Plazo abiertoBOA · 5 oct 2026

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2026, conjunta del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de profesor permanente laboral con vinculación clínica al sistema sanitario público de Aragón, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2025. (Plazas número 705V a 708V).

Profesor Permanente Laboral con vinculación clínica

Plazas
5
Fecha límite
20 oct 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaZaragoza

Plazo hasta el 20 oct

Publicada el 5 octCierra el 20 oct

Resumen del boletín

Boletín Oficial de Aragón - Documento completo RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2026, conjunta del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de profesor permanente laboral con vinculación clínica al sistema sanitario público de Aragón, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2025. (Plazas número 705V a 708V).

Publicado el 05/10/2026 (Nº 193) Sección: II.

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Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Texto completo: En la Resolución rectoral de 25 de junio de 2025, ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 26 de junio de 2025), se anuncia Oferta parcial de Empleo Público de Personal Docente e Investigador, en todos los casos para su provisión por la Universidad como plazas vinculadas.

En la Orden de 17 de noviembre de 2025, del Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades, del Gobierno de Aragón, se autoriza la convocatoria de las plazas convocadas en esta Resolución.

A la vista de todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por los artículos 3.2 y 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU), y de conformidad con el artículo 159 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por el Decreto 23/2025, de 28 de febrero, del Gobierno de Aragón (en adelante, EEUZ), el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza han resuelto convocar concurso público para la provisión de las plazas de profesor permanente laboral con vinculación clínica al sistema sanitario público de Aragón relacionadas en el anexo I, provenientes de la tasa de reposición propia de la Universidad de Zaragoza, con arreglo a las siguientes Bases Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, EBEP); la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón; el artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, la disposición adicional novena de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias; el Decreto 84/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico y retributivo del Personal Docente e Investigador contratado de la Universidad de Zaragoza; los EEUZ; el Concierto entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la utilización de los centros sanitarios en la investigación y docencia universitarias, publicado por la Orden de 22 de junio de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, y sus posteriores anexos; el texto refundido de la normativa reguladora de los concursos para la provisión de plazas de profesorado contratado por procedimiento ordinario, aprobado por Resolución de 27 de febrero de 2020, del Rector de la Universidad de Zaragoza, ("Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 12 de marzo de 2020), modificado por la Resolución de 12 de abril de 2021, ("Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 28 de abril de 2021); el Acuerdo de 4 de noviembre de 2025, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba una normativa provisional para la convocatoria de concursos de profesorado ajustada a los nuevos Estatutos de la Universidad de Zaragoza (pendiente de publicación); el II Convenio Colectivo para el Personal Docente e Investigador contratado laboral de la Universidad de Zaragoza, publicado por Resolución de 24 de enero, del Director General de Trabajo, ("Boletín Oficial de Aragón", número 25, de 5 de febrero de 2024) y el Acuerdo de 21 de septiembre de 2018, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico General de la Universidad, ("Boletín Oficial de Aragón", número 197, de 10 de octubre de 2018).

Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, L39/15), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, L40/15) y la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón (en adelante, L5/21).

No podrá seleccionarse a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas o ejerzan cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia.

Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y sus normas de desarrollo.

Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas que se contienen en la presente resolución han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.

Todos los actos administrativos propios del procedimiento que así lo requieran se publicarán en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de Zaragoza (en adelante e-TOUZ), accesible desde la dirección https://sede.unizar.es/?app=touz sirviendo de notificación a los interesados a todos los efectos. 1.

Las solicitudes, dirigidas a la Rectora de la Universidad, se presentarán en el formulario oficial electrónico habilitado al efecto.

Las personas interesadas presentarán una solicitud por cada una de las plazas a las que concursen.

Para la formalización de la solicitud se accederá mediante la utilización de certificado electrónico, del sistema de identificación Cl@ve o de claves concertadas (NIP y contraseña) válidas en la Universidad de Zaragoza, a la dirección https://sede.unizar.es/solicita y siguiendo los siguientes pasos: Seleccionar el menú Opciones/Iniciar nueva solicitud.

Seleccionar en el catálogo de solicitudes para Personal Docente e Investigador la señalada con el título "Solicitud para participar en concurso de Profesor Permanente Laboral con vinculación clínica (plazas número 705V a 708V)". 1.2.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días naturales contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Excepcionalmente, este plazo se podrá ver ampliado en los supuestos contemplados en el artículo 32 de la L39/15. 1.3.

Las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan constar en la solicitud y de los que figuren en la documentación aportada,  asumiendo las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos. 1.4.

Si lo estiman necesario, las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, haciendo constar las adaptaciones correspondientes que, en su caso, se soliciten, al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.

En este caso, también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de que se trate.

Si las personas aspirantes a las que se refiere la presente base no solicitan las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento. 1.5.

Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus datos identificativos en los términos que recoge el Acuerdo de 29 de junio de 2021, de Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se establecen medidas de protección de las mujeres víctimas de la violencia en los procesos selectivos y en la gestión de listas de espera del Personal Docente e Investigador y personal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza, disponible en https://secregen.unizar.es/sites/secregen/files/2023-10/12.6%20Acuerdo%20anonimizacion%20victimas%20violencia_3.pdf 2.

Requisitos de las personas solicitantes y documentación a aportar.

Las personas aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. 2.1.

Requisitos de carácter general: 2.1.1.

La titulación mínima exigida es la que se indica en la base 2.2.

Requisitos específicos.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la certificación de equivalencia a titulación y nivel académico universitario oficial en España, o del reconocimiento profesional del título para poder ejercer como Profesor de Universidad, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores, y lo dispuesto en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, debiendo acompañarse a la solicitud copia de la credencial correspondiente. 2.1.2.

Reunir el resto de requisitos generales para el acceso al empleo públic

Boletín
BOA
Publicado
5 oct 2026
Sección
II

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