Profesor Titular de Universidad · Universidad de Sevilla
Profesor Titular de Universidad
Sin confirmar
Plazas
20/10/2026
Fecha Límite
Universitaria
Andalucía
A1
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
📄 Contenido del documento
Conforme a lo dispuesto en los artículos 3 y 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y en los Estatutos de la Universidad de Sevilla aprobados por Decreto 98/2025, de 30 de abril, de la Junta de Andalucía, De acuerdo con lo establecido en la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la Universidad de Sevilla para la convocatoria de plazas de personal docente e investigador en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2025, publicada en BOJA de 8 de abril de 2025, Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confieren el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 26 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, ha resuelto convocar a concurso de acceso la plaza que se relaciona en el anexo I de la presente resolución.
Dicha plaza se encuentra dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluida en la vigente RPT y con sujeción a las siguientes bases: 1.
Normas generales Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía; en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; en los Estatutos de la Universidad de Sevilla; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la legislación general de funcionarios civiles del Estado. 2.
Requisitos de los candidatos Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos: 2.1 Requisitos generales. a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Asimismo, el desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades. e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones. f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia. 2.2 Requisitos específicos.
Además de los requisitos generales, se deberá poseer el título de doctor y estar acreditado al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. 3.
Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente solicitud a la Sra.
Rectora de la Universidad de Sevilla, según el modelo establecido en la siguiente dirección: https://docentes.us.es-Oferta de Empleo Público-Profesor Cuerpos Docentes LOSU-Impresos, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, incluido el Registro Electrónico de la Universidad de Sevilla, en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.
El plazo de presentación de instancias se establece en quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE.
Junto con la instancia de participación deberá aportarse la siguiente documentación: a) Copia completa de la acreditación para la figura de Profesor Titular de Universidad emitida por la ANECA o por las agencias de calidad de las Comunidades Autónomas con las que la ANECA haya acordado, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de los méritos de los aspirantes. b) Copia del título de Doctor (anverso y reverso).
En el caso de titulaciones extranjeras, deberá aportarse copia de la correspondiente homologación o declaración de equivalencia. c) Declaración de veracidad debidamente firmada. d) Recibo de haber abonado los derechos de examen.
Los candidatos que ostenten la condición de Profesor de la Universidad de Sevilla en servicio activo no deberán presentar la documentación acreditativa solicitada en los apartados a), y b) si la misma ya obra en su expediente personal.
Los datos personales recogidos en la solicitud de participación del presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social y tributaria.
En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679, se informa a los interesados de que la Universidad de Sevilla es responsable del tratamiento denominado «Concursos del Personal Docente e Investigador», que tiene como finalidad la tramitación de los concursos del PDI funcionario y laboral, la gestión de las convocatorias para la selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional del personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla.
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad de Sevilla.
De acuerdo con la norma anteriormente citada, los interesados tienen derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que pueden consultarse, junto con una información adicional más detallada, en el siguiente enlace: https://osi.us.es/sites/osi/files/doc/cioposicionesconcursospdi.pdf 3.2 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, en concepto de derechos de examen la cantidad de 40 euros.
El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander, en la cuenta n.º ES77 0049.2588.71.2114241655 (n.º identificación: 750), con el título Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad, haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI, y número de la plaza a la que se concursa.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo que determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentos del pago: a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
Asimismo, deberá aportarse certificado acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas como profesor de Universidad, acreditando su compatibilidad con las funciones de la plaza concreta a la que se opta. b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente. c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa, y a una bonificación del 50 % los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado. 4.
Admisión de aspirantes 4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de admitidos y excluidos se hará pública antes de los treinta días hábiles siguientes con indicación en su caso, de la causa de exclusión.
Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual-Personal Docente e Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: http://docentes.us.es-Oferta de Empleo Público-Profesor Cuerpos Docentes LOSU-Convocatorias y estará condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación.
En dichos criterios deberá valorarse, en todo caso, la experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del conocimiento, que deberán tener una consideración análoga en el conjunto de los r