciones legales y en el ejercicio de sus competencias públicas, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

Las publicaciones se realizarán con la identificación exigida por la normativa de protección de datos.

Tercera.– Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o reunir las condiciones de acceso al empleo público previstas en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con los límites establecidos en dicho precepto. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Estar en posesión, a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, de la siguiente titulación: Título de Arquitecto o Grado en Arquitectura más el Máster habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de la homologación o del reconocimiento profesional que resulte legalmente exigible al finalizar el plazo de presentación de instancias. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala correspondiente.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Los requisitos referenciados en esta base deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de la toma de posesión de la plaza objeto del proceso selectivo.

Las personas con discapacidad, previa acreditación, podrán solicitar adaptación de tiempo y medios en las pruebas selectivas, si lo hacen constar en la solicitud de participación.

Cuarta.– Presentación de Instancias. 1.– LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués y se presentarán en el Registro General de la Corporación, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), todo ello sin perjuicio de que puedan presentarse en cualquiera de las formas que habilita el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las presentes bases se publicarán, asimismo, íntegramente en el Boletín de la Provincia de Ávila y en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.).

Quienes dispongan de un medio de identificación electrónica admitido podrán presentar las solicitudes a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, accesible desde https://lasnavasdelmarques.es.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se ajustarán al modelo del anexo II que será facilitado en la página oficial del Ayuntamiento (https://lasnavasdelmarques.es).

En la instancia deberá declararse la veracidad de los datos y documentos aportados y el cumplimiento de los requisitos de participación.

Se acompañará una relación de los méritos alegados y la documentación acreditativa correspondiente. 2.– PAGO DE TASAS.

Los derechos de examen se fijan en 45 euros, de acuerdo con la Ordenanza fiscal municipal n.º 30 reguladora de la tasa por derechos de examen, para el subgrupo A1 en procesos de tres o más pruebas.

Se abonará mediante pago en el T.P.V. habilitado en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros o mediante transferencia o ingreso bancario al siguiente IBAN ES81 2100 1277 8213 0027 5712, de la entidad Caixabank.

Se acompañará justificante de ingreso o de exención, según lo establecido en el Art. 6 de dicha Ordenanza.

Las exenciones se aplicarán en los supuestos y con los requisitos previstos en el artículo 6 de la ordenanza fiscal, debiendo aportarse la documentación acreditativa.

La falta de pago durante el plazo de presentación de solicitudes, salvo exención, determinará la exclusión; la omisión del justificante de un pago realizado en plazo será subsanable.

Quinta.– Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias y documentos, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión en cada caso, concediendo un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones y la subsanación de errores materiales, a contar desde el día siguiente a su publicación.

Dicha resolución se publicará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso selectivo.

Terminado el plazo de reclamaciones, la Alcaldía dictará nueva resolución,

Boletín
BOCyL
Publicado
14 oct 2026

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