RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2026, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zuera, por la que se aprueban las bases y se convocan las pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-oposición, en turno libre, de una plaza vacante en la plantilla como personal laboral fijo/a con denominación Encargado/a de mantenimiento de edificios y atención de emergencias municipales, subgrupo C2, nivel 15, y creación de bolsa de trabajo.
Cuerpo no especificado
1
Plazas
13/08/2026
Fecha Límite
AUTONOMICA
ARAGON
C2
Grupo
Descripción y Detalles
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II
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Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2026, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zuera, por la que se aprueban las bases y se convocan las pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-oposición, en turno libre, de una plaza vacante en la plantilla como personal laboral fijo/a con denominación Encargado/a de mantenimiento de edificios y atención de emergencias municipales, subgrupo C2, nivel 15, y creación de bolsa de trabajo.
Publicado el 16/07/2026 (Nº 136) Sección: II.
Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZUERA Texto completo: La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Zuera, por Resolución número 2026-1178 de 23 de junio de 2026, ha acordado convocar pruebas selectivas para la provisión mediante concurso-oposición en turno libre de una plaza vacante en la plantilla como personal laboral fijo con denominación Encargado/a de mantenimiento de edificios y atención de emergencias municipales, subgrupo C2, nivel 15, con creación de bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades de carácter temporal que pudieran derivarse, aprobando las bases que han de regir las mismas.
El presente anuncio de la convocatoria se publica así mismo en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en su Sede electrónica https://zuera.sedelectronica.es/, así como en la página web municipal, https://www.ayunzuera.com/, donde se incluye, junto a la convocatoria el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas.
La fecha del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" servirá para el cómputo del plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias.
Se transcriben las bases reguladoras que regirán la convocatoria.
Bases Primera.- Objeto de la convocatoria y características de la plaza.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de una plaza de Encargado/a de mantenimiento de edificios y de atención de emergencias municipales, en turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, para su provisión, como personal laboral fijo/a, según plaza vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Zuera, y la creación de bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades de carácter temporal que pudieran derivarse.
Retribuciones: las correspondientes al subgrupo C2, nivel 15, y complemento específico establecido, de acuerdo con las funciones y características que se corresponden actualmente con el puesto que figura con código RPT: 83.L.
Funciones: la función principal viene determinada por la realización, como responsable, de las tareas de mantenimiento y conservación de las instalaciones municipales, y de la atención de las emergencias que puedan suscitarse en el municipio, mediante la intervención propia, o la coordinación con terceros, así como cualquier otra tarea que venga determinada en la ficha descriptiva del puesto.
Jornada y horarios: jornada completa, y con horario distribuido de 8:00-15:00 horas, y sujeto a flexibilidad, y dedicación preferente, según necesidades de los servicios, y de conformidad con ficha descriptiva del puesto de trabajo.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.
Podrán tomar parte en el proceso selectivo todas aquellas personas aspirantes que reúnan, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes: Estar en posesión de la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a su cargo.
Igualmente podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos profesionales, o cumplidas las condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o cualquier otro órgano de la administración competente para ello, y se adjuntará al título su traducción jurada.
Estar en posesión de los permisos de conducción B y C.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.
La persona aspirante no podrá haber sido separada, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas.
No obstante, se aplicará el beneficio de rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si la persona interesada lo justifica.
La persona aspirante no podrá hallarse incursa en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la legislación vigente. 2.2.
Los requisitos previstos en los puntos anteriores estarán referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y deberán mantenerse con posterioridad hasta que se produzca la contratación como personal laboral, pudiendo realizarse todas las comprobaciones que sean necesarias.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria se presentarán conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases, en la que las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, así como la titulación exigida, se dirigirán a la persona que ostente la presidencia de la Corporación, y se presentarán en el Registro general de ésta de 9:00 a 14:00 horas o bien por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
A la instancia se acompañará: Copia simple del DNI o NIE o documentación equivalente, en su caso.
Copia simple de los permisos de conducción B y C.
Copia simple, por ambas caras, del título académico exigido.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse también la fotocopia, por ambas caras, de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, y se adjuntará al título su traducción jurada.
Copia simple de todos los méritos valorables.
Resguardo indicando: convocatoria Encargado/a de mantenimiento de edificios y atención de emergencias municipales, y el abono de 8,07 euros en la cuenta de Caixabank IBAN ES11 2100 4616 11 2200012668, en concepto de tasa por inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de la Administración municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal, número 22, del Ayuntamiento de Zuera, a excepción de las personas solicitantes desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo a fecha de presentación de la instancia.
La circunstancia señalada deberá ser debidamente acreditada con la presentación de informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo, (puede obtenerse online a través de la Oficina electrónica de su página web (https://inaem.aragon.es) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente; no se admitirá tarjeta de mejora de empleo.
La no presentación del justificante de pago de la tasa o del informe para su exención, supondrá la exclusión definitiva del proceso selectivo.
Declaración responsable conforme al modelo que figura como anexo II de las presentes bases.
Documento de autobaremación conforme al modelo que figura como anexo III de las presentes bases.
La presentación de la instancia comportará que la persona interesada acepta las bases de la convocatoria.
Cuarta.- Admisión de personas aspirantes. 4.1.
Expirado el plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el Tablón de edictos y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Zuera, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación, a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", y se hará constar la composición del Tribunal calificador.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la presidencia se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el Tablón de edictos y en la Sede electrónica, y en la que se hará constar la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio. 4.2.
Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, o incluso, posteriormente, una vez aprobada la bolsa de empleo, se advierte en las solicitudes y en documentación aportada por las personas aspirantes, inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
Quinta.- Tribunal calificador. 5.1.
El procedimiento de selección se llevará a cabo por un Tribunal calificador, que será nombrado por Decreto de Alcaldí