RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2026, del Concejal de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes del Ayuntamiento de León, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, 2 plazas de Técnico/a de Gestión de Sistemas e Informática, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a de Gestión, clasificadas dentro del grupo A / subgrupo A2. Expte.: 202
- Plazas
- 2
- Fecha límite
- 6 nov 2026
- Grupo
- A2universitario
- Ámbito
- AutonómicaLeón
Plazo hasta el 6 nov
Resumen del boletín
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-08102026-196-20| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.
ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
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AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE LEÓN RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2026, del Concejal de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes del Ayuntamiento de León, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, 2 plazas de Técnico/a de Gestión de Sistemas e Informática, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a de Gestión, clasificadas dentro del grupo A / subgrupo A2.
Expte.: 2026.501001.RRHH.39416.
Mediante Decreto dictado por el Sr Concejal Delegado de Régimen Interior, Recursos Humanos, Movilidad y Deportes de 2 de octubre de 2026, por el que se aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo, por el turno libre, mediante el procedimiento de concurso–oposición, de dos (2) plazas de Técnico/a de Gestión de Sistemas e Informática, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a de gestión, clasificadas dentro del Grupo A / Subgrupo A2, disponiendo la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ordenando la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias, cuya parte resolutiva dice: Primero Aprobar la Convocatoria y las Bases unidas como Anexo que regirán el Proceso selectivo para la provisión por turno libre, mediante el procedimiento de concurso–oposición, de dos (2) plazas de Técnico/a de Gestión de Sistemas e Informática perteneciente a la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a Gestión correspondiente al Grupo A / Subgrupo A2 del Ayuntamiento de León.
Segundo Ordenar la publicación íntegra de dichas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Tercero Ordenar la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
ANEXO BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN POR TURNO LIBRE DE DOS (2) PLAZAS DE «TÉCNICO/A DE GESTIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA» DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN.
Número y características de las plazas.
El presente proceso selectivo se convoca para la provisión, mediante turno libre, de 2 plazas de «Técnico/a de Gestión Sistemas e Informática», pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, clasificadas dentro del Grupo A, Subgrupo A2, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente, una incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad 2023 y otra incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad 2026.
El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en las presentes bases y por lo dispuesto en las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos de personal funcionario que convoque el Ayuntamiento de León, aprobadas mediante Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento de 30 de junio de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de León de 18 de julio de 2017, de conformidad con la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Sistema selectivo y calificación.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, que constará de los ejercicios recogidos en el Anexo II.
Publicidad de las bases.
Las presentes bases serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo, se insertará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. 4.2.
Publicidad de las actuaciones.
Todas las actuaciones referidas al presente proceso selectivo que deban ser objeto de publicidad de conformidad con lo establecido en las presentes Bases y la legislación aplicable, serán efectuadas a través del Tablón de Edictos de este Ayuntamiento situado en su sede electrónica (https://sede.aytoleon.es), en el apartado «Tablón de Empleo Público», salvo aquellas en que expresamente se disponga otra cosa.
Requisitos de las personas aspirantes. 5.1.
Requisitos generales.
Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad.
Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados. b) Capacidad.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Edad.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente. d) Habilitación.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Titulación.
Estar en posesión del título del Título exigido y que se especifica en el punto 5.2.
En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa, que acredite la equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. 5.2.
Requisitos específicos: Estar en posesión del título Grado en Ingeniería Informática o equivalente, Ingeniería Técnica Informática o equivalente, Diplomatura en Informática o equivalente o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada según establecen las directivas comunitarias.
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud incorporada como Anexo I y que será facilitada gratuitamente en la Oficina de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de León o se podrá descargar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es sección «empleo público», apartado de «trámites on line», accediendo a la información del trámite indicado con el icono «i» donde estará disponible el modelo de solicitud en formato pdf) para su presentación presencial, o bien podrán rellenar el formulario web que aparece en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León para su presentación telemática, de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4. 6.2.
Las personas aspirantes deberán aportar junto a la solicitud la siguiente documentación: a) Justificación del abono de la Tasa.
En el caso de no presentación telemática de la solicitud, deberán aportar el justificante del abono de la tasa correspondiente. b) Documentación acreditativa de las circunstancias para la aplicación de la bonificación y exención de la tasa.
En el supuesto de bonificación y exención de la tasa correspondiente, deberán aportar la documentación acreditativa de alguna de las circunstancias a las que se refiere el apartado 6.3. c) Declaración responsable.
En todo caso, declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud. 6.3.
Tasa por derechos de examen, bonificaciones y exenciones.
Conforme a lo establecido por la «Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por participación en Procesos de Selección para acceder a la condición de empleado público al servicio del Ayuntamiento de León» (BOP n.º 50, de 13 de marzo de 2019) será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen cuya cuantía será de 30,00 €.
Gozarán de una bonificación del 50% en la cuota tributaria de la Tasa los siguientes sujetos pasivos: a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, circunstancia que se acreditará mediante certificado expedido por el Centro de Valoración competente. b) Las personas que figuren como demandante
- Boletín
- BOCyL
- Publicado
- 8 oct 2026
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