Plazo abiertoBOJA · 23 oct 2026

Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) laboral

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
6 nov 2026
Ámbito
AutonómicaAndalucía

Plazo hasta el 6 nov

Publicada el 23 octCierra el 6 nov

Resumen del boletín

Boletín: BOJA nº 206 de 2026 Organismo: Universidades Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 23/10/2026 2.

Autoridades y personal 2.2.

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Oposiciones, concursos y otras convocatorias Universidades Resolución de 20 de octubre de 2026, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de traslado de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral de esta Universidad.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y previo acuerdo entre la Gerencia de la Universidad de Huelva, el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, y modificados por Decreto 35/2018, de 6 de febrero, este Rectorado resuelve convocar concurso de traslado para cubrir plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) laboral fijo, que se regirá por las siguientes BASES DE LA CONVOCATORIA 1.

Normas generales. 1.1.

Se convoca concurso de traslado para la provisión de las plazas vacantes de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Huelva que se especifican en el Anexo I. 1.2.

El presente concurso de traslado se regirá por las bases de esta convocatoria, que se acogen a lo dispuesto en el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y por lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo del PTGAS de la Universidad de Huelva. 1.3.

Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Los demás actos que se deriven de este procedimiento serán publicados en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva, surtiendo esta publicación los efectos propios de la notificación a las personas participantes.

De manera adicional, con carácter meramente informativo se publicarán en la web https://www.uhu.es/gestion-pas/ 2.

Requisitos de las personas candidatas. 2.1.

Podrán concurrir a esta convocatoria, siempre que cumplan los requisitos al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes: a) Todo el personal de la Universidad de Huelva acogido al IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, con relación jurídico-laboral de carácter fijo que ostente la misma categoría profesional de la vacante solicitada. b) El personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Huelva que se encuentre en situación de excedencia, que pertenezca a la misma categoría y haya solicitado previamente su reingreso. c) El personal laboral fijo de otras Universidades Públicas, de la misma categoría, incluido en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, que hubiera solicitado su traslado con antelación a la convocatoria. d) El personal laboral fijo de otras Universidades Públicas, de la misma o equivalente categoría, en los términos que se establezcan en los correspondientes convenios de reciprocidad, que sean suscritos entre las Comisiones de Interpretación y Vigilancia de los respectivos convenios, o entre Universidades y los respectivos Comités de Empresa. 2.2.

Para aquellos casos en los que la RPT señale requisitos necesarios para el desempeño del puesto, las personas candidatas deberán acreditar su cumplimiento aportando la documentación oportuna dentro del plazo de presentación de solicitudes, siempre que no conste en su expediente de la Universidad de Huelva.

Sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal de Valoración podrá exigir la superación de una prueba de conocimientos que acredite las competencias necesarias.

Esta prueba tendrá un carácter práctico y adecuado a las funciones propias de la categoría profesional y del puesto de trabajo convocado. 3.

Quienes deseen tomar parte en este concurso de traslado deberán hacerlo constar en el modelo de «Solicitud de participación» que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria, y que estará disponible en la página web de la Universidad de Huelva https://www.uhu.es/gestion-pas/ 3.2.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». 3.3.

La solicitud, dirigida al Sr.

Rector Magnífico de la Universidad de Huelva, se presentará a través del Registro Telemático en la sede electrónica de la Universidad de Huelva: https://sede.uhu.es o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de los requisitos indicados en la base 2 de esta convocatoria, cuando proceda, y de los méritos que se quieran hacer valer, siempre que tal información no obre en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de Huelva. 3.4.

Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. 3.5.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. 4.

Admisión de aspirantes. 4.1.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, indicándose en este último caso las causas de exclusión. 4.2.

Las personas que resulten excluidas o que no figuren en la lista provisional dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución anterior, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o para alegar su omisión.

Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el concurso. 4.3.

Transcurrido el plazo de subsanación se hará pública la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Contra la resolución que declare la exclusión definitiva podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Huelva, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 5.

Desarrollo del concurso. 5.1.

El concurso se desarrollará en dos fases. 5.1.1.

En la primera se adjudicarán los puestos de trabajo vacantes a los aspirantes que concurran por la Universidad de Huelva. 5.1.2.

En la segunda se ofertarán al resto de aspirantes las plazas que hayan quedado desiertas y las de resultas por el siguiente orden: 1.

Personal de otras Universidades andaluzas. 3.

Personal de otras Universidades firmantes de convenios de reciprocidad. 5.2.

Los solicitantes por el turno de reingreso de excedentes o traslado entre Universidades podrán concurrir a puestos de trabajo de diferente categoría de su área profesional, de igual o inferior grupo profesional, en cuyo caso se podrán establecer las correspondientes pruebas que acrediten los conocimientos adecuados. 6.

Sistema de adjudicación de plazas. 6.1.

El baremo que regirá el concurso de traslado será el siguiente, según lo establecido en el artículo 19 del vigente Convenio Colectivo: a) 0,1 punto por mes o fracción en el mismo puesto de trabajo desde el que se concursa, con un máximo de 6 puntos. b) 0,05 puntos por mes o fracción en la misma categoría profesional desde la que se concursa, con un máximo de 6 puntos. c) 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada curso realizado de más de 30 horas de duración.

En todos los casos serán tenidos en cuenta los cursos organizados por una Universidad o centro oficial de formación, en el área de conocimientos propia de la categoría profesional del puesto al que se aspira, y de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de cada Universidad.

El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos. d) 1 punto por cada titulación universitaria específica, de igual o superior nivel, al puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos. 6.2.

En caso de igualdad se estará a la mayor antigüedad en la Universidad. 6.3.

En los supuestos del artículo 19.7 del IV Convenio Colectivo, el Tribunal podrá exigir a las personas candidatas la su

Boletín
BOJA
Publicado
23 oct 2026

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