Personal Docente · Universidad de Cantabria
Profesorado Ayudante Doctor
- Plazas
- 4
- Fecha límite
- 26 nov 2026
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- AutonómicaCantabria
Plazo hasta el 26 nov
Resumen del boletín
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 56548 VIERNES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 214 1/20 CVE-2026-8664 UNIVERSIDAD DE CANTABRIA CVE-2026-8664 Resolución Rectoral (R.R. 1392/26), por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Personal Docente, contratado temporal en régimen de derecho laboral, en la figura de Profesorado Ayudante Doctor.
Concurso número 3 PO 226-2027.
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Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la citada Ley Orgánica y en el artículo 137 del Decreto 26/2012, de 10 de mayo (BOC de 17-05-2012) por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cantabria, y con el fin de cubrir las necesidades docentes que requiere el desarrollo de los estudios de Grado y Máster, ha resuelto convocar, para su provisión mediante concurso público, plazas de Personal Docente contratado temporal en la figura de Profesorado Ayudante Doctor que se relacionan en el Anexo I, dotadas en el estado de gastos del presupuesto, de entre las que fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión del 28 de abril de 2026, para su contratación en régimen de derecho laboral, con sujeción a las siguientes: BASES DE LA CONVOCATORIA 1.- NORMAS GENERALES 1.1 El presente proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante LOSU) y en sus normas de desarrollo y, supletoriamente, en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en sus normas de desarrollo, el RD 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Decreto 55/2019, de 11 de abril, por el que se regula el régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado de la Universidad de Cantabria (modificado por RD 166/2023, de 13 de octubre); el Decreto 26/2012, de 10 de mayo por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cantabria; el I Convenio Colectivo de PDI Laboral y el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 9 de febrero de 2024, por el que se aprueba la normativa por la que se regulan los concursos para la provisión de plazas de Profesorado Ayudante Doctor de la Universidad de Cantabria, (BOC extraordinario nº 8 de 21 de mayo de 2025), así como las presentes Bases. 1.2 En materia de procedimiento, en todo lo no contemplado en esta convocatoria será de aplicación lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 1.3 De acuerdo a lo dispuesto en el art. 78 de la LOSU, la duración de los contratos de Profesorado Ayudante Doctor será de seis años.
Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta Universidad, por un tiempo superior a seis años.
Transcurridos los tres primeros años del contrato, la Universidad realizará una evaluación orientativa del desempeño del Profesorado Ayudante Doctor, con el objetivo de valorar el progreso y la calidad de la actividad docente e investigadora y, en su caso, de transferencia del conocimiento, que deberá conducirle a alcanzar los méritos requeridos para obtener la acreditación necesaria para concursar a una plaza de profesorado permanente, una vez finalizado el contrato.
Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad podrá alcanzar una duración máxima de ocho años, teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las limitaciones en la actividad.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 56549 VIERNES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 214 2/20 CVE-2026-8664 1.4 Todos los actos administrativos propios del procedimiento que así lo requieran se publicarán en la página web de Concursos de PDI de la Universidad de Cantabria, sirviendo de notificación a las personas interesadas a todos los efectos. 1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo. 2.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL CONCURSO — Requisitos generales. 2.1 Podrán participar en este concurso las personas españolas, mayores de edad y que no superen la edad de jubilación legalmente establecida, que reúnan los requisitos generales de acceso a la función pública y los específicamente establecidos para la categoría de Profesorado Ayudante Doctor en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en el Decreto 55/2019 por el que se regula el Régimen Jurídico y Retributivo del Personal Docente e Investigador contratado de la Universidad de Cantabria; en los Estatutos de la Universidad de Cantabria, en la normativa de la Universidad de Cantabria que regula los concursos de selección y contratación de plazas en la figura de Profesorado Ayudante Doctor, y en las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores. 2.2 Podrán también participar, en igualdad de condiciones que las personas españolas: a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. b) El/la cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados/as de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/ as de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes incluidas en el apartado b) y c) deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. 2.3 Podrán participar, asimismo, con las mismas condiciones que las personas españolas, cualesquiera otras no incluidas en los apartados anteriores, que entren legalmente en territorio español, y que deberán obtener, dentro del plazo de incorporación, su residencia en España, o realizar cualesquiera otros trámites requeridos, conforme a la normativa específica aplicable. 2.4 Si durante el proceso de selección no resultara acreditado el conocimiento del idioma español por parte de las personas de otros Estados, miembros o no de la Unión Europea, la Comisión de selección podrá establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito. — Requisitos específicos.
Además de los requisitos generales indicados en el apartado anterior, las personas aspirantes a plazas de Profesorado Ayudante Doctor deberán: a) Acreditar el grado de Doctor/a. b) Disponer de un certificado que acredite un nivel de dominio del idioma inglés igual o superior al B2 de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL), de los recogidos en el Anexo II.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 56550 VIERNES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 214 3/20 CVE-2026-8664 c) No haber agotado el período máximo de contrato como Profesor/a Ayudante Doctor conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, o en sistemas jurídicos anteriores. 2.5 En lo que al requisito de titulación se refiere, y en el supuesto de que se invoquen títulos de Licenciado/a, Doctor/a u otros obtenidos en el extranjero, tan sólo se entenderá cumplido este cuando los mencionados títulos se encuentren debidamente homologados o reconocidos. 2.6 Los requisitos establecidos deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo. 3.
SOLICITUDES 3.1 Las solicitudes para participar en la convocatoria, dirigidas al Rector/a de la Universidad de Cantabria, se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria (https://sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento "Convocatorias de PDI Contratado" para cuyo acceso se precisará disponer de un certificado electrónico válido o registro en el sistema cl@ve (sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), atendiendo a lo dispuesto en la Resolución Rectoral 544/23 por la que se establece la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Universidad de Cantabria para determinados procedimientos y colectivos de personas físicas.
Sólo serán consideradas válidas aquellas solicitudes que queden debidamente registradas, para lo cual será necesario finalizar el trámite de presentación iniciado en la Sede Electrónica. 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados desde el siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 3.3 Junto con la solicitud se deberá adjuntar, siempre en formato PDF, la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa de la identidad (DNI, NIE o pasaporte, en vigor).
De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Universidad de Cantabria consultará o recabará electrónicamente, a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, los datos de identidad (DNI o NIE) de las personas candidatas, que no estarán obligadas a aportar dichos documentos, salvo que conste en su solicitud de participación su oposición expresa.
En caso de oposición, la persona interesada deberá apo
- Boletín
- BOCant
- Publicado
- 6 nov 2026
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