Procesos selectivos.- Orden de 1 de septiembre de 2026 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre, a través del Tribunal Único, para la provisión de 35 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Agente de la Policía Local
35
Plazas
30/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Extremadura
C1
Grupo
Descripción y Detalles
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS
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ORDEN Descriptores: Procesos selectivos
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ORDEN de 1 de septiembre de 2026 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre, a través del Tribunal Único, para la provisión de 35 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 170 Tipo: Ordinario Fecha Publicación: miércoles, 02 de septiembre de 2026 Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL Subapartado: 2.
OPOSICIONES Y CONCURSOS Organismo: VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS Rango: ORDEN Descriptores: Procesos selectivos.
Página Inicio: 38089 Página Fin: 38145 Otros formatos: PDF XML TEXTO ORIGINAL El Estatuto de Autonomía de Extremadura en su artículo 9.1, apartados 40 y 41, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, así como la coordinación y las demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales.
La Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de policías locales de Extremadura desarrolla en su artículo 5 las funciones de coordinación en materia de actuación de policía local que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, entre las que figura la de fijar los criterios básicos de selección, formación, promoción y movilidad del personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura.
Por su parte, el artículo 46.3 de dicha ley acoge por primera vez en nuestra Comunidad Autónoma, la posibilidad de desarrollar procesos únicos para la cobertura de plazas de nuevo ingreso o promoción de policía local, que serían asumidos por la Junta de Extremadura a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la constitución de un Tribunal Único, previa solicitud de los ayuntamientos convocantes de dichas plazas.
Esta previsión se materializó mediante la publicación del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único y al amparo de dicha norma, con fecha de 28 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convocó el primer proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura.
Habiéndose incorporado a este sistema de selección determinados municipios a través de la suscripción de los preceptivos convenios de colaboración y una vez que 20 de ellos han trasladado a la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales de Extremadura el número, denominación y características de las plazas de policía local que solicitan convocar, se hace necesario convocar un nuevo proceso selectivo por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único para la provisión de las plazas de Agentes de Policía Local que demandan los municipios que delegaron la competencia para la selección del personal de su plantilla de Policía Local en la Junta de Extremadura.
Asimismo, respecto de las convocatorias precedentes, atendiendo a criterios de eficacia y celeridad en la tramitación del proceso selectivo, se incorpora como novedad la reducción del plazo para la formulación de impugnaciones contra las preguntas correspondientes a los dos primeros ejercicios, que pasa de cinco a tres días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional de respuestas correctas, garantizándose en todo caso el pleno respeto a los derechos, garantías y seguridad jurídica de las personas aspirantes.
A la vista de cuanto antecede, el Vicepresidente y Consejero de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el artículo 43.1 del Decreto 64/2022, de 8 de junio, y en el Decreto 105/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias de la Junta de Extremadura, y previo informe favorable de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, RESUELVE: Convocar proceso selectivo unificado, mediante Tribunal Único, por el sistema de oposición libre para la provisión de 35 plazas vacantes en la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local, con sujeción a las bases que se insertan a continuación.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 1 de septiembre de 2026.
El Vicepresidente y Consejero de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, ABEL BAUTISTA MORÁN BASES DE LA CONVOCATORIA Base primera.
Normas generales. 1.1.
Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de 35 plazas vacantes en la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, previstas en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Dichas plazas, estarán dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan, con arreglo a la legislación vigente, de los ayuntamientos siguientes: PLAZAS CONVOCADAS AYUNTAMIENTO N.º DE PLAZAS ACEUCHAL 1 ALBURQUERQUE 3 ALMENDRALEJO 1 ARROYO DE LA LUZ 1 AZUAGA 4 BADAJOZ 4 BURGUILLOS DEL CERRO 1 CÁCERES 2 CAMPANARIO 1 CECLAVÍN 1 LOSAR DE LA VERA 1 MADRIGAL DE LA VERA 2 MAGUILLA 1 MONESTERIO 2 MONTIJO 4 PUEBLA DE LA CALZADA 1 TALARRUBIAS 1 TORREJONCILLO 1 TORREMEJÍA 2 TRUJILLO 1 N.º TOTAL PLAZAS 35 En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y demás normas concordantes de aplicación.
Toda la información de la convocatoria se pondrá a disposición de la ciudadanía a través del punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (www.juntaex.es ) dentro de la ficha correspondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/0723925 en la fecha correspondiente de publicación de la misma en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es), dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud. 1.2.
Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. 1.3.
Régimen de incompatibilidades y deberes.
Las personas aspirantes que finalmente sean nombradas funcionarias de carrera estarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente.
Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo, las personas aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos 18 años. c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente o superior. d) Cumplir las