Procesos selectivos.- Resolución de 5 de octubre de 2026, del Rector, por la que se convoca concurso público extraordinario para cubrir varias plazas de personal Docente e Investigador contratado en régimen laboral.
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
- Plazas
- Sin confirmar
- Fecha límite
- 27 oct 2026
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- AutonómicaExtremadura
Plazo hasta el 27 oct
Resumen del boletín
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2026, del Rector, por la que se convoca concurso público extraordinario para cubrir varias plazas de personal Docente e Investigador contratado en régimen laboral.
DOE Número: 197 Tipo: Ordinario Fecha Publicación: martes, 13 de octubre de 2026 Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL Subapartado: 2.
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OPOSICIONES Y CONCURSOS Organismo: UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Rango: RESOLUCIÓN Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 42670 Página Fin: 42769 Otros formatos: PDF XML TEXTO ORIGINAL En atención a las necesidades existentes en esta Universidad de Extremadura, este Rectorado procede a la convocatoria de plazas de profesores en régimen laboral para cubrir necesidades urgentes e inaplazables con arreglo a las siguientes bases: Normas generales Primera.
Los concursos a los que se refiere la presente convocatoria, que se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas, se regirán por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE del 23 de marzo), Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 31 de octubre), el Decreto 17/2026, de 21 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura (DOE del 22 de abril), el Decreto 163/2026, de 9 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura (DOE del 11 de septiembre), la normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la UEx (2022) (DOE de 15 de julio de 2022), la normativa de bolsas de trabajo y cobertura temporal de plazas (DOE de 15 de junio de 2020), el convenio entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas, en ejecución de lo dispuesto en el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Decreto 17/2026, de 21 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura y el Acuerdo para la Publicación de Concurso Extraordinario aprobado por Consejo de Gobierno de la UEx el 28 de julio de 2026.
Las contrataciones laborales docentes que se formalicen como resultado de los concursos convocados se regirán por la legislación laboral general establecida en el Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, con las especialidades propias del empleo público universitario, determinadas en el Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
El Decreto 17/2026, de 21 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura así como, el II Convenio colectivo de personal Docente e Investigador laboral de la UEx (código de convenio 81000230012008), serán de aplicación en todo aquello que no se oponga a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y demás normativas académicas, y en tanto se apruebe un nuevo convenio colectivo, adaptados a la legislación básica.
Las bases de la convocatoria vinculan a la Administración y a las comisiones de selección que han de juzgar los concursos y a quienes participen en ellas.
Una vez publicada, solamente podrá ser modificada con sujeción estricta a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las especificaciones de las plazas convocadas son las que figuran en el anexo III de esta convocatoria.
Las retribuciones y demás derechos de contenido económico que se atribuyan a los contratados se corresponden con lo establecido en el Decreto 17/2026, de 21 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura, y en el II Convenio colectivo del personal Docente e Investigador laboral de la Universidad de Extremadura.
El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y las normas reglamentarias que le sirvan de desarrollo.
Requisitos de las personas aspirantes Séptima. 1.
Para ser admitida o admitido a los citados concursos deberán cumplirse los siguientes requisitos de carácter general: a) Nacionalidad.
Los contratos de profesorado no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse bajo inhabilitación para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. e) Los requisitos específicos que se señalan a continuación: Titulación académica: para optar a cualquier plaza es requisito estar en posesión de la titulación de Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería, Grado o equivalente.
No obstante, en las siguientes áreas de conocimiento podrán accederse a las listas con la titulación de Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica o equivalente: 065 Ciencias de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica. 110 Construcciones Arquitectónicas. 255 Enfermería. 300 Expresión Gráfica Arquitectónica. 305 Expresión Gráfica en la Ingeniería. 413 Fisioterapia. 505 Ingeniería Cartográfica, Geodésica y Fotogrametría. 510 Ingeniería de la Construcción. 515 Ingeniería de los Procesos de Fabricación. 520 Ingeniería de Sistemas y Automática. 525 Ingeniería del Terreno. 530 Ingeniería e Infraestructuras de los Transportes. 535 Ingeniería Eléctrica. 540 Ingeniería Hidráulica. 545 Ingeniería Mecánica. 590 Máquinas y Motores Térmicos. 720 Proyectos de Ingeniería.
En el caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación en España, que se acreditará mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, no siendo suficiente la mera presentación de documentos que acrediten haber solicitado la homologación (Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, que derogó al anterior).
Asimismo, los títulos obtenidos por nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea en otros Estados miembros deberán estar acompañados por la correspondiente resolución de reconocimiento del título expedido en dichos Estados.
No se tendrán en cuenta aquellas solicitudes que no vayan acompañadas de la acreditación, mediante el código QR, o en su defecto fotocopia compulsada, de las titulaciones requeridas para impartir las asignaturas de las áreas de conocimiento a las que se opte. f) Titulación de español: Toda persona concursante originaria de países no hispanohablantes deberá acreditar el nivel de conocimiento del idioma español necesario para el desempeño de su labor docente que se considerará el C1 según el marco común europeo de referencia para las lenguas (en https://proyectos.crue.org/acreditacion/ ) g) Titulación de otros idiomas: Para incorporarse a una plaza que tenga por objeto cubrir necesidades de impartir docencia en idiomas que no sean el castellano será necesario tener la capacidad para la docencia en dicho idioma, capacidad que se acreditará con títulos equivalentes al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (en https://proyectos.crue.org/acreditacion/ ) 2.
Las candidatas y los candidatos que deseen acceder a las plazas de este concurso deberán cumplir los requisitos enumerados en el apartado anterior en el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos mientras dure su contrato.
Sin embargo, a quienes acrediten el conocimiento de idiomas diferentes al castellano en un momento posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y presenten la acreditación documental del cumplimiento del citado requisito en el Negociado de Oposiciones y Concursos se les podrá ofertar, a partir de ese momento, sustituciones con perfil lingüístico de idiomas no oficiales.
Lo anterior no supone, en ningún caso, la modificación de la puntuación que en la valoración de méritos que se les hubiera adjudicado.
Deberán reunir y acreditar, además, las condiciones académicas y/o profesionales específicas que a continuación se señalan, para concursar a las plazas de Profesores Ayudantes Doctores: 1.
Deberán acreditar poseer la titulación académica de Doctor o Doctora a fecha de la convocatoria.
Solicitudes Novena. 1.
Quienes deseen tomar parte en el concurso a las plazas aquí señaladas, deberán presentar, en las Oficinas de asistencia en materia de registro de la UEx o por registro electrónico o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
- Boletín
- DOE
- Publicado
- 13 oct 2026
- Rango
- RESOLUCIÓN Descriptores: Procesos selectivos
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