Plazo abiertoBOJA · 15 oct 2026

Profesorado Permanente Laboral

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
5 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaAndalucía

Plazo hasta el 5 nov

Publicada el 15 octCierra el 5 nov

Resumen del boletín

Boletín: BOJA nº 200 de 2026 Organismo: Universidades Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 15/10/2026 2.

Autoridades y personal 2.2.

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Oposiciones, concursos y otras convocatorias Universidades Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la contratación de Profesorado Permanente Laboral.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50 de la citada ley, en relación con el artículo 3.2.J) de la misma norma, este Rectorado ha resuelto convocar el presente concurso de acceso para la provisión de plazas de Profesorado Permanente Laboral, que se relaciona en el Anexo II de esta convocatoria.

La finalidad del contrato de trabajo será desarrollar tareas docentes, de investigación, de transferencia e intercambio del conocimiento y, en su caso, de desempeño de funciones de gobierno de la universidad en las materias que se especifican, en régimen de contratación laboral indefinida y con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria.

La presente convocatoria cuenta con la autorización de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Orden de 31 de julio de 2024 del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, para la Convocatoria de Plazas de Personal Docente e Investigador, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024. 1.

El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, de 21 de Diciembre, de Universidades; el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; así como por el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9 de mayo de 2008).

Como normativa interna de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, se rige por el Decreto 298/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, modificado por el Decreto 265/2011, de 2 de agosto; el Reglamento Regulador de los concursos de acceso del Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral de la Universidad (aprobado en la 45ª sesión del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2024, BUPO 12/2024, de 29 de noviembre de 2024), así como por la Instrucción del Vicerrectorado de Profesorado sobre los conflictos de interés en los concursos de Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral, de 21 de enero de 2025 (https://www.upo.es/cms1/export/sites/upo/rr-hh-pdi-programacion-docente/normativa/documentos/normativa-pdi/pdi-normativa-especifica-upo/Instruccion-conflictos_de_interes-AYUDOC-PPL.pdf De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, los facilitados por quienes concurran a la presente convocatoria serán tratados por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, e incorporados en el sistema de tratamiento «Recursos Humanos», con la finalidad de gestionar y tramitar el proceso de selección objeto de esta convocatoria.

Finalidad basada principalmente en la necesidad de dar cumplimiento a obligaciones legales por parte de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (art. 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE -RGPD-).

Los datos podrán ser comunicados a otras Entidades Públicas en cumplimiento de la normativa Laboral, de Seguridad Social y Tributaria y a cualquier otra entidad en caso de que exista obligación legal.

Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan.

La información adicional sobre el ejercicio de estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, se encuentra alojada en la siguiente dirección: https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/ 2.

Requisitos de las personas candidatas. 2.1.

Requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) En el caso de solicitudes presentadas por personas cuya lengua materna sea diferente del español en el momento de presentación de la instancia de concurso, deberá estar en posesión de una certificación oficial de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español. c) Deberán poseer un conocimiento del español adecuado para el desarrollo de sus funciones.

Dicho conocimiento podrá ser objeto de constatación en el momento de la contratación por cualquier medio admisible en Derecho. d) Las personas nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia y la excepción del permiso de trabajo para proceder a la firma del contrato. e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. f) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. g) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionaria/o o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada/o o inhabilitada/o.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente, ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. h) No estar afectadas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.

El personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley solo podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público en los supuestos contemplados en la Ley. 2.2.

Requisitos específicos: a) Ser doctor/a.

En caso de personas candidatas con títulos extranjeros deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o declaración de equivalencia. b) Poseer la acreditación a la figura de Profesorado Permanente Laboral o de Profesorado Contratado Doctor por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. c) Para la plaza DL004307, deberá ser personal investigador/a doctor/a que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal o investigadoras/res de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan obtenido el certificado I3. 2.3.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como mantenerse durante la totalidad del procedimiento selectivo y del periodo de duración del contrato de trabajo. 3.

Presentación de solicitudes. 3.1.

Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán, a través del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la correspondiente solicitud dirigida al Sr.

Rector Magfco. de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación oficial de esta convocatoria en el BOJA. 3.2.

La presentación de solicitudes se hará mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo que se acompaña como Anexo III y que se encuentra disponible en la página web de la Universidad https://www.upo.es/rr-hh-pdi-programacion-docente/unidad-de-programacion-docente-y-concursos/convocatorias/laboral/profesorado-permanente-laboral-contratado-doctor/index.html junto con los siguientes documentos acreditativos de los requisitos para participar en el concurso de acceso: a) PDF de la documentación acreditativa del cumplimiento de los «requisitos específicos», dispuestos e

Boletín
BOJA
Publicado
15 oct 2026

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