Profesor/a Titular de Universidad · Universidad de Jaén
- Plazas
- 2
- Fecha límite
- 13 nov 2026
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- UniversitariaJaén
Plazo hasta el 13 nov
Resumen del boletín
Resolución de 9 de octubre de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU); en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en el Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, aprobados por Consejo de Gobierno de la Universidad el 25 de julio de 2024 y a tenor de lo establecido en la Orden de 19 de diciembre de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Jaén, para la convocatoria de plazas de Personal Docente e Investigador, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024 (BOJA de 16 de septiembre de 2024), Este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, en su actual redacción, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de cuerpos docentes universitarios dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Jaén y que se detallan en el anexo I de la presente resolución.
Bases de la convocatoria 1.
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Normas generales Al presente concurso le será de aplicación, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Decreto Legislativo 1/2013 de 8 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA núm. 8 de 11 de enero de 2013) en su redacción actual, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía en su redacción actual, los Estatutos de la Universidad de Jaén, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio de la Junta de Andalucía, reformados mediante Decreto 235/2011 de 12 de julio, Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, aprobados por Consejo de Gobierno de la Universidad el 25 de julio de 2024, y en lo no previsto en estas normas por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en la Administración Pública, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La plaza convocada figura en el anexo I de esta convocatoria y se concreta en dos plazas de Profesor/a Titular de Universidad por turno libre destinada a quienes hayan obtenido el Certificado I3/R3.
A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles. 2.
Requisitos de los candidatos 2.1 Requisitos generales: Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los concursantes deberán reunir los siguientes requisitos generales: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de edad dependientes.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, cuya acreditación podrá ser requerida por las comisiones de selección. 2.2 Requisitos específicos: Los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos que a continuación se señalan: a) Poseer la titulación de Doctor.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, se deberá estar en posesión del certificado de equivalencia al nivel académico de Doctor expedido por la Universidad que lo otorgue. b) Estar en posesión del Certificado I3/R3. c) Disponer de la acreditación para el cuerpo docente de Profesor/a Titular de Universidad de acuerdo con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, o estar acreditado/a de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007 o habilitado/a conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
No podrán participar quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, es decir, los que habiendo obtenido una plaza tras un concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios en otra universidad no la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años. d) En aquellas plazas para las que se requiera el dominio de un idioma extranjero (docencia en titulaciones bilingües o en idioma extranjero) será requisito imprescindible acreditar el nivel de idioma exigido, de conformidad con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el marco común europeo de referencia para las lenguas.
En todo caso, las personas solicitantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.
La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá estar referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las respectivas comisiones establecerán, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito. 3.
Solicitudes La solicitud para participar en los concursos de acceso se ajustará al modelo que se adjunta como anexo III a la presente convocatoria, también disponible en formato editable en la siguiente dirección web, https://www.ujaen.es/servicios/servpod/procesos-selectivos-pdi/cuerpos-docentes-universitarios.
Las solicitudes se dirigirán al Sr.
Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En la siguiente página web de la Universidad de Jaén se puede consultar el calendario de días inhábiles: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/calendario.
La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar en el registro de la sede electrónica de la Universidad de Jaén https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico destinada al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.
Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico (firma digital).
Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo, con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el teléfono (953 212181).
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Jaén en concepto de derechos de participación la cantidad de 30 euros que ingresarán directamente o mediante transferencia en la cuenta núm.
ES79 3067.0109.33.1150653028 de la Caja Rural de Jaén, indicando en el ingreso «Cuerpos docentes universitarios».
En ningún caso, la presentación y pago de los mencionados derechos supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que hayan sido definitivamente excluidos de estas pruebas, realizándose el reintegro de oficio.
A este efecto los interesados deberán comunicar al Servicio de Personal los siguientes datos: NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución.
Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación: a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte, caso de
- Boletín
- BOE
- Publicado
- 16 oct 2026
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