RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma Galicia, subgrupo A2, escala de inspectores e inspectoras de consumo.
cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, escala de inspectores e inspectoras de consumo
- Plazas
- 7
- Fecha límite
- 1 dic 2026
- Grupo
- A2universitario
- Ámbito
- AutonómicaGalicia
Plazo hasta el 1 dic
Resumen del boletín
IV. Oposiciones y concursos Consellería de Hacienda y Administración Pública
DOG 210 del 3/11/2026 - RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma Galicia, subgrupo A2, escala de inspectores e inspectoras de consumo.
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Oposiciones y concursos Consellería de Hacienda y Administración Pública RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma Galicia, subgrupo A2, escala de inspectores e inspectoras de consumo.
Mediante el Decreto 198/2024, de 27 de diciembre, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024 (DOG núm. 251, de 31 de diciembre).
Mediante el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025 (DOG núm. 235, de 4 de diciembre).
Por Decreto 35/2026, de 27 de abril, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 (DOG núm. 85, de 8 de mayo).
La disposición adicional primera.1 del Decreto 35/2026, de 27 de abril, por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 establece que podrán convocarse en un único proceso selectivo las plazas correspondientes a la oferta de empleo público de los años 2024 y 2025 que están pendientes de convocar.
En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en este proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2024, de 27 de diciembre, en el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre, y en el Decreto 35/2026, de 27 de abril, esta consellería, en el uso de las competencias que le atribuye la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia DISPONE: Convocar el proceso selectivo, por el turno de promoción interna, para el ingreso en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspectores e inspectoras de consumo.
El objeto del proceso selectivo será cubrir siete (7) plazas, del cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (subgrupo A2), escala de inspectores e inspectoras de consumo, correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio 2026, a la que se acumulan las derivadas de las ofertas de 2024 y 2025, según se detalla: – Oferta de empleo público del ejercicio 2024, aprobada por el Decreto 198/2024, de 27 de diciembre (DOG núm. 251, de 31 de diciembre): cuatro (4) plazas. – Oferta de empleo público del ejercicio 2025, aprobada por el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre (DOG núm. 235, de 4 de diciembre): dos (2) plazas, de las que una (1) está reservada al turno de personas con discapacidad. – Oferta de empleo público del ejercicio 2026, aprobada por el Decreto 35/2026, de 27 de abril (DOG núm. 85, de 8 de mayo): una (1) plaza.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
De conformidad con los decretos 198/2024, de 27 de diciembre, 109/2025, de 1 de diciembre, y 35/2026, de 27 de abril, del total de plazas convocadas se reservará una (1) para ser cubierta por personas que acrediten una discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
Si las plazas reservadas para las personas con discapacidad quedan desiertas, se acumularán a las de acceso general.
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por el cupo de reserva de personas con discapacidad supera los ejercicios, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por el cupo de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas.
No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán a todas las personas aspirantes que hayan superado, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que optarán.
Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la base I.1.1, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud.
De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos citados.
En su caso, las aclaraciones o las correcciones deberán realizarse en el plazo de alegaciones a los listados provisionales de personas admitidas.
Al presente proceso selectivo le serán aplicable el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (en adelante, TRLEBEP), la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia; el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia; y demás normas concordantes, así como lo dispuesto en esta convocatoria.
Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidas al proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos: I.2.1.
Edad: no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
Titulación: estar en posesión o en condición de obtener hasta el día de finalización de la presentación de las solicitudes de participación, el título universitario oficial de diplomado o graduado en una titulación de cualquier rama.
También podrán acceder a este cuerpo las personas que estén en posesión de las titulaciones de ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica o equivalente.
Se considera equivalente al título de diplomado universitario tener superados tres cursos completos de licenciatura.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubiesen obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del derecho de la Unión Europea.
La acreditación de la titulación requerida deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal).
La titulación académica o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención se incluirá en el apartado «Expediente-e»:«FORMACIÓN-FORMACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL».
Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.
Las personas aspirantes que tengan validada la titulación requerida en el expediente personal electrónico del empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia quedan exentas de esta acreditación.
Pertenecer como personal funcionario de carrera al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (subgrupo C1), incluidas sus escalas.
Queda expresamente excluido el personal laboral indefinido no fijo.
Haber prestado servicios efectivos durante, al menos dos años, como personal funcionario en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (subgrupo C1), incluidas sus escalas.
Quedarán exentos del cumplimiento de este requisito las personas aspirantes que hayan adquirido la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (subgrupo C1), como consecuencia de la superación de algunos de los procesos de funcionarización o promoción específica convocados al amparo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, siempre que cuente una antigüedad mínima de dos años en la categoría profesional desde la cual participaron en el proceso d
- Boletín
- DOG
- Publicado
- 3 nov 2026
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