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Bolsa de trabajo
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RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2026, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zuera, por la que se aprueban las bases y se convocan las pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-oposición, en turno libre, de una plaza vacante en la plantilla, como personal funcionario/a de carrera, con denominación Auxiliar Administrativo/a, subgrupo C2, nivel 16, y creación de bolsa de trabajo.

Auxiliar Administrativo/a


1

Plazas

30/10/2026

Fecha Límite

Autonómica

Aragón

C2

Grupo

Descripción y Detalles

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📋 Datos del documento

Datos del documento
Sección

II

📄 Contenido del documento

Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2026, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zuera, por la que se aprueban las bases y se convocan las pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-oposición, en turno libre, de una plaza vacante en la plantilla, como personal funcionario/a de carrera, con denominación Auxiliar Administrativo/a, subgrupo C2, nivel 16, y creación de bolsa de trabajo.

Publicado el 01/10/2026 (Nº 191) Sección: II.

Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZUERA Texto completo: La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Zuera, por Resolución número 2026-1641, de 27 de agosto de 2026,  ha acordado convocar pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-posición, en turno libre, de una plaza vacante en la plantilla como personal funcionario/a de carrera con denominación Auxiliar Administrativo/a, subgrupo C2, nivel 16, con creación de bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades de carácter temporal que pudieran derivarse, aprobando las bases que han de regir las mismas.

El presente anuncio de la convocatoria se publica así mismo en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en su Sede electrónica https://zuera.sedelectronica.es/, así como en la página web municipal, https://www.ayunzuera.com/, donde se incluye, junto a la convocatoria el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas.

La fecha del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" servirá para el cómputo del plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias.

Se transcriben las bases reguladoras que regirán la convocatoria.

Bases Primera.- Objeto de la convocatoria y características de las plazas.

La presente convocatoria tiene por objeto la selección de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, en turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, para su cobertura como personal funcionario de carrera según plaza vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Zuera, y la creación de bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades de carácter temporal que pudieran derivarse de puestos de Auxiliar Administrativo/a, tanto como funcionario interino como personal laboral temporal.

Retribuciones: las correspondientes al subgrupo C2 nivel 16 y complemento específico establecido de acuerdo con las funciones y características propias del puesto.

Funciones: se corresponderá con las funciones propias de Auxiliar Administrativo/a, y vendrán determinadas de forma específica en la ficha descriptiva del puesto objeto de provisión.

Jornada y horarios: jornada completa, de lunes a viernes  en horario de mañanas, y con los descansos que establece la Ley.

El número de plazas convocadas podrá ampliarse con aquellas vacantes que estén incluidas en la correspondiente Oferta de Empleo Público, y cuya incorporación a la misma se produzca en el momento en que se haga pública la lista definitiva.

En caso de que se produzca la ampliación, se aprobará mediante resolución, y se hará pública mediante el correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", para general conocimiento.

Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.

Podrán tomar parte en el proceso selectivo todas aquellas personas aspirantes que reúnan, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes: Estar en posesión de la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.

También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a su cargo.

Igualmente podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Estar en posesión de titulación de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos profesionales, o cumplidas las condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o cualquier otro órgano de la administración competente para ello, y se adjuntará al título su traducción jurada.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.

La persona aspirante no podrá haber sido separada, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante, se aplicará el beneficio de rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si la persona interesada lo justifica.

La persona aspirante no podrá hallarse incursa en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la legislación vigente. 2.2.

Los requisitos previstos en los puntos anteriores estarán referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y deberán mantenerse con posterioridad hasta que se produzca el nombramiento y toma de posesión, pudiendo realizarse todas las comprobaciones que sean necesarias.

Tercera.- Presentación de solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, que se presentarán conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases, en la que las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, así como la titulación exigida, se dirigirán a la persona que ostente la presidencia de la Corporación, y se presentarán en el Registro general de ésta de 9:00 a 14:00 horas o bien por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

A la instancia se acompañará: Copia simple del DNI o NIE, o documentación equivalente en su caso.

Copia simple, por ambas caras, del título académico exigido.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse también la fotocopia, por ambas caras, de la credencial que acredite su homologación en España,  o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, y se adjuntará al título su traducción jurada.

Copia simple de todos los méritos valorables.

Resguardo indicando: pruebas selectivas y creación de bolsa de trabajo Auxiliar Administrativo/a, y el abono de 8,07 euros en la cuenta de Caixabank IBAN ES11 2100 4616 11 2200012668 en concepto de tasa por inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de la Administración municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal número 22, del Ayuntamiento de Zuera, a excepción de las personas solicitantes desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo a fecha de presentación de la instancia.

La circunstancia señalada deberá ser debidamente acreditada con la presentación de informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse online a través de la Oficina electrónica de su página web inaem.aragon.es) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente; no se admitirá tarjeta de mejora de empleo.

La no presentación del justificante de pago de la tasa o del informe para su exención, supondrá la exclusión definitiva del proceso selectivo.

Declaración responsable conforme al modelo que figura como anexo II de las presentes bases.

Documento de autobaremación conforme al modelo que figura como anexo III de las presentes bases.

La presentación de la instancia comportará que la persona interesada acepta las bases de la convocatoria.

Cuarta.- Admisión de personas aspirantes. 4.1.

Expirado el plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.

En dicha resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el Tablón de edictos y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Zuera, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación a partir del día siguiente a su publicación en "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", y se hará constar la composición del Tribunal calificador.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la presidencia se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el Tablón de edictos y en la Sede electrónica, y en la que se hará constar la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio. 4.2.

Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, o incluso, posteriormente, una vez aprobada la bolsa de empleo, se advierte en las solicitudes y en documentación aportada por las personas aspirantes, inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.

Quinta.- Tribunal calificador. 5.1.

El procedimiento de selección se llevará a cabo por un Tribunal calificador,  que  será nombrado  por  Decreto  de Alcaldía; su composición será colegiada debiendo ajustarse a los principios  de imparcialidad y profesionalidad de las personas que lo integren, y se tenderá, así mismo, a promover la presencia equilibrada en su composición, entre mujeres y hombres, como garantía del principio de igualdad y conforme a los artículos 51 y 53 de l

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