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RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se publica la convocatoria abierta y permanente para la cobertura temporal de plazas estatutarias de la categoría de Técnico/a de Emergencias Sanitarias, en el ámbito de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.

Técnico/a de Emergencias Sanitarias


Sin confirmar

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

Autonómica

Aragón

C1

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Sección

II

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Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se publica la convocatoria abierta y permanente para la cobertura temporal de plazas estatutarias de la categoría de Técnico/a de Emergencias Sanitarias, en el ámbito de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 17/08/2026 (Nº 158) Sección: II.

Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD Texto completo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, ("Boletín Oficial del Estado", número 301, de 17 de diciembre de 2003), y en desarrollo de la estipulación 5.1 del Pacto Sindicatos Servicio Aragonés de Salud, de 20 de febrero de 2008, para la provisión de plazas estatutarias de carácter temporal en los centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, al amparo de las bases generales contenidas en dicho Pacto y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden SAN/675/2019, de 11 de junio, por la que se crea el Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud y se establecen las medidas iniciales para su puesta en marcha.

En atención a lo expuesto y en virtud de la competencia establecida en el artículo 36 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve publicar la presente convocatoria de carácter abierta y permanente para la elaboración de listas con las que cubrir las necesidades temporales de personal de la categoría de Técnico/a en Emergencias Sanitarias con arreglo a las siguientes bases: Bases Primera.- Requisitos generales de los participantes. 1.

Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo b), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada, cualquiera que sea su situación administrativa.

No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según determina el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. 2.

Estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico/a en Emergencias Sanitarias, conforme a la Orden ECD/842/2024, de 25 de julio, o cualquier otro título declarado equivalente en los términos previstos en la normativa de ordenación general de la formación profesional, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión (o en condiciones de obtener dentro del plazo de presentación de instancias) de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación. 3.

Estar en posesión del permiso de conducción de la categoría B. 4.

En el caso de trabajadores extranjeros, será requisito adicional demostrar conocimientos suficientes, hablados y escritos del idioma castellano. 5.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la presentación de instancias y mantenerse durante todo el período que se permanezca en la lista generada.

No serán tenidos en cuenta los documentos que contengan alguna enmienda, tachadura o raspadura, siempre que no se encuentren salvados bajo firma.

Tampoco se tendrán en cuenta los documentos presentados en otra lengua que no sea el castellano, lengua oficial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segunda.- Solicitudes.

Las solicitudes para formar parte de estas listas se formalizarán vía web en la dirección https://empleo.salud.aragon.es, Portal Electrónico de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud, mediante la inscripción en la correspondiente convocatoria y cumplimentación del modelo informático de solicitud que deberá ser presentada por vía telemática.

Modo usuario nuevo: puede registrarse en la aplicación haciendo uso del enlace "regístrese aquí", creando usuario nuevo y entrando en la aplicación posteriormente haciendo uso de su NIF y contraseña respectivamente.

Modo certificado: está habilitada la posibilidad de autenticación mediante certificado digital o Cl@ve permanente.

Modo usuario corporativo: si dispone de usuario corporativo del Gobierno de Aragón, puede acceder haciendo uso del correo electrónico corporativo como usuario de la aplicación y utilizando su contraseña corporativa.

El uso del modelo específico de solicitud generado electrónicamente será obligatorio de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Debido a requisitos legales del Esquema Nacional de Seguridad, para poder realizar inscripciones en bolsa, será necesario contar con alguno de los sistemas de identificación y firma electrónica (clave permanente, clave pin, certificado electrónico, identificación europea).

La presentación y firma de solicitudes se realizará exclusivamente por vía telemática mediante certificado digital o Cl@ve permanente de registro avanzado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.- Plazo de inscripción.

La presente convocatoria tiene carácter de abierta y permanente, por lo que los interesados podrán inscribirse o aportar méritos en cualquier momento, sin perjuicio de que las listas que se generan de la convocatoria comprenderán únicamente a los solicitantes y a los méritos que se hayan aportado con anterioridad a las fechas de corte que se establezcan.

Para la primera lista de méritos, se tendrán en cuenta los méritos que reúnan los aspirantes hasta la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la presente convocatoria y que se hayan registrado en el Portal de Recursos Humanos en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Aportación de méritos.

Los participantes registrarán sus méritos en el expediente personal electrónico del Portal de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud agrupados conforme a su carácter en las secciones correspondientes y se justificarán con copias simples de los documentos acreditativos en soporte electrónico en el propio portal.

El Servicio Aragonés de Salud se reserva el derecho de requerir en cualquier momento del procedimiento la comprobación o compulsa de la documentación presentada con el documento original que acredite la posesión del mérito.

En los méritos relativos a certificaciones o diplomas redactados en un idioma distinto al castellano los concursantes deberán aportar, junto con el mérito, la traducción literal del contenido de dichos documentos realizada por traductor jurado.

No será necesaria la traducción jurada en el caso de presentación de méritos relacionados con publicaciones, libros o capítulos.

Cuando existan indicios de falseamiento en los requisitos o méritos alegados en la solicitud y en el autobaremo, la Administración actuará de conformidad con la normativa vigente sobre la materia, quedando excluida provisionalmente del proceso de selección la persona afectada y dando cuenta de estas actuaciones a la Comisión Autonómica de seguimiento y control.

No será necesaria la acreditación de los méritos generados en el Servicio Aragonés de Salud que se vuelquen directamente desde el Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón.

Quinta.- Elección de jornada y de centros de trabajo.

Los participantes deberán registrar, en el momento en el que formalicen la inscripción, el tipo

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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