Operario/a de Cometido Múltiple para atender nec · Ayuntamiento de Cabuérniga
Operario/a de Cometido Múltiple
Sin confirmar
Plazas
10/09/2026
Fecha Límite
Local
Cantabria
E
Grupo
Descripción y Detalles
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📄 Contenido del documento
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 40728 JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 165 1/14 CVE-2026-6736 AYUNTAMIENTO DE CABUÉRNIGA CVE-2026-6736 Bases reguladoras y convocatoria del proceso selectivo para la constitución de una bolsa de empleo de Operario/a de Cometido Múltiple para atender necesidades temporales y de interinidad.
Por Resolución de Alcaldía número 259/26, de 21 de agosto de 2026, se han aprobado las siguientes, BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE OPERARIO/A DE COMETIDO MÚLTIPLE PARA ATENDER NECESIDADES TEMPORALES Y DE INTERINIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CABUÉRNIGA (CANTABRIA).
Objeto de la convocatoria. 1.1.
Es objeto de la presente convocatoria la formación de una Bolsa de Empleo para prestar servicios de forma temporal, en régimen laboral, a tiempo parcial o completo, bajo alguna de las modalidades de contratación de duración determinada previstas en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en la categoría de Operario/a de Cometido Múltiple, cuando surja la necesidad inaplazable por razón de sustituciones de personal laboral con reserva a derecho de trabajo, acumulación de tareas del servicio o cualesquiera otra circunstancia prevista en el citado artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. 1.2.
El procedimiento de selección será el concurso-oposición.
Las funciones a realizar serán las propias de un/a operario/a de cometido múltiple, con especial atención a: a) Reparaciones y mantenimiento de las Redes de Abastecimiento de Agua y Saneamiento Municipal, lectura de contadores domiciliarios de agua, supervisión de las captaciones. b) Pequeñas obras de albañilería por deterioro y mantenimiento de Espacios Públicos y Areas de Ocio. c) Limpieza y mantenimiento de viales públicos en núcleos y entornos urbanos, así como caminos rurales y espacios públicos. d) Organización y transporte de Peones del Programa del Servicio Cántabro de Empleo. e) Construcción de Arquetas, muretes, zanjas, etc f) Compra de materiales y combustible para reparaciones y maquinaria municipales. g) Mantenimiento del mobiliario urbano, limpieza de papeleras y similares que puedan establecerse. h) Control y cloración de los depósitos municipales de agua. i) Traslado, recepción, entrega y recogida de enseres y documentos relacionado con la actividad del Ayuntamiento, tanto dentro como fuera del término municipal. j) Colaboración en trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y otros trabajos afines que le sean encomendados por el Ayuntamiento y sean necesarias por razón de servicio. l) Cualquier otra tarea similar que se le encomiende.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 40729 JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 165 2/14 CVE-2026-6736 SEGUNDA.
Normativa aplicable. — El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. — El artículo 177 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. — Los artículos 21.1.g), 91, 103 y 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. — El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. — El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Selección de candidatos.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad o equivalente con arreglo a la legislación vigente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente homologación. f) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B el día de la finalización del plazo de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión CUARTA.
Documentación y Plazo para la presentación de solicitudes.
Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deberán presentarse en las oficinas del Ayuntamiento de Cabuérniga o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y cumplimentar el modelo de solicitud que acompaña estas bases; adjuntando la siguiente documentación: a) Solicitud debidamente cumplimentada según modelo Anexo I.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 40730 JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 165 3/14 CVE-2026-6736 b) Relación de méritos que se alegan, según modelo Anexo II. c) Fotocopia del D.N.I. d) Fotocopia de titulación requerida en la Base Tercera e). e) Fotocopia del permiso de conducir tipo B.
No será tenida en cuenta ninguna documentación presentada fuera del plazo establecido en estas Bases.
Estas bases, así como las actas del proceso selectivo, serán publicadas oficialmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su portal de transparencia, así como en la página web del ayuntamiento (www.aytocabuerniga.es) y por cualquier otra vía que la entidad considere pertinente.
Los candidatos seleccionados deberán prestar a la entidad la documentación original para su cotejo con antelación a su contratación.
Debido a la naturaleza temporal de las contrataciones laborales y de conformidad con el artículo 15.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, éstas no se podrán formalizar con los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con el Ayuntamiento de Cabuérniga, mediante dos o más contratos temporales, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, declarando los seleccionados que no se encuentran en esta situación.
Admisión de los aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, la lista con la relación de personas admitidas/excluidas, con indicación del impedimento motivador de la exclusión y el plazo de tres días hábiles para la subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, para la realización del primer ejercicio, la designación del tribunal y señalará la fecha y lugar de su realización, publicándose en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web.
Tribunal Calificador. 6.1.
La designación del Tribunal Calificador se efectuará conforme a las prescripciones que, respecto a los órganos de selección, se contienen en el artículo 60 del TREBEP, por el órgano competente y su composición se incluirá en la Resolución en la que se dé a conocer el listado definitivo de admitidos y excluidos.
El Tribunal Calificador estará compuesto por 5 miembros, Presidente, Secretario y 3 Vocales, así como por los suplentes respectivos, para los casos de ausencia, vacante o enfermedad, y que dispongan de titulación igual o superior al exigido en el proceso selectivo de que se trate.
El Tribunal Calificador será designado por la Alcaldía entre personal municipal o de otras administraciones públicas, funcionario de carrera o personal laboral fijo con igual o superior categoría a la plaza. 6.2.
No podrán formar parte de los Tribunales Calificadores el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. 6.3.
La composición del Tribunal Calificador será predominantemente técnica.
Todos sus miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para la categoría de las plazas convocadas.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 40731 JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 165 4/14 CVE-2026-6736 La pertenencia a los Tribunales Calificadores será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. 6.4.
El procedimiento de actuación de los Tribunales Calificadores se ajustará en todo momento a lo