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RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe/a de Sección de Unidades de Salud Mental del Servicio de Psiquiatría en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

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Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe/a de Sección de Unidades de Salud Mental del Servicio de Psiquiatría en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

Publicado el 03/09/2026 (Nº 171) Sección: II.

Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD Texto completo: Con fecha de 6 de agosto de 2026, se publicó, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 151, la Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocaba proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe/a de Sección de Unidades de Salud Mental del Servicio de Psiquiatría en el Hospital Universitario "Miguel Servet", advertido error en las bases de la convocatoria procedemos a su modificación en los siguientes términos: Primero.- Se procede a modificar la base segunda de la convocatoria que queda redactada de la siguiente forma: Ámbito subjetivo.

Podrán participar en la presente convocatoria, siempre que reúnan el resto de los requisitos exigidos en las bases de la misma, el personal fijo, tanto estatutario como laboral, y el personal funcionario de carrera, de la categoría de Facultativo Especialista en Psiquiatría o de Facultativo Especialista en Psicología Clínica, que se encuentre prestando servicios en cualquiera de dichas categorías en centro sanitario del Sistema Nacional de Salud.

Asimismo, podrán participar los titulares de plaza vinculada, en los términos previstos en su normativa específica.

Segundo.- Se procede a modificar la base tercera de la convocatoria que queda redactada de la siguiente forma: Requisitos de los candidatos. 3.1.

Para ser admitido a participar en la presente convocatoria, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Estar en posesión del título de Médico Especialista en Psiquiatría o de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, expedidos por el Ministerio competente, o en condiciones de obtenerlos dentro del plazo de presentación de instancias.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente en materia de educación, dentro del plazo de presentación de instancias.

En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el punto b), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Acreditar un mínimo de tres años de experiencia en la categoría de Facultativo Especialista en Psiquiatría o en la de Facultativo Especialista en Psicología Clínica. 3.2.

Los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Tercero.- Se procede a modificar el punto 1 de la base cuarta de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente forma: 4.1.

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular su solicitud de acuerdo con el modelo que figura como anexo I de la misma, dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

La solicitud deberá acompañarse de fotocopias de la siguiente documentación: Documento nacional de identidad.

Título de Médico Especialista en Psiquiatría o de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica.

Justificantes de tener un mínimo de tres años de experiencia en la categoría de Facultativo Especialista en Psiquiatría o en la de Facultativo Especialista en Psicología Clínica.

Cuarto.- Apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes. 5.1.

Se abre un nuevo plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que puedan presentar solicitud los interesados en participar en la convocatoria y que no la hubieran presentado en su día. 5.2.

No será necesaria la presentación de nueva solicitud por los aspirantes que presentaron solicitud dentro del plazo previsto en la Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, que ahora se modifica.

Dichos aspirantes podrán presentar, dentro del plazo señalado en la presente Resolución, los méritos que no hubieran presentado en su día, así como los que hubieran adquirido desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para la convocatoria inicial, hasta el último día del nuevo plazo establecido en la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el/la titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 24 de agosto de 2026.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.S.La Directora de Área de Coordinación Asistencial, (Orden de 20 de diciembre de 2023), M.ª ESTHER CARMEN GARCÉS

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