RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2026, del Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Valladolid, relativa a la convocatoria específica por la que se regirá el proceso selectivo para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo (categoría Técnico Superior A-1 22 Agente de Igualdad). Expte.: 2026/BPP_01/000013.
Técnico Superior Agente de Igualdad
1
Plazas
08/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Castilla y León
A1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-19082026-160-33| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-19082026-160-33.pdf contiene imágenes.
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ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2026, del Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Valladolid, relativa a la convocatoria específica por la que se regirá el proceso selectivo para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo (categoría Técnico Superior A-1 22 Agente de Igualdad).
Expte.: 2026/BPP_01/000013. «Visto el expediente 2026/BPP_01/000013, relativo a la convocatoria específica por la que se regirá el proceso selectivo para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, mediante proceso de concurso-oposición, de un puesto de personal laboral fijo Técnico Superior A-1 22 Agente de Igualdad incluido en el catálogo de puestos susceptibles de funcionarizar, aprobado en sesión de Junta de Gobierno Local en fecha 1 de junio de 2026, estando incluidos en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea adoptada resolución del tenor literal siguiente: ANTECEDENTES DE HECHO Primero.– El puesto convocado se encuentra incluido en el catálogo de puestos susceptibles de funcionarizar, aprobado en sesión de Junta de Gobierno Local en fecha 1 de junio de 2026 (BOPVA 9 de junio de 2026), así como en la Relación de Puestos de Trabajo.
Igualmente, resulta de aplicación a este procedimiento lo establecido en las Bases del procedimiento de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión citada anteriormente, en virtud de la cual se ratificó formalmente el Acuerdo de 22 de mayo de 2026 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales.
Segundo.– En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con la representación de los Empleados Públicos, previsto en el art. 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Tercero.– Esta convocatoria ha sido objeto de fiscalización por la Intervención General, constando informe favorable de fecha 3 de agosto de 2026.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.– Corresponde la competencia para dictar la presente resolución a la Junta de Gobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Personal y Modernización Administrativa, por Acuerdo de fecha 28 de junio de 2023.
Segundo.– De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 del TREBEP en relación con lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las funciones que en todo caso deben ejercer los funcionarios públicos son las que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas.
Las funciones públicas deberán interpretarse como aquellas que impliquen ejercicio de autoridad y, en general, las que se reserven a los funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de la función.
En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN: Primero.– Aprobar las bases específicas que regirán el proceso selectivo para la adquisición de la condición de funcionario/a de carrera por el personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos para el acceso a la categoría de Técnico Superior, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 de titulación, nivel 22, de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
El régimen jurídico, los criterios generales y el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario de carrera se regirán por las Bases del procedimiento de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos.
Dichas bases serán de plena aplicación al presente proceso habiendo sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid en fecha 9 de junio de 2026.
Las bases específicas de este proceso figuran como Anexo I al presente Decreto.
Dada la naturaleza del presente proceso, no se establece cupo de reserva de discapacidad.
Segundo – De conformidad con lo establecido en las bases que rigen el procedimiento y en el marco del proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos, esta administración resuelve convocar pruebas selectivas con el objeto de proveer el puesto siguiente susceptible de funcionarización ( n.º de código del puesto: 10.09.06) correspondientes a la categoría de Técnico Superior Agente de Igualdad (Homologado a Técnico Superior A1-22) integrado en el catálogo de puestos susceptibles de funcionarización.
El procedimiento se llevará a cabo en estricta observancia de la tabla de equivalencias establecida en las bases generales del citado procedimiento.
Tercero.– El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas en tomar parte en el proceso selectivo será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 3.3 de las Bases del procedimiento de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos que rigen este proceso.
Cuarto.– Contra la presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano de este Ayuntamiento que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid”, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Valladolid, 14 de agosto de 2026.
El Concejal Delegado del Área de Hacienda, Personal y Modernización Administrativa,P.A.
El Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Vivienda, Fdo.: José Ignacio Zarandona Fernández Decreto núm. 6313, de fecha 3 de agosto de 2026.
ANEXO I BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN PARA EL ACCESO A LA CATEGORÍA TÉCNICO SUPERIOR A-1 22 AGENTE DE IGUALDAD ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA DEL AYUNTAMIENTO Primera. – Objeto.
Las presentes bases regulan el proceso selectivo para el acceso a la categoría de técnico superior A1 22, Agente de Igualdad, que convoca el Ayuntamiento de Valladolid en ejecución del proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos, conforme a la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en virtud del artículo 27 del Convenio Colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Valladolid y las Fundaciones Municipales.
En todo caso, se aplicará a este proceso selectivo, las Bases del procedimiento de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 1 de junio de 2026, que regulan los criterios y el procedimiento para la adquisición de la condición de funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valladolid y sus Organismos Autónomos.
La adquisición de la condición de personal funcionario/a de carrera se producirá en todo caso en la categoría y especialidad funcionarial que corresponda conforme a lo previsto la tabla de equivalencias de puestos de personal laboral y personal funcionario del citado Acuerdo, sin perjuicio de la toma de posesión en el mismo puesto que se viniera ocupando en los términos previstos en el mismo.
Dada la naturaleza del presente proceso, no se establece cupo de reserva de discapacidad De conformidad con la citada normativa, el sistema de selección será el de concurso-oposición, de acceso restringido y voluntario para el personal laboral fijo en los términos del Acuerdo de 22 de mayo de 2026 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid y de