Plazo abiertoBOA · 9 oct 2026

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2026, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre, en la escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres, especialidad Veterinaria, mediante el sistema de concurso-oposición.

Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres, especialidad Veterinaria

Plazas
1
Fecha límite
29 oct 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaZaragoza

Plazo hasta el 29 oct

Publicada el 9 octCierra el 29 oct

Resumen del boletín

Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2026, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre, en la escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres, especialidad Veterinaria, mediante el sistema de concurso-oposición.

Publicado el 09/10/2026 (Nº 197) Sección: II.

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Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Texto completo: Referencia: OPO-11/2026.

De conformidad con las previsiones contempladas en la Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025 ("Boletín Oficial de Aragon", número 252, de 31 de diciembre de 2025); así como en lo dispuesto en la Orden de 26 de enero de 2026, de la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades por la que se autoriza la convocatoria de ciento cuarenta y siete plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2025, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por la letra "j)" del artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), así como por lo previsto en el artículo 91.1 de dicha Ley, resuelve convocar el siguiente proceso selectivo con sujeción a las siguientes.

Normas generales. 1.1.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 y la disposición transitoria tercera del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, (en adelante TREBEP) se convoca un proceso selectivo para cubrir una plaza de la escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres, especialidad Veterinaria por el turno de acceso libre por el sistema de concurso-oposición. 1.2.

Según lo contemplado en las ofertas de empleo público de la Universidad de Zaragoza citadas no se establecen cupos de reserva en esta convocatoria. 1.3.

La relación de los puestos convocados viene determinada en el anexo I. 1.4.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 LOSU, la presente convocatoria se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Aragón". 1.5.

En lo no previsto por estas bases será de aplicación lo prevenido en el TREBEP, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y demás normativa de general y pertinente aplicación. 1.6.

La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten durante el desarrollo de este proceso se efectuará en el Tablón oficial de anuncios de esta Universidad (e-TOUZ), accesible en sede.unizar.es.

Asimismo, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón" todas las resoluciones expresamente previstas en las presentes bases. 2.

Requisitos de las personas candidatas.

Para la admisión a este proceso, las personas candidatas deberán reunir todos los requisitos que se enumeran a continuación, que deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 57 TREBEP.

Quienes no posean la nacionalidad española y las personas nacionales de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante el diploma de español nivel C2 o equivalente, establecido por Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad fijada legalmente para la jubilación forzosa.

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Veterinaria o Graduado con habilitación para la profesión de Veterinario.

Formación de posgrado de bioseguridad y biocontención.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Capacitación según Real Decreto 53/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Comité Español de Ética de la Investigación y Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, para asumir las funciones e) y f).

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la escala al que opta.

No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitadas, ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Haber abonado la correspondiente tasa por derecho de participación.

No podrán participar en el presente proceso selectivo quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera de la escala de esta Universidad a la que pretendan optar, con independencia de la situación administrativa en la que se encuentren. 3.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". 3.2.

La solicitud estará disponible en la dirección https://sede.unizar.es/solicita, en el formulario oficial habilitado. 3.3.

El acceso a la Sede electrónica podrá realizarse utilizando certificado electrónico digital, el sistema de identificación Cl@ve o identificación concertada válida en esta Universidad (NIP y contraseña administrativa).

Quienes no dispongan de alguno de los medios anteriores, podrá utilizar la Oficina de Asistencia en Materia de Registro para su obtención. 3.4.

La tasa por derechos de participación será de 39,98 euros, y su abono deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes a través del formulario de solicitud, mediante terminal de pago virtual. 3.5.

Tendrán derecho a la exención de las tasas: Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos e hijas, conforme a la normativa vigente de aplicación.

Los integrantes de familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, debiendo acreditarse tal condición mediante el correspondiente título actualizado.

En el caso de familias numerosas de la categoría general, se tendrá derecho a una bonificación del 50 %.

Las víctimas de violencia de género a las que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en las condiciones en ella previstas.

Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo con una antelación de, al menos, seis meses a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las personas que acrediten no haber tenido ningún ingreso durante el periodo indicado en el apartado anterior, o que sus ingresos no hayan superado el importe del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual en tal periodo.

Para ello deberán aportar un certificado tributario de la Agencia Tributaria indicando tal situación. 3.6.

Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus datos identificativos, en los términos previstos en el Acuerdo de 29 de junio de 2021, de Consejo de Gobierno de la Universidad. 3.7.

Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad y deseen solicitar las adaptaciones correspondientes al objeto de que se pueda garantizar su igualdad de oportunidades, deberán hacerlo constar en la solicitud, aportando copia de la correspondiente resolución de reconocimiento.

En caso contrario, se entenderá que renuncian a ellas, sin que sea admitida cualquier solicitud posterior en tal sentido. 4.

Documentación a acompañar a las solicitudes. 4.1.

Será la siguiente, en formato pdf: Justificante de la circunstancia acreditativa de la exención o reducción de tasas.

En cada caso: reconocimiento como víctima por actos de terrorismo mediante resolución administrativa o judicial firme; informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo; certificado tributario de la Agencia Tributaria; título de familia numerosa en vigor o documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género.

Acreditación del grado de discapacidad, en su caso. 4.2.

La falta de presentación de cualesquiera de los anteriores documentos y justificaciones podrá constituir causa de exclusión del proceso. 4.3.

Se deberá presentar, en su caso, certificado de los servicios prestados en otras administraciones (anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio) que no estén reconocidos por la Universidad de Zaragoza, a los efectos de ser valorados en la fase de concurso. 5.

Admisión de aspirantes. 5.1.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de personas candidatas admitidas y excluidas, especificando en este último caso la causa o causas de exclusión y otorgando un plazo de diez días hábiles para su eventual subsanación. 5.2.

Transcurrido el plazo para la subsanación y una vez resueltas las que se hubieren presentado, se dictará resolución rectoral declarando aprobada la

Boletín
BOA
Publicado
9 oct 2026
Referencia
OPO-11
Sección
II

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