RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso público de acceso para la contratación de Profesor Ayudante Doctor en el marco de los procedimientos de creación de plazas en áreas con elevadas necesidades docentes y más afectadas por jubilaciones, y de transformación de plazas de Profesor Asociado en plazas de Profesor Ayudante Doctor, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca.
Profesor Ayudante Doctor
7
Plazas
08/10/2026
Fecha Límite
Autonómica
Castilla y León
A1
Grupo
Descripción y Detalles
UNIVERSIDAD DE SALAMANCA
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-17092026-181-15| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición I.
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos UNIVERSIDAD DE SALAMANCA RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso público de acceso para la contratación de Profesor Ayudante Doctor en el marco de los procedimientos de creación de plazas en áreas con elevadas necesidades docentes y más afectadas por jubilaciones, y de transformación de plazas de Profesor Asociado en plazas de Profesor Ayudante Doctor, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca.
Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo (B.O.E. del 23), del Sistema Universitario, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 de la citada Ley Orgánica, en relación con el artículo 66 del Acuerdo 19/2003, de 30 de enero (B.O.C. y L. de 3 de febrero), de la Junta de Castilla y León por el que se aprobaron los Estatutos de la Universidad de Salamanca, ha resuelto convocar para su provisión mediante concurso público las plazas de Personal Docente e Investigador contratado temporal, en la figura de Profesor Ayudante Doctor, para su contratación en régimen de derecho laboral, relacionadas en el Anexo I, con sujeción a las siguientes: BASES DE LA CONVOCATORIA 1.– Normas generales. 1.1.– El presente proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo (B.O.E. del 23), del Sistema Universitario (LOSU); la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León; el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en lo no dispuesto, por las referidas Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre; el Decreto 67/2013, de 17 de octubre (B.O.C. y L. del 21), por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente e investigador contratado en las Universidades Públicas de Castilla y León; el Acuerdo 19/2003, de 30 de enero (B.O.C. y L. de 3 de febrero), de la Junta de Castilla y León por el que se aprobaron los Estatutos de la Universidad de Salamanca, modificados mediante Acuerdo 38/2011, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. de 11 de mayo); la Resolución de 30 de julio de 2024 (B.O.C. y L. de 6 de agosto), de la Universidad de Salamanca, por la que se aprobó el Reglamento de Concursos de acceso para la contratación de Profesor Asociado, Profesor Ayudante Doctor y Profesor Permanente Laboral, así como las presentes Bases.
Los contratos de trabajo que resulten de la resolución del presente proceso selectivo se incluirán en la financiación del «Convenio entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de Educación del Gobierno de la Junta de Castilla y León y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid para la implementación del Programa de incorporación de talento docente e investigador a las universidades públicas españolas», siempre que cumplan con las condiciones del mismo.
Para el cómputo de plazos será inhábil a todos los efectos los períodos de cierre oficial de la Universidad. 1.2.– Los concursos tendrán, con carácter general, procedimiento independiente para cada plaza objeto de la convocatoria.
No obstante, en el mismo procedimiento se podrá incluir más de una plaza si sus características de perfil y requisitos son idénticas.
En caso de que se incluyan varias plazas, el aspirante con una puntuación final más alta podrá elegir la plaza de su interés, y el resto sucesivamente.
En este supuesto, el abono de derechos de examen se referirá a una sola plaza. 1.3.– La duración de los contratos y el régimen de dedicación será el derivado de las características de la respectiva plaza conforme se detalla en el Anexo I de la convocatoria, de acuerdo con las obligaciones docentes e investigadoras establecidas en la LOSU, en el Decreto 67/2013, de 17 de octubre (B.O.C. y L. del 21), por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente e investigador contratado en las Universidades Públicas de Castilla y León, y los Estatutos de la Universidad de Salamanca. 1.4.– Las referencias que para cada puesto de trabajo puedan contener el Anexo I de la convocatoria en relación con las obligaciones docentes a asumir por los adjudicatarios no supondrán, en ningún caso, para quienes obtengan dichos puestos, derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente.
Del mismo modo, la referencia al Centro en el que deberá desarrollarse la actividad docente no supondrá el derecho a no ejercer actividad docente o investigadora en otro Centro dependiente de la propia Universidad, ni aún en el caso de que se halle radicado en localidad distinta, aplicándose la normativa general de la función pública y los acuerdos que se establezcan en la negociación colectiva. 1.5.– Las retribuciones de los contratos que resulten del presente concurso serán las que correspondan de acuerdo con su categoría y previsiones legales. 1.6.– El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (B.O.E. de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y al Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. 1.7.– La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 1.8.– Todas las publicaciones que se derivan de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 2.– Requisitos de los concursantes.
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1.– Requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española.
También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, los extranjeros con residencia legal en España, así como los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de edad dependientes.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo. b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 2.2.– Requisitos específicos: a) En las Plazas de Profesor Ayudante Doctor, se requiere acreditar, al menos, estar en posesión del título de Doctor.
En todos los casos, cuando se trate de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento profesional del título académico, cuando así proceda.
En el supuesto que, en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, la titulación obtenida en el extranjero estuviera en trámite de homologación, de declaración de equivalencia o de reconocimiento profesional, el aspirante será admitido al proceso selectivo de forma condicional vinculada a la obtención, con anterioridad a la publicación de la propuesta de provisión de la comisión de selección, de la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento profesional del título académico.
El aspirante será excluido del proceso selectivo si en la fecha de la publicación de la propuesta de provis