MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL ALTO ASÓN: Bases reguladoras y convocatoria para la selección y provisión como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de una plaza de la Escala de Adm
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CANTABRIA
A2
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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 28272 VIERNES, 12 DE JUNIO DE 2026 - BOC NÚM. 112 1/14 CVE-2026-4783 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL ALTO ASÓN CVE-2026-4783 Bases reguladoras y convocatoria para la selección y provisión como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de una plaza de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de funcionarios.
Por la Junta de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason se acordó en sesión extraordinaria de fecha 3 de junio de 2026 aprobar las bases y convocatoria para la selección y provisión como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de una plaza de la escala de administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2, arquitecto técnico, vacante en la plantilla de funcionarios de esta Administración, procediéndose a la publicación de las mismas: Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la selección y provisión como funcionario de carrera, por el sistema de oposición libre, de una (1) plaza de Arquitecto Técnico, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala: Técnica, clase técnico medio, Denominación en la RPT: Arquitecto Técnico; clasificada en el grupo de titulación A, subgrupo A/2; prevista en la oferta de empleo público aprobada para el año 2026.
Se estará a lo establecido en la plantilla de la entidad y relación de puestos de trabajo en materia de definición, características, contenido, régimen retributivo, etc, de la plaza convocada en función del puesto de trabajo de adscripción.
Las presentes bases serán publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria, así como en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason (https://altoason.sedelectronica.es).
De conformidad con el lo establecido en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación a los interesados de los actos, acuerdos y resoluciones integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason (https://altoason.sedelectronica.es).
Segunda.- Condiciones de los/as aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas o la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. d) Estar en posesión del título de aparejador, arquitecto técnico, grado universitario en Arquitectura técnica o grado en Ingeniería de edificación o equivalente, expedido por el Estado Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 28273 VIERNES, 12 DE JUNIO DE 2026 - BOC NÚM. 112 2/14 CVE-2026-4783 español o debidamente homologado.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación, o, de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. e) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias. d) Estar en posesión del carnet de conducir clase B.
Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria.
TERCERA.- Incompatibilidades del cargo.
Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
CUARTA.- Instancias y admisión.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de selección serán presentadas en el Registro General de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason, sito en el paseo Barón de Adzaneta, nº 8, 1ª planta, del municipio de Ramales de la Victoria (CP 39800), durante el plazo de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El impreso de instancia se ajustará al modelo oficial previsto en el anexo I de las presentes bases, el cual se facilitará en las Oficinas del Registro General de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason y en el portal de transparencia de la entidad alojado en la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason ((https://altoason.sedelectronica.es).
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: — Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
QUINTA.- Admisión de los aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el Boletín Oficial de Cantabria, concediéndose un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde esta última publicación, para la subsanación de los posibles errores en las instancias presentadas.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de las pruebas selectivas.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirá la presentación de nueva documentación para acreditación de requisitos aun cuando se refieran a hechos producidos con anterioridad a la finalización de dicho plazo, salvo la que resulte precisa al objeto de subsanar errores materiales en la documentación aportada en el momento de presentación de instancias.
La lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la composición nominal del Tribunal Calificador, será anunciada en el Boletín Oficial de Cantabria, y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason (https://altoason.sedelectronica.es).
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 28274 VIERNES, 12 DE JUNIO DE 2026 - BOC NÚM. 112 3/14 CVE-2026-4783 El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la base segunda.
Cuando de la documentación que, de acuerdo con la base decimoprimera de la presente Orden, debe presentarse en caso de ser aprobado, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación.
Si durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los candidatos carece de los requisitos necesarios para participar en el mismo, previa audiencia del interesado, lo pondrá en conocimiento de la Presidencia de la entidad proponiendo su exclusión y comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades en que hubiera incurrido el aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes.
En este caso, hasta tanto se emita la resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
SEXTA.- Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador se constituirá de la siguiente forma: Presidente: El secretario de la entidad o funcionario en quien delegue.
Vocales: — Cuatro empleados públicos designados por el Presidente de la Corporación.
Secretario: Un funcionario de carrera (sin voz ni voto).
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, se hará pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria y mediante edicto publicado en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios del Alto Ason.
Todos los miembros del Tribunal con voz y voto deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente Convocatoria.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el desarrollo de la oposición, y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas bases.
Cuando el procedimiento selectivo, por razón del número de aspirantes presentados así lo aconsejara el Tribunal, por medio de su presidente, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otros empleados públicos públicos para colaborar en el desarrollo de los procesos de selección, bajo la dirección del citado Tribunal.
Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco (5) año