ORDEN ECU/1050/2026, de 13 de julio, por la que se convocan plazas de colaboradores/as sociales en residencias de centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma para el curso 2026-2027.
Cuerpo no especificado
Sin confirmar
Plazas
27/07/2026
Fecha Límite
AUTONOMICA
ARAGON
N/A
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III
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Boletín Oficial de Aragón - Documento completo ORDEN ECU/1050/2026, de 13 de julio, por la que se convocan plazas de colaboradores/as sociales en residencias de centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma para el curso 2026-2027.
Publicado el 17/07/2026 (Nº 137) Sección: III.
Otras Disposiciones y Acuerdos Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES Texto completo: La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 83 que, para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece, en sus artículos 21 y 73 que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad del alumnado, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón, correspondiendo a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección, evaluación y la promoción y apoyo al estudio.
El Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, en su artículo 4, apartado 4.c) establece la posibilidad de la exención del pago de un determinado precio por un servicio escolar.
Al amparo de este precepto, y mediante la presente convocatoria, se pretende cubrir las plazas de colaboradores/as sociales existentes en algunas residencias adscritas a Institutos de Educación Secundaria y Centros Públicos Integrados de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón, extendiéndose excepcionalmente, y de cara al aprovechamiento de recursos, a una Escuela Hogar.
El Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, ("Boletín Oficial de Aragón", número 82, de 4 de mayo de 2026) establece la organización departamental de la Administración autonómica, creando en el artículo 1 el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, al que atribuye, en su artículo 11 todas las competencias del anterior Departamento de Educación, Cultura y Deporte, excepto las competencias en materia de cultura, patrimonio histórico y cultural, y deporte y todas las competencias en materia de universidades e investigación del anterior Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades.
A su vez, el Decreto 27/2026, de 4 de mayo, del Gobierno de Aragón, desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ajustada a la nueva organización departamental.
En virtud de lo anterior y en tanto no se apruebe el decreto de estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, es de aplicación, el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
De conformidad con lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo: Primero.- Objeto. 1.
Se convocan plazas de colaboradores/as sociales en las siguientes residencias de centros docentes no universitarios: IES Pirámide (Huesca), CPIFP Montearagón (Huesca), Residencia Santa Emerenciana (Teruel), CPIFP de San Blas (Teruel), CPIFP de Movera (Zaragoza) y Escuela Hogar de Teruel. 2.
El número de plazas vendrá determinado en función del número de personas residentes de cada centro y en la proporción de un/a colaborador/a social por cada 20 personas residentes o fracción. 3.
La duración de la colaboración social comprenderá un curso escolar completo. 4.
La condición de colaborador/a social es incompatible con la realización de cualquier otro tipo de trabajo remunerado.
Segundo.- Requisitos.
Para optar a las plazas de colaboradores/as sociales será necesario que concurran y se acrediten, en su caso, los siguientes requisitos: Estar matriculado/a en estudios universitarios, ciclos formativos de grado superior o en las enseñanzas de régimen especial (ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, enseñanzas superiores de Música, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales y ciclos de grado medio y de grado superior de Enseñanzas Deportivas).
Tener cumplidos dieciocho años en la fecha de cierre del plazo de solicitudes.
Haber promocionado de curso en los mismos estudios realizados durante el curso anterior o estar matriculado/a en estudios superiores a los realizados durante el curso precedente.
En el caso de alumnado universitario, se estará a las normas de permanencia en los correspondientes estudios.
Estar matriculado/a en el curso 2026-2027 en un centro oficial, y que la distancia entre este centro y la residencia en la que ha de residir y preste su colaboración, permita al colaborador/a social el normal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado séptimo de esta Orden.
Tercero.- Solicitudes. 1.
Las personas aspirantes podrán presentar sus solicitudes en los registros físicos de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades o a través del Registro Electrónico General de Aragón (https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general), sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2.
Las personas aspirantes presentarán la siguiente documentación: Solicitud formalizada en el impreso oficial, según los modelos anexo I, para colaboradores sociales de nueva incorporación, o anexo II, para la renovación automática de colaboradores sociales y que se podrán visualizar a través del siguiente enlace https://mia.aragon.es/documentos con los siguientes Códigos Seguro de Verificación CSVGD8036J8KJ1M0XFIL, para las/las nuevas/os solicitantes y CSVDC7JIF37LX1U0XFIL, para la renovación automática.
También estarán disponibles en formato autorrellenable en la página web del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades (https://educa.aragon.es/centros-docentes).
Se entenderá como renovación automática, la de aquel alumnado que, continuando sus estudios en la etapa correspondiente, ya obtuvo plaza en el curso anterior, si se acredita el mantenimiento de los requisitos que dieron lugar a su adjudicación, así como el cumplimiento de las obligaciones previstas en el apartado séptimo de esta Orden durante el curso 2025-2026.
Documento acreditativo de las calificaciones obtenidas en el curso precedente.
Documento acreditativo de encontrarse matriculado como alumnado en un centro oficial (copia del resguardo de matrícula).
Currículum de la persona aspirante con especial mención a las actividades educativas en las que haya participado.
En caso de haber resultado becado/a por la convocatoria de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, acreditación que lo justifique.
Certificado médico que acredite intolerancias alimenticias o tratamientos médicos que requieran una especial atención.
El colaborador de conformidad con la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberá de aportar Certificado negativo del Registro Central de delitos sexuales y trata de seres humanos. 3.
La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".
Cuarto.- Valoración. 1.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, en cada centro se constituirá una Comisión de valoración, que estará integrada por el/la Directora/a del Servicio Provincial correspondiente del que dependa la residencia, o persona en quien delegue, en calidad de presidente/a; el/la Director/a del centro cuya plaza solicite el colaborador social, que actuará como vicepresidente/a; y los siguientes vocales: el/la Jefe de la residencia, un/a educador/a y un/a representante de cada una de las Asociaciones de padres/madres con presencia en el centro, actuando como secretario/a el/la que lo sea del centro respectivo. 2.
Las personas solicitantes que obtuvieron la plaza de colaborador social en el curso 2025-2026 tendrán preferencia para la renovación de la misma en el mismo centro respecto a las nuevas solicitudes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el apartado segundo de esta Orden. 3.
La Comisión de valoración ordenará las solicitudes según los méritos reflejados en las mismas, apreciando especialmente las aptitudes de la persona candidata para el desarrollo de las tareas formativas y su expediente académico.
Los citados méritos se valorarán, hasta un total de 5 puntos, atendiendo al siguiente baremo: Por expediente académico: hasta 3 puntos.
Por haber participado en actividades educativas: hasta 2 puntos.
En caso de empate, tendrán preferencia las personas que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado de expediente académico. 4.
Una vez concluida la fase de valoración, se elevará propuesta a la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional, que resolverá sobre la concesión definitiva y hará llegar a las personas que resulten beneficiarias las correspondientes credenciales a través de los Servicios Provinciales correspondientes del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades.
En la resolución de l