RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2026, de la Dirección de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria para su provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Vicesecretaría del Ayuntamiento de Palencia.
Cuerpo no especificado
1
Plazas
18/08/2026
Fecha Límite
Autonómica
Castilla y León
A1
Grupo
Descripción y Detalles
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-28072026-144-11| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición I.
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2026, de la Dirección de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria para su provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Vicesecretaría del Ayuntamiento de Palencia.
Por resolución de la Sra.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Palencia, se aprobaron las bases y la convocatoria para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Vicesecretaría, clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
La cobertura, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional se rige por lo dispuesto, en el artículo 92.bis, apartado 6, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en la normativa que lo desarrolla, recogida en los artículos 45, 46 y 47 del Capítulo V, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
La convocatoria y sus bases han sido remitidas a la Dirección Administración Local de la Consejería de la Presidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, para su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, y posterior remisión al Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, a efectos de que este último disponga la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En uso de las atribuciones conferidas por Decreto 10/2026, de 29 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, de acuerdo con los hechos y fundamentos jurídicos citados, esta Dirección RESUELVE Dar publicidad a la convocatoria y bases aprobadas por la Sra.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Palencia, para la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría, clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que figura en el Anexo de esta propuesta de resolución.
Valladolid, 22 de julio de 2026.
El Director de Administración Local, Fdo.: Emilio Arroita García BASES PARA LA PROVISIÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE VICESECRETARÍA, CLASE 1ª, DEL AYUNTAMIENTO DE PALENCIA.
Las presentes bases tienen por objeto regir la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Vicesecretaría, clase 1ª, del Ayuntamiento de Palencia.
Asimismo, será de aplicación a dicho procedimiento lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones que sean de aplicación.
Segunda.– Corporación.
El puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria pertenece al Excmo.
Ayuntamiento de Palencia.
Tercera.– Clase y características del puesto: El puesto de trabajo a cubrir se encuentra descrito en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Palencia y su sistema de provisión es mediante libre designación.
Características del puesto: Plantilla: Funcionario Escala: Habilitación de Carácter Nacional Subescala: Secretaría Categoría: Superior Grupo: A, Subgrupo: A1 Denominación del puesto: Vicesecretario/a (Cód. 20) Nivel: 30 Complemento específico: 50.261,52 € C.
Dedicación: Especial dedicación Las funciones de dicho puesto de trabajo, en el ámbito de su competencia, son las recogidas en el Catálogo vigente del Ayuntamiento de Palencia, que se transcriben a continuación: – Sustituirá al Secretario General, en casos de ausencia por licencia, enfermedad y otras causas, o en los casos de abstención legal.
Se hará cargo, además, de las funciones que aquel le delegue, con responsabilidad propia y la misma autoridad que él.
Las delegaciones de funciones anteriores, serán puestas en conocimiento de la Alcaldía y del Pleno Municipal, y se harán públicas mediante inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, sin cuyo requisito no surtirán efecto frente a terceros.
Dichas delegaciones podrán ser modificadas o revocadas por el mismo procedimiento y avocadas en asuntos concretos. – Tendrá especial disponibilidad horaria.
Cuarta.– Requisitos de las personas aspirantes.
Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto en caso de ser nombrado, ser personal funcionario de la Escala de Administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala Secretaría, categoría superior y no hallarse incurso en ningún supuesto legal inhabilitante para el desempeño del puesto.
Quinta.– Convocatoria.
La convocatoria será aprobada por la Alcaldesa, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y remisión al Ministerio competente, en plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en que haya sido publicado.
El Ministerio dispondrá la publicación del extracto de dicha convocatoria en el B.O.E.
Sexta.– Solicitudes. 6.1.
Las solicitudes se dirigirán a la Ilma.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Palencia y se presentarán en el plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 6.2.
La solicitud se presentará conforme a la instancia oficial establecida por el Ayuntamiento de Palencia que será facilitada en la Oficina de Información del Ayuntamiento de Palencia -C/ Mayor, 7-Planta Baja-, y en la página web https://www.aytopalencia.es (El Ayuntamiento-Empleo y Oposiciones).
En dicha instancia deberá acompañarse –además de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para concurrir previstos en la base cuarta– el curriculum vitae, en el que constará el tiempo de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los títulos académicos que posean, otros estudios y cursos realizados, en su caso, y cuantos méritos se estimen poner de manifiesto, debiéndose acreditar estos méritos de forma fehaciente. 6.3.
La solicitud debidamente cumplimentada, así como la documentación a la que se refiere el apartado 6.2 se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en sede electrónica o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Séptima.– Nombramiento. 7.1 Con carácter previo a la resolución, la Alcaldesa nombrará una comisión de valoración, presidida por un/a funcionario/a con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Palencia y por cuatro vocales más, uno de los cuales actuará, además, como secretario/a.
Este órgano colegiado emitirá informe analizando los méritos aportados y efectuará propuesta, no vinculante, de adjudicación del puesto de trabajo, teniendo en cuenta la experiencia y trayectoria profesional, así como la formación acreditada de los aspirantes, siempre que estos aspectos guarden relación con los conocimientos, competencias y habilidades propias del puesto de trabajo convocado.
Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en la convocatoria, se podrá convocar a los aspirantes para la celebración de una entrevista personal.
Igualmente, se podrán recabar las aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria, todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.
La entrevista versará sobre las funciones propias de los puestos de trabajo desempeñados, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados por el aspirante.
La entrevista habrá de comprender preguntas dirigidas a verificar la capacidad y competencia del candidato para el correcto desempeño del puesto al que aspira, pudiendo a tal efecto plantearse cuestiones de naturaleza técnica o supuestos de contenido práctico.
La finalidad de la entrevista será valorar la mayor adecuación de los aspirantes para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo, a fin de constatar la adecuación al perfil profesional y las aptitudes más idóneas para el mejor desempeño de las funciones del puesto.
Sra Alcaldesa procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo máximo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación.
La resolución deberá contar con la motivación suficiente que permita apreciar la idoneidad del candidato/a propuesto/a, sujetándose la misma a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La resolución de la Ilma.
Alcaldesa podrá separarse de la propuesta de la comisión de valoració