Procedimiento selectivo convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de diecinueve (19) plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, incluidas en las ofertas de empleo público de 2021, 2023, 2024 y 2025: resolución de recurso de alzada interpuesto contra las bases reguladoras, publicadas en el BORM núm. 132, de 11 de junio de 2025, y modificación de dichas bases reguladoras (expte. 10
Agente de la Policía Local
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Sin fecha
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Local
Murcia
N/A
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Yecla
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Administración Local Yecla 4153 Procedimiento selectivo convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de diecinueve (19) plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo.
Ayuntamiento de Yecla, incluidas en las ofertas de empleo público de 2021, 2023, 2024 y 2025: resolución de recurso de alzada interpuesto contra las bases reguladoras, publicadas en el BORM núm. 132, de 11 de junio de 2025, y modificación de dichas bases reguladoras (expte. 1078502W).
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 7 de agosto de 2026, adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos: 1.
Desestimar, por los motivos anteriormente expuestos, a los que se dará la oportuna publicidad mediante anuncio que será insertado en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Excmo.
Ayuntamiento de Yecla, y en la página web municipal www.yecla.es, el recurso de alzada interpuesto contra las bases reguladoras por D.
Alejandro Ramírez Comas (R.E. núm. 9987, de 12/06/2025), en el que solicita que se declare la nulidad o eliminación del Bloque V del temario recogido en el Anexo II de las bases de la convocatoria, o, subsidiariamente, se limite su valoración a efectos no eliminatorios o como parte del curso selectivo de formación. 2.
Modificar, ello no obstante, las bases reguladoras del procedimiento selectivo, publicadas en el BORM núm. 132, de 11 de junio de 2025, en los siguientes términos y por los motivos que se indican: • Base específica cuarta, apartado 1: el plazo de veinte días naturales contemplado en dicha base para solicitar tomar parte en el procedimiento selectivo queda establecido en veinte días hábiles y no en veinte días naturales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Base específica quinta, apartado 1: el plazo de dos meses contemplado en dicha base para que la Junta de Gobierno Local dicte resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as en el procedimiento selectivo queda fijado en un mes, y no en dos meses, como se contempla en dicha Base, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. • Base específica sexta, apartado 5: se sustituye la redacción publicada por la siguiente: 5.
La composición del Tribunal Calificador se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y deberá ser predominantemente técnica.
Todos sus miembros serán personal funcionario de carrera, y deberán pertenecer a un grupo de clasificación profesional de personal funcionario igual o superior a aquel en el que se integren las plazas convocadas y, en caso de ser miembros de un Cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a la de las plazas objeto de convocatoria.
Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32.2 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. • Base específica séptima, letra F, apartado 2: el plazo de veinte días naturales contemplado en dicha Base para presentar la documentación por los/as aspirantes aprobados/as en el procedimiento selectivo queda establecido en veinte días hábiles, y no en veinte días naturales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Yecla, a 11 de agosto de 2026.
El Alcalde acctal., Ascensio Juan García.