RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de ingeniero/a técnico/a.
ingeniero/a técnico/a
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
Autonómica
Galicia
A1
Grupo
Descripción y Detalles
IV. Oposiciones y concursos Servicio Gallego de Salud
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DOG 145 del 4/8/2026 - RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de ingeniero/a técnico/a.
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Oposiciones y concursos Servicio Gallego de Salud RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de ingeniero/a técnico/a.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 52/2025, de 23 de junio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a diversas categorías de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el año 2025, este centro directivo, tras la elaboración por parte de la Comisión Técnica de Procesos Selectivos y posterior negociación con la representación sindical y en el uso de las competencias que le atribuyen el artículo 19 del Decreto 145/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud ( Diario Oficial de Galicia núm. 101, de 27 de mayo) y el artículo 7 de la Orden de 22 de abril de 2020, de delegación de competencias en órganos centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y en la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud ( Diario Oficial de Galicia núm. 82, de 29 de abril), RESUELVE: Convocar el proceso selectivo de concurso-oposición para el ingreso en la categoría de ingeniero/a técnico/a, de acuerdo con las siguientes bases.
Normas generales. 1.1.
Se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de ingeniero/a técnico/a. 1.1.2.
El número de plazas que se convocan en este proceso selectivo es el que se detalla en el anexo I, con expresión diferenciada por su sistema de acceso. 1.2.
Las personas interesadas podrán participar en este proceso selectivo por el sistema de acceso libre y promoción interna, según la distribución que figura en el citado anexo I.
De conformidad con lo que establece la legislación del empleo público de Galicia, el artículo 6 del Decreto 52/2025, de 23 de junio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a diversas categorías de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el año 2025 y el artículo 8 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, dado el número de vacantes ofertadas no procede la reserva de plazas por el turno de discapacidad. 1.3.
Personas con discapacidad.
Los/las aspirantes con discapacidad podrán solicitar adaptación de tiempo y/o medios para la realización de los ejercicios.
Los/las interesados/as, excepto causas sobrevenidas, deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la cual deberán reflejar con claridad las necesidades específicas que solicitan para acceder al proceso de selección en condiciones de igualdad, y aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad competente en que se acrediten de forma fidedigna las deficiencias permanentes que dieron origen al grado de discapacidad reconocido.
Las solicitudes de adaptación serán resueltas por el órgano de selección.
A tal efecto, el tribunal podrá requerir informe y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los demás órganos competentes.
La adaptación no se otorgará de forma automática sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba que se va a realizar. 1.4.
Promoción interna. 1.4.1.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, y en el artículo 5 del Decreto 52/2025, de 23 de junio, y en atención a las especiales circunstancias que concurren en esta categoría y después de su negociación en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad, se establece un porcentaje de plazas reservadas para el sistema de promoción interna del 25 % del total de las plazas ofertadas. 1.4.2.
Cuando el resultado de la aplicación del citado porcentaje dé un resto igual o superior a 0,5 plazas, se computará como una plaza que se incluirá en esta reserva. 1.4.3.
Las plazas del turno de promoción interna que no sean cubiertas se acumularán a las del turno de acceso libre.
Las personas interesadas en participar en este proceso deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y en el momento de la toma de posesión como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud los siguientes requisitos: 2.1.
Requisitos comunes para todos los turnos de acceso. 2.1.1.
Nacionalidad: a) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, estar incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as o tener reconocido tal derecho por norma legal. b) Asimismo, podrá participar la persona cónyuge de los/las españoles/españolas y de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. 2.1.2.
Edad: haber cumplido los dieciséis años de edad y no exceder la edad de jubilación forzosa legalmente vigente. 2.1.3.
Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que deriven del correspondiente nombramiento. 2.1.4.
Habilitación: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria. 2.1.5.
Titulación: estar en posesión de la titulación que se especifica en el anexo I de esta resolución o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones extracomunitarias u obtenidas en otro Estado miembro de la Unión Europea, deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales, respectivamente. 2.1.6.
Protección jurídica del/de la menor.
No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. 2.1.7.
Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.
No podrán formalizar su inscripción en el proceso selectivo las personas que reunieran en la mencionada fecha la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría. 2.2.
Requisitos específicos para la promoción interna.
Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna deberán reunir, además de los requisitos indicados en el apartado 2.1, los siguientes requisitos: 1º.
Poseer la condición de personal estatutario fijo de otra categoría de nivel académico igual o inferior a aquella a la que se pretende acceder. 2º.
Estar en servicio activo en instituciones sanitarias del Sistema público de salud de Galicia y con nombramiento como personal estatutario fijo durante, por lo menos, dos años en la categoría de procedencia.
Al personal integrado en el régimen estatutario le será computado, a efectos del plazo de los dos años, el tiempo de servicios prestados como funcionario/a de carrera o laboral fijo.
En el supuesto de pérdida de alguno de los requisitos enumerados en esta base, las personas aspirantes podrán ser excluidas del proceso mediante resolución motivada del órgano convocante. 2.3.
Formalización del pago de las tasas.
Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, como requisito necesario para participar en el proceso selectivo, se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 38,02 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Para el ingreso de la tasa se empleará un impreso de autoliquidación como el señalado en el anexo VII.
Tal impreso, así como los códigos para su formalización les serán facilitados a las personas interesadas en los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y estarán disponibles en la página web del Servicio Gallego de Salud, en el apartado de empleo público.
La no presentación de este impreso de autoliquidación,- en el que deberá figurar la fecha y el sello de la entidad bancaria-, junto con el formulario de inscripción en el proceso, determinará la exclusión de la persona aspirante.
Se podrá también realizar el pago de la tasa por internet e