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RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso de provisión para la cobertura, mediante concurso específico, de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos A1, A2 y C1, pertenecientes a escalas del área de administración y económico-financiera, vacantes en la plantilla de personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario y eventual.

Técnicos de Gestión/Técnicos de Gestión Económico-Financiera, Gestión Universitaria/Gestión Económico-Financiera y Administrativa


18

Plazas

21/10/2026

Fecha Límite

Autonómica

Castilla y León

N/A

Grupo

Descripción y Detalles

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

📄 Contenido del documento

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-29092026-189-5| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-29092026-189-5.pdf contiene imágenes.

Puede consultar la versión íntegra del documento en formato PDF en el siguiente enlace: BOCYL-D-29092026-189-5.pdf I.

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos UNIVERSIDAD DE VALLADOLID RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso de provisión para la cobertura, mediante concurso específico, de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos A1, A2 y C1, pertenecientes a escalas del área de administración y económico-financiera, vacantes en la plantilla de personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario y eventual. undefined Vacantes en la plantilla de personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) Funcionario y Eventual de esta Universidad determinados puestos de trabajo pertenecientes a escalas del área de administración y económico-financiera, adscritas a los subgrupos A1, A2 y C1, según figuran en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de PTGAS, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el sistema de concurso, este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la Universidad de Valladolid, en relación con el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, B.O.E. del 23, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público –en adelante EBEP–, la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, B.O.C. y L. del 31, el Reglamento para la provisión mediante concurso de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Valladolid, (aprobado por el Consejo de Gobierno el 1 de marzo de 2013, B.O.C. y L. del 14, modificado por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno el 9 de febrero de 2021, B.O.C. y L. del 17) –en adelante RPC-PAS–, el Reglamento de la Comisión de Reclamaciones del personal funcionario de administración y servicios, (Resolución del Rectorado de 2 de diciembre de 2005, B.O.C. y L. del 19, modificado por la Comisión Permanente de 12 de junio de 2024, B.O.C. y L. de 19 de junio), la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Reglamento del Sistema de Registro de la Universidad de Valladolid (aprobado por el Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2020, B.O.C. y L. de 8 de junio) –en adelante RSRUVA–-, el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. del 19), supletoriamente, en lo no regulado por las normas anteriores, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, y por lo dispuesto en las presentes bases, ha dispuesto: Convocar proceso de provisión para la cobertura de puestos de trabajo de PTGAS funcionario vacantes, mediante el sistema de concurso, en su modalidad de concurso específico, y que se desarrollará con arreglo a las siguientes –BASES DE LA CONVOCATORIA– Primera.

Objeto del proceso de provisión.

Es objeto del presente proceso de provisión la cobertura de dieciocho puestos de trabajo vacantes que se determinan en el Anexo I de estas bases, por no tener titular o no estar reservados legalmente, adscritos a los subgrupos de clasificación A1, A2 y C1 y a las escalas de Técnicos de Gestión/Técnicos de Gestión Económico-Financiera, Gestión Universitaria/ Gestión Económico-Financiera y Administrativa de la Universidad de Valladolid, respectivamente, según figuran en la RPT de PTGAS Funcionario y Eventual y cuya forma de provisión es el concurso específico de conformidad con lo establecido en el RCP-PAS.

Ámbito subjetivo, requisitos y condiciones de participación. 2.1.

Requisitos generales de participación: El personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario de carrera participante en este procedimiento de provisión solo podrá optar a concursar a los puestos de trabajo correspondientes a su escala y subgrupo de clasificación A1, A2 y C1 (establecidos en el artículo 76 del EBEP), según figuran estas adscripciones en la RPT de PTGAS Funcionario y Eventual.

Asimismo, podrán participar aquellos funcionarios/as de carrera pertenecientes a escalas equivalentes a las referidas anteriormente, procedentes de otras administraciones públicas que presten servicios con carácter definitivo en la UVa. 2.2.

Sin perjuicio de lo anterior, se añaden los siguientes requisitos y condiciones de participación: a) Podrá participar en este proceso de provisión el PTGAS funcionario de carrera de la Universidad de Valladolid que se encuentre en la situación administrativa de servicio activo. b) Podrá participar el PTGAS funcionario de carrera de la Universidad de Valladolid que se encuentre en las situaciones administrativas de servicios especiales, servicios en otras Administraciones Públicas, expectativa de destino o excedencia acordada por la Sra.

Rectora, a fin de obtener el reingreso al servicio activo en el correspondiente cuerpo o escala de pertenencia, excepto los suspensos firmes que no podrán participar mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria, en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación.

Los funcionarios de carrera de las escalas propias de la Universidad de Valladolid, cualquiera que sea su situación administrativa, podrán participar en el proceso de provisión desde la escala propia de la Universidad de Valladolid o como funcionarios/as pertenecientes a otro cuerpo o escala de otra Administración Pública si también tuvieran tal condición, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas por la normativa en vigor y los demás requisitos determinados en la convocatoria. c) Los/as funcionarios/as de carrera de la Universidad de Valladolid en excedencia por interés particular, agrupación familiar, cuidado de familiares, violencia de género y violencia terrorista, así como los procedentes de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas. d) Deberá tomar parte en el concurso el PTGAS funcionario de carrera que tenga atribuido mediante adscripción provisional el desempeño de un puesto de trabajo en la Universidad de Valladolid o que se encuentre en la situación de excedencia forzosa, estando obligado a solicitar todos los puestos a los que tuviera posibilidad de acceder correspondientes al campus al que perteneciera el último puesto de trabajo desempeñado.

No obstante, lo anterior, excepcionalmente, los/as funcionarios/as de carrera que se encuentren en adscripción provisional por supresión de su puesto de trabajo como consecuencia de la ejecución de la RPT o por reingreso, tendrán la obligación de solicitar únicamente aquellos puestos de nivel igual o superior al puesto desempeñado actualmente. e) Del mismo modo, los/as funcionarios/as de carrera de otros cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas que no tengan suscrito el correspondiente convenio o acuerdo con la Universidad de Valladolid para facilitar la movilidad del PTGAS funcionario, que se encuentren en servicio activo o en cualquier otra situación que conlleve el derecho a reserva del puesto de trabajo y destino provisional en la Universidad de Valladolid, podrán participar en el concurso solicitando, si reúnen los requisitos de desempeño previstos para el puesto en la RPT, todas las vacantes convocadas a las que pueda optar. 2.3.

Los requisitos de participación establecidos se deberán cumplir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación y habrán de mantenerse durante todo el procedimiento del concurso.

Se considerará que se han modificado los requisitos de participación en el concurso y no se mantiene su cumplimiento, procediendo consecuentemente a la exclusión del presente procedimiento provisorio, en aquellos casos en que, con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y antes de que se dicte la resolución definitiva: a) Se declare la pérdida de la condición de funcionario del concursante por alguna de las causas previstas en el artículo 63 del EBEP. b) Se anule el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera. c) El/la interesado/a pase a otra situación administrativa distinta a aquélla desde la que participa y esta nueva situación no conlleve la reserva de puesto de trabajo. d) Se haya producido cualquier alteración que suponga el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los apartados precedentes para poder concurrir a este procedimiento.

El personal funcionario de carrera que haya modificado su situación de participación en los términos descritos en los párrafos anteriores vendrá obligado a comunicar al Sra.

Rectora dicha circunstancia. 2.4.

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