Plazo abiertoBOE · 2 nov 2026

Letrada/o Asesor/a Jurídica/o · Universidad Pública de Navarra

Plazas
1
Fecha límite
23 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
UniversitariaNavarra

Plazo hasta el 23 nov

Publicada el 2 novCierra el 23 nov

Resumen del boletín

Resolución de 26 de octubre de 2026, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plaza de Letrada/o Asesor/a Jurídica/o.

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra de 27 de junio de 2023 (BON núm. 147, de 14 de julio de 2023), se modifica la plantilla orgánica del personal de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra y se crea la plaza 888 de Letrada/o Asesor/a Jurídica/o, nivel A (con anterior denominación de técnico P.B.

Letrado/Asesor Jurídico).

Leer el texto completo (25 párrafos más)

Posteriormente, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra de 26 de noviembre de 2024 (BON núm. 249, de 10 de diciembre de 2024), se aprueba la oferta de empleo público de su personal técnico, de gestión y de administración y servicios para el año 2024, incluyéndose entre las plazas ofertadas, la citada plaza 888.

Con la finalidad de atender adecuadamente las necesidades para las que se ha creado dicha plaza, y en cumplimiento de lo establecido en los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, procede aprobar la provisión, mediante procedimiento de ingreso libre y por el sistema de oposición, de la referida plaza, así como las bases de la convocatoria.

En virtud de ello, y en ejercicio de las competencias delegadas que me han sido conferidas por la Resolución 1306/2023, de 20 de junio, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones, he resuelto: Primero.

Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante procedimiento de ingreso y por el sistema de oposición, de una plaza de Letrada/o Asesor/a Jurídica/o, nivel A, al servicio de la Universidad Pública de Navarra, así como sus bases.

Ordenar su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos oportunos.

La presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, agota la vía administrativa, pudiendo interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Primera Instancia de Pamplona/Iruña, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Pamplona, 26 de octubre de 2026.–La Gerente, Margarita González Paredes.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DEL PUESTO DE TRABAJO DE LETRADA/O ASESOR/A JURÍDICA/O, NIVEL A Esta convocatoria se regirá por las siguientes Bases 1.

Normas generales 1.1 Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición y por el turno libre, de una plaza vacante del puesto de trabajo de Letrada/o Asesor/a Jurídica/o, de régimen funcionarial y nivel A, adscrita al Servicio Jurídico de la Universidad Pública de Navarra, cuyo número, características y destino se relacionan en el anexo II. 1.2 Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, una relación de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 12 de esta convocatoria. 1.3 Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de las publicaciones en el «Boletín Oficial de Navarra» y en el «Boletín Oficial del Estado» a que expresamente se refieren las bases de la presente convocatoria, se realizarán en el siguiente enlace del Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos: https://www.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/convocatorias-pas?opcion=3 2.

Requisitos 2.1 Para ser admitidas al procedimiento de oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Licenciatura o Grado en Derecho, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario. d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones. e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas. 2.2 Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza. 2.3 Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria. 3.

Solicitudes y documentación 3.1 Plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

La convocatoria se publicará igualmente en el «Boletín Oficial del Estado».

El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable. 3.2 Presentación y formalización de la solicitud.

Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar y formalizar adecuadamente su solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, a la que se podrá acceder mediante el botón «Ir a trámite», en la reseña correspondiente a la presente convocatoria de la siguiente dirección: https://www.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/convocatorias-pas?opcion=3 Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que estas sean necesarias, deberán manifestarlo así en el formulario de solicitud y especificar, en el espacio habilitado al efecto, la adaptación solicitada o los ajustes necesarios de tiempo y/o de medios que solicitan. 3.3 Documentación a presentar con la solicitud.

En el momento de presentar la solicitud on line , las personas aspirantes deberán aportar, según el caso, la siguiente documentación escaneada: a) Copia de la titulación exigida en la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. b) Acreditación de la exención del pago de la tasa, en los supuestos contemplados en la base 4.2 de la presente convocatoria. 4.

Tasa 4.1 La tasa a abonar en concepto de derechos de participación en procedimientos selectivos de ingreso y acceso a la función pública es de 41,60 euros.

El abono de la tasa se efectuará vía telemática, al momento de formalizar la solicitud, a través de un sistema seguro de pago telemático. 4.2 Estarán exentas del pago de la tasa: a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la discapacidad reconocida, se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el órgano competente que acredite el reconocimiento de la discapacidad de grado igual o superior al 33 %. b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la situación de desempleo, se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada. 4.3 Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa determinará la exclusión de la persona aspirante. 4.4 En ningún caso el pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo. 5.

Admisión de aspirantes 5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la gerente de la Universidad Pública de Navarra dictará resolución aprobando las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, citando en este último caso las causas de exclusión, y ordenará su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra. 5.2 Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar, y formalizar adecuadamente, la solicitud o los documentos a que se refiere la base 3.3 de la convocatoria, serán motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido o no poseer los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha fijada. 5.3 Las personas aspirantes omitidas y excluidas provisionalmente, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

La presentación de reclamaciones será de forma telemática, mediante instancia general, a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no aleguen contra la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas o subsanen la exclusión, serán definitivamente excluidas. 5.4 Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la gerente de la Universidad Pública de Navarra dict

Boletín
BOE
Publicado
2 nov 2026

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