Plazo abiertoBOCyL · 8 oct 2026

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Quintanilla de Onésimo (Valladolid), por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la contratación como personal laboral en régimen laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, de 2 plazas de Operario de Servicios Múltiples. Expte.: 265/2026.

Plazas
2
Fecha límite
6 nov 2026
Grupo
C2graduado escolar
Ámbito
AutonómicaQuintanilla de Onésimo

Plazo hasta el 6 nov

Publicada el 8 octCierra el 6 nov

Resumen del boletín

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ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO (VALLADOLID) RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Quintanilla de Onésimo (Valladolid), por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la contratación como personal laboral en régimen laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, de 2 plazas de Operario de Servicios Múltiples.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2026-0138 de fecha 2 de octubre de 2026 la contratación de dos plazas de Personal laboral, de operario de servicios múltiples, en régimen Personal laboral Fijo, por el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial del Estado.

Asimismo, se adjuntan como anexo las bases reguladoras que regirán la convocatoria.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria se publicarán en el lugar donde determinen las bases: en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://quintanilladeonesimo.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios situado en la Casa Consistorial, para mayor difusión.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá formalizar demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Valladolid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Quintanilla de Onésimo, 5 de octubre de 2026.

El Alcalde, Fdo.: Carlos del Barrio Romera BASES PARA LA SELECCIÓN DE DOS OPERARIOS DE SERVICIOS MÚLTIPLES POR CONCURSO-OPOSICIÓN Primera.

Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la cobertura en propiedad de 2 plazas de operario de Servicios Múltiples, vacantes en la plantilla municipal, en régimen de personal laboral, mediante el sistema de concurso-oposición, siendo una de ellas objeto de contratación en la modalidad de contrato de relevo, al haber recibido autorización por parte de la Secretaría de Estado de Función Pública en fecha 5 de junio de 2026, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.

Las contrataciones de personal laboral fijo, para el puesto reseñado con código 2.SC-1-03, que pudieran derivarse de la superación del presente proceso selectivo estarán vinculadas a las solicitudes de jubilación parcial que se realicen, siempre que se cumplan los requisitos establecidos normativamente a estos efectos y, en particular, se asegure la necesaria correspondencia entre las bases de cotización que resulta exigible de conformidad con la legislación en materia de Seguridad Social.

De conformidad con el Criterio de Gestión 14/2025 del INSS, el proceso selectivo para la plaza de relevo es de acceso libre para cualquier ciudadano y no se exigirá que el aspirante se encuentre en situación de desempleo.

Asimismo, el Ayuntamiento coordinará los plazos del expediente de jubilación parcial del operario actual con la resolución definitiva de este proceso de selección.

Las referidas plazas se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año 2026 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 127 de fecha 2 de julio de 2026 y Boletín oficial de Castilla y León N.º 123 de fecha 26 de junio de 2026 cuyas características son: 1.

Servicio/Dependencia ALCALDÍA Id.

Puesto 2.SC-1-02 Denominación del puesto OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES Naturaleza Personal laboral Naturaleza Personal Laboral Fijo Grupo 10 Jornada completa Retribuciones Básicas 1.071,56€ Retribuciones complementarias 321,48€ Titulación exigible Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Graduado Escolar, F.P.I o equivalente.

Sistema selectivo Concurso-oposición N.º de vacantes 1  2.

Servicio/Dependencia ALCALDÍA Id.

Puesto 2.SC-1-03 Denominación del puesto OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES Naturaleza Personal laboral- CONTRATO DE RELEVO Naturaleza Personal Laboral Fijo (modalidad contrato de relevo) Grupo 10 Jornada completa Retribuciones Básicas 1.071,56€ Retribuciones complementarias 321,48€ Titulación exigible Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Graduado Escolar, F.P.I o equivalente.

Sistema selectivo Concurso-oposición N.º de vacantes 1  Las funciones que tienen encomendadas son las siguientes: – Realización de tareas vinculadas con diferentes oficios relacionados con el equipo asignado atendiendo a la especialización, categoría o capacidades del trabajador que ocupa el puesto de trabajo. – Llevar a cabo el cuidado y mantenimiento del área o zona de trabajo encomendada. – Llevar a cabo el cumplimiento de la normativa básica y vigente en prevención de riesgos laborales. – Conservar en buen estado las herramientas de trabajo que sean necesarias para la realización del trabajo. – Informar al superior jerárquico de las actividades realizadas en el transcurso de la jornada.

Así como de las herramientas necesarias para la realización de las misma. – Cargar los materiales y herramientas necesarios para el desempeño de las labores encomendadas. – Cuantificar el material necesario para la realización del trabajo encomendado. – Realizar todos los servicios que sean necesarios en días festivos y periodo de fiestas patronales u otros eventos que tengan lugar en el municipio relacionado con sus funciones. – Realizar la práctica totalidad de las tareas asignadas a cada oficio o especialidad, con total dominio del mismo, incluidas algunas de características muy específicas o de especial capacitación técnica. – Realizar el mantenimiento, tanto preventivo como correctivo de los edificios municipales, instalaciones y vía pública; cerrajería, albañilería, fontanería, electricidad y jardinería. – Supervisar el correcto funcionamiento y mantenimiento de equipos y herramientas para el desempeño de las tareas. – Efectuar la recogida de muebles y enseres competenciales del servicio. – Efectuar tareas auxiliares de otros oficios cuando sean precisas para el desarrollo del suyo propio. – Informar al superior jerárquico en caso de necesidad de materiales, herramientas o incidencias. – Disponibilidad fuera de horario laboral en los casos de urgencia declarada por el órgano competente para ello.

Modalidad del Contrato.

La modalidad del contrato es indefinida, regulada en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en régimen de dedicación a tiempo completo.

La contratación del personal será fijo desde el primer día de contrato, con un período de prueba tres meses.

Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso.

Las condiciones serán las establecidas en la legislación laboral. – La jornada de trabajo será de 37,5 horas semanales, fijando como días de descanso sábados y domingos, salvo necesidades del servicio en casos excepcionales.

El horario de trabajo será determinado por la Alcaldía-Presidencia. – Las retribuciones son las fijadas en el presupuesto y en plantilla.

De conformidad con el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las retribuciones del personal laboral se determinarán de acuerdo con la legislación laboral, el convenio colectivo que sea aplicable al Ayuntamiento de Quintanilla de Onésimo y el contrato de trabajo.

Condiciones de Admisión de Aspirantes.

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no h

Boletín
BOCyL
Publicado
8 oct 2026

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