RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de contratación para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado temporal, en régimen de derecho laboral, mediante procedimiento ordinario, en la figura de Profesor Asociado.
Profesor Asociado
Sin confirmar
Plazas
24/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Canarias
A1
Grupo
Descripción y Detalles
II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Universidad de La Laguna 3229 RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de contratación para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado temporal, en régimen de derecho laboral, mediante procedimiento ordinario, en la figura de Profesor Asociado. CVE: BOC-A-2026-183-3229 Firma electrónica: Descargar
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Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Universidad de La Laguna 3229 RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de contratación para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado temporal, en régimen de derecho laboral, mediante procedimiento ordinario, en la figura de Profesor Asociado. 16 páginas.
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Firma electrónica - Descargar De conformidad con el artículo 77 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.1 del Reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a plazas de personal docente e investigador laboral de la Universidad, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 23 de diciembre de 2024 (BOC de 7.1.2025), modificado por Resolución de 28 de julio de 2026 (BOC n.º 160, de 11.8.2026).
Vista la Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y de la Calidad Universitaria, de 20 de abril de 2026, sobre la autorización de la convocatoria.
En base al artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Rector es la máxima autoridad académica y ejerce la dirección, gobierno y gestión de la Universidad.
Le corresponden cuantas competencias no sean expresamente atribuidas a otros órganos, y según Resolución de 12 de mayo de 2023 (BOC de 25 de mayo), por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y régimen de suplencias de la Universidad de La Laguna, este Vicerrectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas de personal docente e investigador para su contratación en régimen de derecho laboral, en la figura de Profesor Asociado, relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases.
BASES DE LA CONVOCATORIA 1.- Normas generales. 1.1.
El presente concurso se regirá por estas bases y por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE n.º 70, de 23.3.2023); por lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a plazas de personal docente e investigador laboral; el Decreto 66/2022, de 24 de marzo, por el que se aprueba la reforma de los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC n.º 67, de 5.4.2022); y en el Primer Convenio Colectivo del personal docente e investigador laboral de las Universidades Públicas de Canarias (BOC n.º 124, de 26.6.2012); el Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias (BOC n.º 139, de 18.10.2002); el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 255, de 24.10.2015), y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas (BOE n.º 4, de 4.1.1985). 1.2.
Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo dispuesto en la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 1.3.
El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de tres meses desde la fecha de la publicación de la lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas, sin perjuicio de la suspensión o ampliación del mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en su caso, periodo o periodos inhábiles; en particular, se considerarán inhábiles las fechas que puedan coincidir con el cierre general de las dependencias universitarias que sean aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
En el caso de que fuere precisa la suspensión o ampliación del plazo máximo para resolver el concurso, la competencia para acordar tales actuaciones corresponderá al Vicerrector de Personal Docente e Investigador.
La cita a las leyes y normas que se efectúa en las presentes bases debe entenderse hecha en su redacción vigente. 1.4.
Todos los plazos a los que se refieren estas bases, se refieren a días hábiles, no considerando como tales los sábados, domingos y resto de días festivos, así como aquellos declarados inhábiles por la Universidad de La Laguna. 1.5.
Los actos y resoluciones del procedimiento serán publicados en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna [dirección web sede electrónica-tablón de anuncios (ull.es)].
Dicha publicación tendrá el carácter de notificación practicada de acuerdo con lo señalado en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2.
Requisitos de las personas candidatas.
Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la contratación. 2.1.
Requisitos de carácter general. 2.1.1.
Los recogidos en el artículo 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en particular: a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado Real Decreto.
Para nacionales de países no miembros de la UE, se condiciona a la posesión u obtención del permiso de residencia/trabajo (o excepción de permiso de trabajo), dentro del plazo de incorporación. b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No estar incurso en causa de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley sobre Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades. e) Disponer de titulación universitaria oficial: en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o del reconocimiento profesional del título para poder ejercer como Profesor de Universidad, dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre (BOE n.º 251, de 19.10.2022). 2.2.
Requisitos específicos. 2.2.1.
Ser especialista de reconocida competencia y acreditar que se ejerce actividad profesional remunerada fuera del ámbito académico e investigador universitario, con una antigüedad de al menos dos (2) años.
El ejercicio de la actividad profesional se deberá acreditar con referencia a la fecha de publicación de la convocatoria y mantener la actividad a la fecha de inicio del contrato de profesor asociado si resultase contratado y durante la vigencia del mismo.
En el supuesto de que la persona desempeñe una plaza de profesor asociado de universidad y ejerza actividad profesional en el área de conocimiento de la plaza convocada fuera del ámbito académico e investigador, se entenderá que reúne los requisitos para presentarse al concurso y, de obtener la plaza de profesor asociado a la que aspire, deberá optar por una u otra previamente a la firma del contrato correspondiente. 3.
Las personas interesadas en participar en la convocatoria deberán presentar la correspondiente solicitud dirigida al Vicerrector de Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Laguna, que habrá de ser cumplimentada a través de la sede electrónica de la Universidad de La Laguna, acompañando la documentación detallada en la presente convocatoria, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Las solicitudes para participar en el concurso de acceso se ajustarán al procedimiento específico “Solicitud para participar en la convocatoria de plazas de Profesor Asociado”, que figura en el siguiente enlace: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/646 Para cualquier información, las personas interesadas deberán dirigirse al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de La Laguna, correo electrónico: negprof@ull.es o a la dirección de Internet: https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/personal-docente-e-investigador-laboral/ 3.2.
Las personas interesadas deberán presentar una solicitud por cada una de las plazas en las que deseen participar, y abonar los derechos de examen por cada uno de los códigos y tipo de plaza a la que se pretenda concursar.
La solicitud se presentará junto a la totalidad de la documentación, que estará organizada siguiendo lo indicado en la base 4. 3.3.
Las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan constar en la solicitud y de los que aporten en la documentación de los méritos correspondientes, asumiendo las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mis