Plazo abiertoBOCyL · 23 oct 2026

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2026, de la Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General de la Diputación Provincial de Palencia, por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria para el ingreso como funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, en la categoría de Agente de Igualdad, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Técnicos Medios, incluida en la oferta de empleo público correspondiente al año 20

Plazas
1
Fecha límite
20 nov 2026
Grupo
A2universitario
Ámbito
AutonómicaPalencia

Plazo hasta el 20 nov

Publicada el 23 octCierra el 20 nov

Resumen del boletín

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-23102026-206-27| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

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AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2026, de la Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General de la Diputación Provincial de Palencia, por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria para el ingreso como funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, en la categoría de Agente de Igualdad, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Técnicos Medios, incluida en la oferta de empleo público correspondiente al año 2023.

Expte.: DIP/2026/11989.

La Diputada Delegada del Área de Hacienda y Administración General, en ejercicio de las facultades delegadas por la Presidencia (Decreto de 10 de julio de 2023), acordó aprobar las bases que rigen la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso como funcionario de carrera, en la categoría de Agente de Igualdad, con arreglo a las siguientes bases: BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA EN LA CATEGORÍA DE AGENTE DE IGUALDAD, TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN (OEP 2023).

La presente convocatoria tiene por objeto la selección para el ingreso por el turno libre, mediante el sistema de oposición, en la categoría de Agente de Igualdad, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Técnico Medio, perteneciente a la plantilla de personal funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Palencia, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2023, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Palencia de 11 de diciembre de 2023 (BOP núm. 150 de 15 de diciembre). 2.

La plaza objeto de la presente convocatoria, con indicación del código de puesto de trabajo concreto de la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Palencia, es el siguiente: – Número de plazas a convocar: 1 – Código de puesto de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación: CÓDIGO RPT SERVICIO DE ADSCRIPCIÓN FB02.04.05.01 Área de Servicios Sociales  3.

La plaza relacionada en el apartado anterior, perteneciente al Grupo A, subgrupo A2, está dotada de las retribuciones correspondientes al grupo y subgrupo indicado en la legislación de carácter general y en el Acuerdo de Funcionarios de la Diputación Provincial de Palencia.

Requisitos de las personas aspirantes. 1.

Para ser admitidos al presente proceso será necesario que las personas aspirantes reúnan los siguientes requisitos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes: a) Tener nacionalidad española o, en su caso, la de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos legalmente. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad para la jubilación forzosa. c) De conformidad con lo establecido en la Disposición Final Sexta de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, por la que se añade la Disposición Adicional Trigésimo Segunda a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Grado, Postgrado o Equivalente del ámbito del conocimiento de estudios de género, estudios feministas y políticas públicas de igualdad regulados conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Los/las aspirantes deberán tener el título o haber aprobado los estudios para su obtención y abonado los derechos para su expedición, y en su caso, tener la homologación correspondiente, en la fecha en la que acabe el plazo de presentación de instancias. d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

En el caso de nacionales de países de la Unión Europea, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. f) Estar en posesión del carnet de conducir clase B en vigor y disponibilidad de vehículo para desplazamientos. 2.

Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán reunir la totalidad de los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el procedimiento de selección.

Lugar y plazo de presentación 1.1.

Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Asimismo, se publicará el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 1.2.

El plazo de presentación de instancias para tomar parte en la convocatoria será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.).

En el supuesto de que el último día de presentación de instancias fuera sábado, domingo o festivo el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. 1.3.

De conformidad con la disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Palencia (BOP núm. 51 de 29 de abril de 2022), las personas participantes en los procesos selectivos deberán realizar la presentación de la solicitud y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación, a través de medios electrónicos.

Si alguna de las personas participantes presentase su solicitud presencialmente, el órgano convocante requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la solicitud de inscripción en los procesos selectivos, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 1.4.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se presentarán a través del procedimiento electrónico habilitado en el catálogo de servicios/procedimientos de los ciudadanos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia: http://sede.diputaciondepalencia.es.

A tal efecto, la persona solicitante deberá poseer un certificado digital de persona física válido admitido por la Sede Electrónica o el DNI electrónico con los certificados activados. 1.5.

En la instancia para tomar parte en la convocatoria deberá identificarse obligatoriamente el siguiente código: DIP/2026/11989.

Igualmente, en la instancia el aspirante deberá declarar la veracidad de los datos y documentos aportados. 1.6.

En la solicitud se indicará el número de referencia de cobro del documento de autoliquidación de la tasa indicada en el apartado 2 siguiente, además de adjuntar la documentación justificativa del pago.

En caso de reducción o exención del pago de tasa o adaptaciones por razón de discapacidad, la solicitud deberá ir acompañada de la documentación adicional acreditativa correspondiente, adjuntándose a la instancia presentada telemáticamente. 1.7.

Quienes por razones de discapacidad precisen adaptaciones para la realización de exámenes, deberán indicarlo en la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad.

Para ello harán constar en la solicitud las posibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas, acompañando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas.

En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas. 2.

El importe de los derechos por participación en el proceso selectivo es de 21,00 euros, de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por participación en procesos selectivos. 2.2.

Los derechos de examen se abonarán mediante autoliquidación de la Tasa en la Oficina Virtual Tributaria, en el enlace: https://ovtdipupalencia.tributoslocales.es/340017/DPALENCIA/tasas o desde la propia Oficina Virtual Tributaria de la Sede Electrónica, atendiendo a las instrucciones que figuran en el anexo II.

Los derechos que no podrán ser devueltos más que en el caso de anulación de la Convocatoria o de no admisión por falta de alguno de los requisitos para tomar parte en la misma. 2.3.

Quienes se encuentren en situación de desempleo sin percibir prestación económica alguna en el momento de presentación de la instancia, quedarán exentos del abono del 75% de los derechos de examen, siempre que acrediten documentalmente ambas circunstancias mediante la presentación de la documentación señalada en el apartado 3 siguiente. 2.4.

Las personas pertenecientes a familia numerosa de categoría especial estarán exentas de a

Boletín
BOCyL
Publicado
23 oct 2026

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