Personal técnico de apoyo (Proyecto Erasmus+ 101331296)
Personal técnico de apoyo (Proyecto Erasmus+ 101331296)
2
Plazas
20/10/2026
Fecha Límite
Autonómica
Andalucía
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
Boletín: BOJA nº 188 de 2026 Organismo: Universidades Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF
📄 Contenido del documento
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 28/09/2026 2.
Autoridades y personal 2.2.
Oposiciones, concursos y otras convocatorias Universidades Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación temporal de personal técnico de apoyo con cargo al proyecto Erasmus+ 101331296 – Epicur-Shape-It-Plus (Erasmus-Edu-2026-Eur-Univ).
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El artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su redacción dada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, establece el «contrato de actividades científico-técnicas», cuyo objeto será la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de estas líneas que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática en torno a un eje temático en el que confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+i.
La Universidad Pablo de Olavide se encuentra actualmente en proceso de obtención de la ayuda de la EACEA (European Education and Culture Excutive Agency-Comisión Europea), del programa Erasmus+, denominada «Erasmus-Edu-2026-Eur-Univ» para el desarrollo del Proyecto 101331296-Epicur-Shaping Higher Education in Transition Plus, estando pendiente de su adjudicación definitiva.
Según los datos que obran en el expediente, el plazo de ejecución del proyecto se iniciará, tras la adjudicación definitiva, a comienzos de mes de noviembre.
Así, para que sea posible incorporar al personal contratado para el desarrollo del proyecto al inicio del periodo de ejecución, y conseguir así alcanzar sus objetivos, se hace necesario adelantar la selección del personal.
Esta se articula a través de la presente convocatoria, cuyos efectos, tal y como se detalla en su base 1.4, quedan condicionados a la adjudicación definitiva de la ayuda, al comienzo efectivo del inicio del periodo de ejecución del proyecto, y a la correspondiente obtención de disponibilidad financiera.
En virtud de lo anterior, este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 298/2003, de 21 de octubre y modificados por el Decreto 265/2011 de 2 de agosto (BOJA núm. 158, de 12 de agosto de 2011), resuelve convocar un proceso selectivo para cubrir los contratos de personal técnico que se especifican en el Anexo I de esta resolución, mediante la formalización del correspondiente contrato laboral, con cargo al Proyecto Europeo 101331296-EPICUR-Shaping Higher Education in Transition Plus, de acuerdo con las siguientes bases de convocatoria 1.
Normas Generales. 1.1.
Se convoca proceso para la selección de dos contratos de personal técnico y su contratación temporal mediante las modalidades previstas en la legislación laboral, con los perfiles que se especifican en el Anexo I de esta resolución, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 1.2.
Ambos contratos estarán adscritos, exclusivamente, a la ejecución del proyecto europeo 101331296-Epicur-Shape-It-Plus (European Partnership for an Innovative Campus) en ejecución de la Línea de Institucional «Desarrollo e implementación de las actuaciones destinadas al despliegue de la Alianza Europea EPICUR». 1.3.
El presente proceso selectivo se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, el Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, los Estatutos de la UPO, de Sevilla, y las bases de esta convocatoria. 1.4.
La formalización de los contratos quedará condicionada a la resolución definitiva de concesión de la ayuda de referencia, al efectivo inicio del período de ejecución del proyecto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones derivadas de la contratación.
Si transcurriese un plazo superior a tres meses desde la finalización del presente proceso selectivo sin que se hubiera efectuado la adjudicación definitiva de la ayuda, las adjudicaciones de contrato realizadas quedarán automáticamente sin efecto, sin que las personas adjudicatarias puedan invocar derecho alguno a su incorporación. 1.5.
El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que se especifica en el Anexo II. 1.6.
El procedimiento de selección será público y se desarrollará de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. 1.7.
El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE núm. 4, de 4 de enero de 1985). 1.8.
La duración de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria será la establecida en el Anexo I.
En ningún caso la duración del contrato podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe. 1.9.
La contratación no implicará para la UPO ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de la persona interesada a su plantilla. 1.10.
Todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la UPO, Sección «Investigación», Subsección «Convocatorias Personal Colaborador» (https://www.upo.es/teo#teo-subsection-2-7), sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a las personas interesadas y surtiendo sus mismos efectos. 2.
Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.
Para ser admitido al proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras en los términos en que esta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes del o de la cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas refugiadas. d) Las personas que no se encuentren en situaciones descritas en los apartados a), b) y c), podrán participar en los procesos selectivos, siempre y cuando reúnan y acrediten los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria.
No obstante, su incorporación efectiva, en el supuesto de ser seleccionadas, sólo se podrá realizar cuando obtengan la correspondiente autorización administrativa que les permita residir y trabajar en España. e) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. g) No haber sido objeto de separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. h) Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes del término del plazo de presentación de solicitudes, la titulación académica que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria. i) Acreditar el nivel