Profesores/as Titulares de Universidad
- Plazas
- 4
- Fecha límite
- 9 nov 2026
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- Universitaria
Plazo hasta el 9 nov
Resumen del boletín
Resolución de 7 de octubre de 2026, conjunta de la Universidad de Alcalá y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 17 de junio de 2026, la convocatoria de plazas de funcionarios/as de los cuerpos docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición en virtud de las bajas producidas en el año 2025, asimismo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 16 de julio de 2026, y tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2026 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 17 de julio de 2026 (BOCM de 28 de julio de 2026), El Rectorado de la Universidad de Alcalá y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid han resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relaciona en el anexo I de la presente resolución de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; en los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que no se oponga a las normas precedentes; en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias (en adelante, RDBG); en el Concierto entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad de Alcalá para la Enseñanza Clínica de Ciencias de la Salud, firmado el 23 de diciembre de 2022 (BOCM de 27 de diciembre); en la normativa reguladora de los concursos de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios –aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024 y modificada en fecha 18 de junio de 2026– y por las demás normas de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con arreglo a las bases que a continuación se indican.
Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos generales: a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
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En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
Potestativamente se admitirá la certificación oficial de nivel de idiomas de B2 en el caso de que la persona aspirante acredite una experiencia docente de, al menos, dos años en una universidad pública española. b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente. c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso a la función pública. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos deberán acreditar: a) Para el cuerpo docente de la plaza convocada, estar acreditado/a de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, o de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, o bien haber resuelto habilitado/a conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. b) Acreditar estar en posesión del título oficial de especialista que corresponde a la plaza asistencial.
Asimismo, no podrán participar en estos concursos quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, es decir, aquellos/as que no hayan desempeñado durante dos años, al menos, la plaza anteriormente obtenida en un concurso de acceso.
Los requisitos enumerados en la presente base y en la base primera, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad.
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá, disponible en la dirección https://sede.uah.es/convocatorias, dentro de la convocatoria correspondiente, para lo cual deberán disponer de los medios electrónicos necesarios para su identificación y firma electrónica.
En caso de no disponer de los medios electrónicos necesarios para la firma de la solicitud, podrán obtener un certificado electrónico siguiendo las instrucciones recogidas en el siguiente enlace de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/servicios-universitarios/informacion-universitaria/centro-de-informacion/#firma-electronica El único medio válido de presentación de solicitudes es a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá, utilizando el enlace correspondiente a esta convocatoria.
El plazo de presentación es de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, adjuntando electrónicamente los siguientes documentos que acrediten que se reúne los requisitos para participar en el presente concurso: a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso. c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
Potestativamente se admitirá la certificación oficial de nivel de idiomas de B2 en el caso de que la persona aspirante acredite una experiencia docente de, al menos, dos años en una universidad pública española. d) El pago de la tasa se realizará por alguno de los siguientes medios: – Mediante tarjeta bancaria, a través del procedimiento telemático de presentación de solicitudes. – Mediante transferencia bancaria, utilizando la carta de pago generada en el procedimiento de presentación de solicitudes.
En este caso, la solicitud únicamente adquirirá validez una vez que se haya aportado la carta de pago debidamente validada por la entidad bancaria.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante.
No obstante, de conformidad con texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en formato electrónico la correspondiente acreditación: – Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. – Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. – Las víctimas de violencia de género. – Las familias numerosas, en los siguientes términos: a) 100 % de exención a los miembros de familias de categoría especial. b) 50 % de exención a los miembros de familias de categoría general.
Si una vez cumplimentada la solicitud por sede electrónica, no les fuera posible firmarla electrónicamente, podrán enviar un correo a firma.electronica@uah.es junto con el impreso de autorización de firma de funcionario habilitado, debidamente cumplimentado, incluyendo el campo código de trámite o actuación electrónica.
Este impreso está disponible en el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/shared/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/.galleries/Documentos-Servicios-Administrativos/AnexoII-Consentimiento-en-Registro.pdf Tanto la solicitud cumplimentada en la Sede Electrónica como el correo dirigido a firma.electronica@uah.es y la documentación necesaria para la actuación mediante funcionario habilitado deberán remitirse dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.
El correo firma.electronica@uah.es no constituye una vía alternativa de presentación de solicitudes ni un medio de envío de documentación para participar en la convocatoria, sino exclusivamente un canal de asistencia para aquellos casos en los que no sea posible realizar la firma electrónica de una solicitud
- Boletín
- BOE
- Publicado
- 19 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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