Plazo abiertoBOE · 19 oct 2026

Jefatura de la Sección de Calificación · Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial

Plazas
1
Fecha límite
9 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
Judicial

Plazo hasta el 9 nov

Publicada el 19 octCierra el 9 nov

Resumen del boletín

Acuerdo de 13 de octubre de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio de Personal y Oficina Judicial de la Secretaría General.

En el Servicio de Personal y Oficina Judicial se encuentra vacante y dotado presupuestariamente el puesto de Jefatura de la Sección de Calificación, cuyas características se describen en el anexo I.

La cobertura de este puesto se considera necesaria para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas al Servicio de Personal y Oficina Judicial.

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En consecuencia, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha y en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno mediante Acuerdo de 23 de octubre de 2024, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de octubre, ha acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 621.4 y 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El concurso se regirá por las siguientes normas: Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, a la Excelentísima señora Presidenta de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar una relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental.

Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de alguna de las siguientes maneras: a) En el Registro General del propio Consejo, b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, c) en la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico.

Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae , en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la preceptiva digitalización.

En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser desagrupados antes de proceder a su digitalización, con independencia de que se presenten unidos mediante grapas, encuadernaciones o cualquier otro medio.

Quienes presenten su candidatura al puesto podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior.

Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado.

Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

La persona a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarada en situación de servicios especiales en su Administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el mismo medio.

En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 13 de octubre de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló Doménech.

ANEXO I Denominación del puesto: Jefatura de sección.

Órgano Técnico: Servicio de Personal y Oficina Judicial.

Sección de Calificación.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 30.

Complemento específico: 58.344,58 euros anuales.

Adscripción: Jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones públicas del subgrupo A1 a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Características del puesto: Principales funciones: Dirección, coordinación, supervisión de las funciones atribuidas a la Sección de Calificación y, en particular: – Apoyo y asesoramiento técnico-jurídico a la Comisión de Calificación en materia de nombramientos discrecionales y de provisión de puestos de los órganos técnicos del Consejo. – Procedimientos relativos al régimen jurídico de magistrados suplentes y jueces sustitutos. – Procedimientos relativos al reconocimiento del conocimiento de las lenguas oficiales distintas del castellano y del Derecho civil especial o foral de las comunidades autónomas. – Preparación de expedientes relativos a condecoraciones, premios y distinciones, así como de los antecedentes e informes necesarios para la tramitación de los recursos relacionados con estas materias. – Gestión de otras actuaciones atribuidas a la unidad, especialmente las relacionadas con la composición de juntas electorales provinciales y salas especiales del Tribunal Supremo y con el ejercicio de determinadas atribuciones gubernativas. – Organización, distribución y seguimiento del trabajo de la sección, coordinación de su personal y supervisión de la calidad y del cumplimiento de los plazos de tramitación. – Cualquier otra que le sea encomendada por la dirección del Servicio.

Perfil del puesto: – Conocimiento especializado del Reglamento 1/2025, sobre provisión de plazas de nombramiento discrecional en órganos judiciales. – Conocimiento de la organización y funcionamiento de los órganos judiciales y de gobierno del Poder Judicial. – Experiencia en el estudio, aplicación y tramitación de procedimientos relativos al estatuto de la Carrera Judicial y a la selección, nombramiento y provisión de plazas, incluidas las situaciones administrativas, compatibilidades, reconocimiento de servicios y procedimientos de idoneidad, así como en la elaboración de bases, convocatorias, informes y propuestas de resolución. – Conocimientos de organización administrativa, emisión de informes, estudios, consultas y dictámenes. – Conocimiento y manejo de las tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la gestión judicial y gubernativa, especialmente de los sistemas de gestión de procedimientos y de las bases de datos de acuerdos y resoluciones. – Experiencia en la coordinación de órganos, unidades o equipos de trabajo, distribución y seguimiento de tareas, control de plazos y supervisión de la calidad de los documentos y expedientes tramitados.

ANEXO II Solicitud de participación en el concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Consejo General del Poder Judicial

Boletín
BOE
Publicado
19 oct 2026

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