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RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, del Concejal de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes del Ayuntamiento de León, por la que se aprueba la convocatoria y las bases del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición por turno libre, 3 plazas de Educador/a Social. Expte.: 2026.501001RRHH24602.

Cuerpo no especificado


3

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

CASTILLA_Y_LEON

A2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE LEÓN

📄 Contenido del documento

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-14072026-134-44| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-14072026-134-44.pdf contiene imágenes.

Puede consultar la versión íntegra del documento en formato PDF en el siguiente enlace: BOCYL-D-14072026-134-44.pdf III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE LEÓN RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, del Concejal de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes del Ayuntamiento de León, por la que se aprueba la convocatoria y las bases del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de oposición por turno libre, 3 plazas de Educador/a Social.

Expte.: 2026.501001RRHH24602.

Mediante Decreto dictado por el Sr Concejal Delegado de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes de 25 de junio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo, por el turno libre de tres (3) plazas de Educador/a Social pertenecientes a la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, clasificadas dentro del Grupo A, Subgrupo A2, del Ayuntamiento de León, disponiendo la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ordenando la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias, cuya parte resolutiva dice: Primero.– Aprobar la Convocatoria y las Bases unidas como Anexo que regirán el Proceso selectivo para la provisión por turno libre, mediante el procedimiento de oposición, de tres (3) plazas de Educador/a Social perteneciente a la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a Medio/a correspondiente al Grupo A / Subgrupo A2 del Ayuntamiento de León.

Segundo.– Ordenar la publicación integra de las bases Boletín Oficial de la Provincia de León, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Tercero.– Ordenar la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

ANEXO BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN POR TURNO LIBRE TRES (3) PLAZAS DE EDUCADOR/A SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN.

Número y características de las plazas.

El presente proceso selectivo se convoca para la provisión, mediante turno libre, de tres (3) plazas de Educador/a Social pertenecientes a la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, clasificadas dentro del Grupo A, Subgrupo A2, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, una (1) de las plazas incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad 2024 (B.O.P. n.º 119 de 21 de junio de 2024), una (1) incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad 2025 (B.O.P. n.º 233, de 9 de diciembre de 2025) y una (1) incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad 2026 (B.O.P. n.º 81, de 30 de abril de 2026).

El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en las presentes bases y por lo dispuesto en las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos de personal funcionario que convoque el Ayuntamiento de León, aprobadas mediante Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento de 30 de junio de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de León de 18 de julio de 2017, de conformidad con la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Sistema selectivo y calificación.

El procedimiento de selección de las personas aspirantes se realizará mediante el sistema de oposición, que constará de los ejercicios recogidos en el Anexo II.

Publicidad de las bases.

Las presentes bases serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, se insertará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. 4.2.

Publicidad de las actuaciones.

Todas las actuaciones referidas al presente proceso selectivo que deban ser objeto de publicidad de conformidad con lo establecido en las presentes Bases y la legislación aplicable serán efectuadas a través del Tablón de Edictos de este Ayuntamiento situado en su sede electrónica (https://sede.aytoleon.es), en el apartado «Tablón de Empleo Público», salvo aquellas en que expresamente se disponga otra cosa.

Requisitos de las personas aspirantes. 5.1.

Requisitos generales.

Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad.

Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados. b) Capacidad.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Edad.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente. d) Habilitación.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Titulación.

Estar en posesión del título de Diplomatura o Grado en Educación Social o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. 5.2.

Requisitos específicos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, será requisito para el acceso a la presente plaza que implican contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.

A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud incorporada como Anexo I y que será facilitada gratuitamente en la Oficina de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de León o se podrá descargar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es sección «empleo público», apartado de «trámites on line», accediendo a la información del trámite indicado con el icono «i» donde estará disponible el modelo de solicitud en formato pdf) para su presentación presencial, o bien podrán rellenar el formulario web que aparece en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León para su presentación telemática, de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4. 6.2.

Las personas aspirantes deberán aportar junto a la solicitud la siguiente documentación: a) Justificación del abono de la Tasa.

En el caso de no presentación telemática de la solicitud, deberán aportar el justificante del abono de la tasa correspondiente. b) Documentación acreditativa de las circunstancias para la aplicación de la bonificación y exención de la tasa.

En el supuesto de bonificación y exención de la tasa correspondiente, deberán aportar la documentación acreditativa de alguna de las circunstancias a las que se refiere el apartado 6.3. c) Declaración responsable.

En todo caso, declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud. 6.3.

Tasa por derechos de examen, bonificaciones y exenciones.

Conforme a lo estable

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